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Economía aclara que el DS 4277 no dispone el uso del crédito del FMI, sino es parte del trámite en el Legislativo

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas aclaró mediante un comunicado que el Decreto Supremo 4277 promulgado el viernes por el gabinete no dispone el uso del crédito otorgado por el Fondo Monetario Internacional (FMI)

Por el contrario, tiene el fin de que el Ejecutivo dé cumplimiento a los requisitos exigidos por la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados para acceder al préstamo de $us 327 millones.

La Razón informó el viernes que el Gobierno decidió por decreto la utilización del crédito para “cubrir las urgentes necesidades fiscales y de balanza de pagos, asociadas con el aumento del gasto en salud y el deterioro de los términos de intercambio, producto del brote del COVID-19.

En la nota se aclara que esos recursos otorgados por el organismo internacional “con carácter de urgencia se mantienen inmovilizados en la cuenta del Tesoro General de la Nación” hasta que la Asamblea Legislativa apruebe la Ley.

Además, Economía explica que “la emisión de dicho decreto era innecesaria, al no existir un contrato de préstamo con el financiador por el carácter humanitario que conlleva la otorgación de estos recursos a los países miembros del FMI”.

Decreto

El artículo 1 del Decreto 4277 señala que “el presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada bajo el Instrumento de Financiamiento Rápido – IFR del Fondo Monetario Internacional – FMI, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como apoyo presupuestario para el Tesoro General de la Nación – TGN”.

Trámite

La comisión del Legislativo rechazó el proyecto de ley de crédito del FMI porque presuntamente el Ejecutivo no justificó ni entregó documentación para el uso de esos recursos y, por el contrario, se limitó a señalar simplemente que era para atender la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Adujo que en el documento no se establecía los años de plazo para pagar el crédito, el porcentaje de interés ni los años de gracia.

Esa información la dio el viceministro del Tesoro y Crédito Público, Carlos Schlink, en una audiencia que instaló la comisión, en la precisó que el lapso del préstamo era de cinco años con tres años y tres meses de gracia al 1% de interés.

La diputada de dicha comisión, Otilia Choque, del Movimiento Al Socialismo (MAS), recordó en esa oportunidad que los asambleístas tuvieron que “invitar” en varias oportunidades a las autoridades del Gobierno a que presenten las especificaciones del proyecto.

Es más, contó que el 2 de junio el propio ministro de Economía, José Luis Parada, se comprometió a entregar esos documentos para viabilizar la aprobación del crédito.

El 3 de este mes, la asambleísta dijo a La Razón que el proyecto de crédito establece un préstamo de 240.100.000 de Derechos Especiales de Giros (DEG) que al tipo de cambio actual (6,96 por cada dólar) es de $us 330,1.

Schlink ha reiterado en varias ocasiones que para este caso no correspondía un decreto, es más, dijo que el dinero ya fue desembolsado y que no puede ser utilizado para la lucha contra el COVID-19 por la trabas que había impuesto la mayoría del MAS en el Legislativo. (27/06/2020)