La Cancillería elabora proyecto de ley sobre el Tratado de 1904
Aún no hay fecha, pero la Asamblea se alista para el tratamiento de esa norma
El segundo secretario de la Cámara de Diputados, Galo Bonifaz, reveló a La Razón que la Cancillería boliviana está en plena elaboración de un proyecto de ley referido al Tratado de 1904; empero, dejó en claro que aún se analiza si la propuesta contemplará la denuncia o la renegociación de este acuerdo, en virtud a lo establecido por la Constitución Política del Estado (CPE).
“Hay un proyecto de ley que está siendo trabajado desde la Cancillería. En efecto, el artículo nueve de las disposiciones transitorias de la Constitución establece renegociar o denunciar ese tipo de tratados y, en virtud a ello, aún se está analizando una de esas posibilidades; la figura debe enmarcarse a un informe técnico-jurídico de parte de las instituciones que realizarán esas modificaciones”, dijo. Bonifaz agregó que cuando el Ministerio de Relaciones Exteriores concluya esa labor, pasará el proyecto al Legislativo para su tratamiento.
“Se debe hacer una revisión de acuerdos y tratados bilaterales que se tienen; si esos tratado están en contra de la Constitución obviamente hay que ir modificando”, señaló Bonifaz al indicar que la Cancillería todavía no informó sobre una fecha para hacer entrega de la propuesta normativa.
En la Guerra del Pacífico, Bolivia perdió 120 mil kilómetros cuadrados de territorio y 400 kilómetros de costa; desde entonces, reclama en los foros internacionales soberanía marítima. En marzo de 2011, el presidente Evo Morales anunció la decisión de Bolivia de demandar a Chile ante un tribunal internacional para que restituya el acceso al Pacífico, tras sostener con su par de Chile, Sebastián Piñera, un diálogo sin resultados sobre este tema, en el marco de una agenda de 13 puntos acordada en 2006.
Por su parte, el excanciller Armando Loayza señaló que de por medio está también la consulta que envió el Senado al Tribunal Constitucional sobre la aplicación de cinco artículos de la Constitución, entre ellos la cláusula referida a la denuncia o renegociación de tratados internacionales.
“Seguro el Tribunal, dará una opinión para la aplicación de esa norma, pero hay un principio de derecho internacional que indica que un Estado, unilateralmente, a través de una ley administrativa o Constitución, no puede deshacerse de obligaciones internacionales; eso podría llevar a que Chile nos demande con grandes posibilidades de vencer”, explicó.
Loayza reiteró que la jurisprudencia internacional establece que una Constitución no puede abrogar un tratado internacional. “El Tribunal debe tomar en cuenta las normas internacionales y aconsejar al Gobierno que ciertas cuestiones, aunque tengan rango constitucional, no se oponen al derecho internacional que tiene prevalencia sobre disposiciones internas”.
Lo que dice la carta magna
Soberanía
El Tratado de 1904, que cierra el paso soberano al mar, no se ajustaría a la Constitución Política del Estado (CPE) en la medida que en su artículo 267, establece el derecho irrenunciable e imprescriptible de una salida soberana al océano Pacífico. Hasta diciembre de este año, se debe denunciar o renegociar.
El Gobierno maneja tres estrategias
Hace una semana, el vicepresidente Álvaro García explicó que se desarrollan al menos tres mecanismos con el objetivo de lograr una salida soberana al mar. La autoridad afirmó que la estrategia “es consistente, clara y precisa” y que no deberá extrañar que en algunos momentos tenderá a priorizar aspectos de la táctica frente a otros.
Ante el fracaso del diálogo bilateral, García Linera detalló que se hará la implementación de una ‘estrategia concéntrica’ que comprende: la migración del comercio boliviano a puertos del Perú, la diplomacia de los pueblos y llevar el reclamo a todo foro internacional.
“Vamos a comenzar a trasladar o desviar el transporte de carga en el océano Pacífico hacia puertos del Perú de forma gradual”, explicó García, al indicar que ya se trabaja en consolidar corredores interoceánicos viales y férreos para dejar puertos chilenos.
Por otra parte, el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, señaló que también se optará por la “diplomacia puerta a puerta” que significa hablar con todos los gobiernos de América Latina, Europa, Norteamérica, África y Asia para llevar adelante el mandato constitucional de recuperar el acceso soberano al Pacífico.
Por último, la Asamblea Legislativa considera la estrategia de la renegociación o la denuncia del Tratado de 1904, que al igual que las anteriores, apunta a la recuperación de la soberanía marítima.
Resoluciones OEA
1979, La Paz
Resolución 426. IX Asamblea. “Es de interés hemisférico permanente una solución equitativa, por la cual Bolivia obtenga un acceso soberano y útil al océano Pacífico”. 25 votos a favor, ninguno en contra; Chile se negó a participar de la reunión.
1980, Washington
Resolución 481. X Asamblea. Uruguay hace de mediador entre Bolivia y Chile.
1981, Castries (Santa Lucía)
Resolución 560. XI Asamblea. Mantiene el tema marítimo en el ámbito hemisférico.
1982, Washington
Resolución 602. XII Asamblea. 23 votos a favor y ninguno en contra.
1983, Washington
Resolución 686. XIII Asamblea. Belisario Betancur, presidente de Colombia, media entre Bolivia y Chile. Única resolución unánime, incluyendo a Chile.
1984, Brasilia
Resolución 701. XIV Asamblea. Aprobada por 20 votos contra 1, de Chile.
1985, Cartagena de Indias
Resolución 766. XV Asamblea. Bolivia obtuvo el respaldo de 25 votos contra 1.
1986, Guatemala
Resolución 816. XVI Asamblea. 21 votos contra 1. Los cancilleres de Bolivia y Chile acuerdan reunirse en Montevideo, Uruguay, en abril de 1987; Chile truncó esta negociación.
1987, Washington
Resolución 873. XVII Asamblea. Contó con el patrocinio de México: 21 votos contra 1.
1988, San Salvador
Resolución 930. XVIII Asamblea. Chile intentó que se elimine la referencia a la “preocupación hemisférica” sobre el caso; fracasó. Texto aprobado con 24 votos a favor y 1 en contra.
1989, Washington
Resolución 989. XIX Asamblea. Aprobada con 22 votos a favor y 1 en contra. En esta resolución se encontró una fórmula según la cual se mantiene la demanda marítima en el ámbito multilateral de la OEA, rescatando el contenido de resoluciones anteriores, y pragmáticamente se elimina el ejercicio de votar cada año las resoluciones.