¿No le pagaron su aguinaldo? Trabajo recibe denuncias desde este lunes
El plazo para el pago del beneficio venció el 20 de diciembre. Los empleadores que no cumplieron recibirán una multa y deberán pagar un segundo aguinaldo a los trabajadores

El pago del aguinaldo debe ser en dinero.
Los trabajadores que no recibieron su aguinaldo de Navidad pueden presentar sus denuncias a partir de este lunes en las jefaturas departamentales y regionales del Ministerio de Trabajo. El plazo para el pago de este beneficio venció el 20 de diciembre.
Los empleadores que no pagaron el aguinaldo serán sancionados y además tendrán que pagar un segundo aguinaldo a los trabajadores.
“Invitamos a todos los trabajadores afectados en su derecho por la falta de pago del aguinaldo que se aproximen a las nueve direcciones departamentales que tenemos en el país; donde vamos a atender las denuncias y orientar cómo hacer para que se realice el pago del segundo aguinaldo; que es la sanción correspondiente”, afirmó el ministro de Trabajo, Erland Rodríguez.
Asimismo, explicó que luego de recibir las denuncias, el Ministerio de Trabajo enviará inspectores para verificar el incumplimiento; o llamar a citación a los empleadores para que cumplan con el beneficio.
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Aguinaldo
El ministro recordó que el beneficio de Navidad debe ser pagado en su integridad y no en especie, no es susceptible de retención, descuento por impuestos o aportes.
Son beneficiarios del aguinaldo todos los empleados que trabajaron como mínimo tres meses y los obreros, un mes.
El pago del aguinaldo es equivalente a un mes de salario completo; sin embargo, cuando el dependiente no trabajó los doce meses completos, su pago se realizará por duodécimas en proporción al tiempo trabajado en la gestión.
El 20 de diciembre fue la fecha límite para que los empleadores paguen a los trabajadores, tanto en el sector privado como en instituciones públicas. Las empresas e instituciones que incumplieron con el derecho laboral en la fecha establecida serán sancionadas con el pago doble del aguinaldo y son pasibles a una multa por infracción a la ley social.
Según un instructivo, los empleadores deben presentar un ejemplar de las planillas del pago de este beneficio ante el despacho de Trabajo hasta el lunes 30 de diciembre; a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT) vía Internet.
El incumplimiento en la presentación de dichas planillas ameritará la imposición de sanciones respectivas.