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Economía evaluará devolución de aportes de las AFP

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, dijo este martes que se evaluará “con mucho cuidado” la devolución de los aportes de los trabajadores a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), pero tomando en cuenta los riesgos que conlleva, como la desestabilización del fondo de pensiones o el riesgo para la jubilación de los aportantes.

“Hay que evaluar esto con mucho cuidado, nadie se cierra, pero hay que tomar estos factores de riesgo a la hora de plantear la medida de devolución de los aportes de las AFP. Por responsabilidad esta evaluación la vamos a hacer y vamos a tener que poner bien claro cuáles son los riesgos de implementar esa medida”, sostuvo el funcionario en entrevista con la cadena de televisión RTP.

El MAS planteó en su campaña la devolución del 10% de los aportes de jubilación, manejados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), a los trabajadores. La propuesta estaba contenida en un proyecto de ley enviado al Legislativo, que ya fue aprobado, y que inyectará a la economía $us 2.200 millones.

“Lo que nosotros proponemos es una devolución parcial de hasta el 10% del saldo acumulado de la cuenta provisional cuando sea igual o menor a los Bs 100.000 de ese aporte acumulado en su cuenta previsional, por lo tanto, vamos a beneficiar al 90% de la población, es decir, dos millones de personas”, afirmó el 14 de septiembre el entonces candidato Luis Arce Catacora, hoy presidente.

Montenegro indicó que uno de los factores a considerar es que muchos de los recursos de las AFP ya están invertidos en instrumentos financieros de mediano y largo plazo y “que habría que desinvertirlos para devolver a los aportantes”. “Ésa es la idea”.

“Otro es que el grueso de los aportes está en sueldos y salarios de trabajadores que tienen bajos ingresos y que si se quiere hacer una devolución que tenga sentido habría que devolver una buena cantidad de recursos importante que también podrían desestabilizar el fondo de pensiones o poner en riesgo la jubilación de estos aportantes”.

“El Bono Contra el Hambre estará disponible para su cobro hasta noventa (90) días calendario, posteriores a la fecha del inicio de pago”, establece el parágrafo II del artículo 8 del decreto 4392.

(17/11/2020)