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APS recomienda cautela a las AFP y Gestora antes de realizar inversiones en bancos

AFP

La APS recomendó a la Gestora y AFP tener cautela en sus inversiones. Foto: APS

La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), en el marco de sus atribuciones y funciones conferidas en la Ley 065 de Pensiones, recomienda a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo a tener cautela al momento de realizar inversiones en las Entidades de Intermediación Financiera.

La APS, con el fin de mitigar el riesgo de inversión del portafolio de inversiones del Sistema Integral de Pensiones (SIP), precautelando la estabilidad del sector de pensiones y, ante todo, resguardando los derechos de los trabajadores, emitió la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N°1796/2022 de 30 de diciembre de 2022.

Dicha norma incorpora el inciso f) al Artículo 5 “Reglamento de Inversiones” del SIP, aprobado mediante Resolución Administrativa APS/DJ/UI/N°464/2017.

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El inciso incorporado incluye nuevos parámetros para la inversión en valores representativos de deuda emitidos por Entidades de Intermediación Financiera (EIF), como ser:

Bonos Bancarios y Depósitos a Plazo Fijo, que son adquiridos por las AFP/Gestora para la cartera de los Fondos del SIP previa evaluación de riesgos realizada por sus Comités de Inversiones, con la finalidad de mitigar riesgos a futuro, para garantizar el reingreso de flujo de efectivo a los Fondos del SIP.

“Las AFP/Gestora invertirán en EIF que cumplan con los indicadores financieros determinados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), con el propósito de medir la capacidad para generar flujo de efectivo, cubrir obligaciones, medir la solvencia patrimonial y cumplir con los compromisos financieros de dichas entidades en la emisión de Bonos Bancarios”, señala la nota de la APS.

Dicha normativa modificatoria, regula el actuar de las entidades de Seguridad Social de Largo Plazo, debido a que son responsables de la administración de la Cartera de inversiones de los Fondos del SIP compuesta por aportes recibidos, debiendo evitar cualquier afectación futura de los Fondos de Pensiones.