Reglamento de Aduana identificará a vehículos de carga y buses nacionalizados y sin denuncia de robo
El vehículo debe ser legalmente importado y nacionalizado en programas o procesos de regulación entre 1990 y 2004. Entre los requisitos figura un certificado de no denuncia de robo nacional e internacional.
La presidenta de la Aduana, Karina Serrudo, durante la presentación del reglamento. Foto: Aduana
La Aduana emitió este jueves el “Reglamento de Identificación de Vehículos Nacionalizados de Transporte de Carga y Transporte de Pasajeros”, que respaldará la legalidad y nacionalización de vehículos en el país. La norma estará vigente a partir de 1 de julio, previa socialización.
«Estamos hablando de 17 decretos de nacionalización que ha realizado el país, entre los años 1990 a 2023. Estos procesos se realizaban de manera manual y en algunos casos se registraron problemas alfanuméricos (…). Ahora la Aduana por fin les da una solución con este reglamento, que permitirá una revisión”, manifestó la presidenta de la Aduana, Karina Serrudo.
El documento consta de dos capítulos y está dirigido al transporte de carga que porte seis toneladas de mercancía en adelante. Además, contempla a los buses u ómnibuses destinados a más de 32 pasajeros.
La norma establece la emisión de una identificación (documento físico) y para obtenerla el vehículo debió ser legalmente importado. Es decir, debió ser nacionalizado en programas o procesos de regulación entre 1990 y 2004.
Se identificará el número de chasis para que puedan circular sin ninguna observación.
Serrudo aclaró que no se trata de ninguna nacionalización, ni regularización.
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Para obtener esta identificación, el interesado debe presentar el certificado de Registro de Propiedad del Vehículo. En caso de que no esté a su nombre, debe presentar un testimonio de escritura pública de transferencia o poder notarial. Se considerará, además, la presentación de un documento privado de compra y venta del motorizado suscrito ante Notario de Fe Pública.
El propietario debe presentar, además, su cédula de identidad, la póliza o declaración de importación del vehículo.
Otro de los requisitos es la autorización de modificación de estructura emitida por Tránsito si fue modificado. Asimismo, el informe de Trabajo Técnica de Autenticidad y Certificado de No Robo nacional e internacional emitido por la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos; en caso de observación por chasis remarcado.
También requerían el certificado actualizado de no existencia de denuncia de robo nacional e internacional y el recibo único de pago por 500 UFV.