La situación de los indios en el debate para la primera Constitución Política del Estado boliviano
Imagen: la razón-archivo
Bolivia, 197 años de independencia
Entre 1825 y 1826 hubo un debate muy interesante de los primeros diputados del país que discutían el contenido de la primera Constitución Política del Estado. El qué hacer con los indios, sobre todo, a lo referido a su condición de contribuyentes económicos y su aptitud de ciudadano es de profunda preocupación. En el libro Trabajos de la Diputación permanente se da cuenta de la instalación y el debate de los primeros diputados de la nueva República, iniciado con la primera sesión el 9 de noviembre de 1825 y finalizado el 31 de diciembre de 1826. Las 972 páginas de este documento, más su índice, nos permite evaluar cómo fueron las sesiones y los temas que se discutieron acaloradamente en más de un año de trabajo del Poder Legislativo del flamante Estado boliviano.
Hay varios temas de disputa que nos llaman la atención, pero para esta oportunidad nos interesa acercarnos al debate sobre los indígenas. Dos temas se discuten ampliamente: el incremento del pago de impuestos a los habitantes ancestrales y por el otro, su calidad de ciudadanía.
Los debates están llenos de frases y comparaciones entre el pasado colonial y el presente nacional, además de las múltiples secuelas de la guerra de los 15 años. También se puede evaluar las categorías sociales vigentes y sobre todo la estratificación social de la República de Bolivia con un alto espíritu imitativo a lo europeo y liberal.
Sobre el pago de impuestos al flamante Estado, el representante Callejo expresaba: “Los indios son más recargados porque a más de la contribución personal tienen que pagar la industria y de sus propiedades, cuya suma es mucho mayor que los tributos anteriores; las demás clases son impuestos con tres pesos…” (pág. 248).
Hay que recordar que en la época colonial los indios pagaban tributo entre los 18 y 50 años de edad, pero en la República este pago se extendió a entre los 18 y 60 años. Indudablemente este ensanchamiento en tiempos marcaba una de las diferencias o “castigos” respecto a los otros sectores sociales que apenas contribuían con tres pesos, como mencionaba el diputado Callejo.
PAGO. En la discusión se busca el pago directo de los indios y no el indirecto, porque el Estado no encontraba un sustento seguro para sobrevivir en los primeros años de la vida republicana. Otros diputados como Molina justificaban “el gasto de ahorros de los indios” porque en sus fiestas efectuaban borracheras y desórdenes. Textualmente dice: “Si algún ahorro podían hacer los indios de todo esto en el curso de algunos años, era para dar una fiesta en la que nos pagaba por el culto, que por la satisfacción de sus borracheras y desórdenes…” (pág. 262).
Tildar a la fiesta de los indios como la generadora de borracheras y desórdenes fue seguir pensando y actuando con el profundo desprecio del comportamiento negativo en los inicios de la sociedad boliviana. Este legado e imaginario aún se manifiesta actualmente.
Como sabemos por varios estudios, durante el siglo XIX el Estado boliviano vivió de los tributos de los indios, aunque se llamaba “contribución indigenal”. En las discusiones de los representantes se alude a mostrar cifras y realizar censos para una mejor justificación del cobro directo a los indios.
Indudablemente el debate más importante y acalorado que tuvieron los representantes fue el referido a la otorgación de la calidad de ciudadanía de los indígenas. Son absolutamente conscientes que son la mayoría de la población de la flamante sociedad boliviana, pero no sabían leer ni escribir el español.
Por ejemplo, el diputado Aguirre señalaba: “… que estando la mayor parte de la Nación compuesta de la clase indíjena no parecía regular, el que, sin tener culpa alguna de no saber leer, ni escribir, se lo privase del único derecho de que podía gozar…” (pág. 418). A pesar de esta justificación y comprensión del diputado Aguirre, éste sugiere 10 años de gracia para estimular a los indios para que se instruyan en la lectoescritura dominante.
Bozo, otro representante en el Congreso, expresaba sobre el analfabetismo de los indígenas: “…que esta calidad no se ecsijía por castigar a los indios, porque se les consideraba, y eran en efecto muy estúpidos y semejantes a los niños…” (pág. 418). Esta calificación a los indios de estúpidos y su semejanza con los niños no era la adjetivación del momento, sino que venía desde la mentalidad social y jurídica colonial. Considerar al indio como niño dio sustento al derecho colonial, la justificación de tener tutores.
ROLES. Lo que se devela también en estos debates es uno de los roles de los curas de la época con respecto a los indígenas: la educación y el adoctrinamiento. El mismo Bozo, refiriéndose a un caso, expresaba: “…el de un indio de la provincia Larecaja, a quien sus paisanos lo habían quemado como a un brujo…” (pág. 419). Atribuyó la incapacidad del indígena al descuido de los curas, que no le enseñaban “las buenas costumbres coloniales”. Aquí reluce la política de la “extirpación de la idolatría”, porque sencillamente el afectado era yatiri, pero es tildado de brujo. En el presente aún existe esta profunda confusión entre yatiri y brujo.
El indio no solo era borracho, estúpido, niño, brujo, sino que en la primera Constitución que se proyectaba podía ser peligroso también, porque era la población mayoritaria. El diputado Molina expresaba al respecto: “…había en las demás partes de la Constitución una popularidad ecsesiva…” (pág. 419).
Otro diputado, Calvo, en tono sarcástico, dijo: “…ya se hacía necesario el ocurrir a Roma para que otro Paulo V declarase racionales a los indíjenas. Que estos eran dueños del país y más naturales que los blancos, por lo que era injusto privarles de esta prerrogativa.” (pág. 420) Esta ironía de Calvo era la realidad, pero por la situación de la dominación colonial no era posible ese reconocimiento pleno a los pueblos ancestrales, en términos formales. Aunque los pueblos indígenas siempre lucharon para ser reconocidos como actores y contribuyentes de la Bolivia india.
¿Desde qué año se prohibió que las personas que no sabían leer ni escribir en castellano no fueran consideradas ciudadanos? La primera Constitución Política del Estado de Bolivia de 1826, en su artículo 14 señala que para ser ciudadano es necesario saber leer y escribir el castellano, pero “que esta calidad solo se exigirá desde el año mil ochocientos treinta y seis” (CPE, 1826. En Gaceta Oficial de Bolivia, 2019:7).
En las Constituciones Políticas del Estado de 1831 y 1834 no se hace ninguna mención al tema. Entre la década de 1826 y 1836 se hizo una pausa para que los indios aprendan a leer y escribir el castellano. En términos formales, la indiada podía votar en estos años mencionados. ¿Lo hicieron? Si fue así, ¿cómo fue esa experiencia? ¿Cómo fue la política de incentivo del Estado y la sociedad boliviana para que los indios aprendan a leer y escribir en español?
La Constitución de 1839, en su artículo 12, expresa: “Solo los ciudadanos que sepan leer y escribir, y tengan un capital de cuatrocientos pesos…gozan del derecho de sufragio en las elecciones” (en Gaceta Oficial de Bolivia, 2019:109). La Carta Magna de 1839 da el inicio formal a la prohibición para las personas que no sabían leer ni escribir. Pero ¿por qué se explicitó en 1839? ¿Por el fracaso del Estado en la educación castellanizante, sobre todo a los indios? O ¿fue una decisión política de racismo contra los indios?
Volviendo al debate de los primeros diputados, Callejo, a pesar de su denuncia a favor de los indios, no deja de ser excluyente cuando hace referencia a los “cholos” como “tribus errantes” o que los “africanos y sus descendientes son generalmente improductivos”, y para frenar sugiere la implantación de catastros y censos para cobrar un sistema de rentas (pág. 282).
Hay otros temas que nos llaman la atención, por ejemplo, las adjudicaciones del territorio de los Yuracarés y el inicio de la construcción del camino a Mojos, acompañado de por medio por una especie de cruzada cristiano-católica mediante misiones como la de San Francisco, la Asunción y Chimoré. El flamante Estado boliviano de 1826, mediante sus representantes, tenía el imaginario de que las tierras y los pueblos de la Amazonía eran casi inexistentes y habría que colonizarlas. Aquel ficticio argumento se reeditó con el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) post 1952.
En conclusión, los primeros representantes políticos heredan todo el prejuicio racial colonial, a excepción de algunos diputados que tratan de entender a los indios. Prevalece la idea de la búsqueda de personas cultas e inteligentes para ser consideradas ciudadanos plenos, frente a la gran mayoría de indios que supuestamente no lo eran y que sencillamente son tildados de borrachos, estúpidos, niños, brujos, irracionales, etc. Está claro que la religión católica es parte activa de estas preocupaciones como parte del Estado, con profundo cimiento colonial, aunque se llame republicano. El debate no solamente fue entre los diputados, sino también con los representantes del Poder Ejecutivo, aunque estuviesen en calidad de invitados en algunas sesiones.
Esteban Ticona Alejo es sociólogo y antropólogo. doctor en estudiosculturales latinoamericanos. docente enlauniversidad mayor de san andrés (umsa) y autor de varios libros sobremovimientos indígenasycampesinos e investigación cualitativa. cofundador del taller dehistoria oral andina (thoa).