Fondo de Estabilización, un paso previo urgente
El economista y expresidente del BCB, Gabriel Loza Tellería, detalla su propuesta para encarar la crisis en la economía que afecta al país.
En la siguiente entrevista al destacado economista y expresidente del Banco Central de Bolivia (BCB), Gabriel Loza Tellería, el experto aborda una de las problemáticas más apremiantes del país; la necesidad de establecer un Fondo de Estabilización y Reservas (FER). Esta medida resulta fundamental, según explica, para evitar una crisis inflacionaria y fiscal de mayor magnitud. En el contexto de una economía presionada, con debilitamiento de las reservas internacionales y volatilidad cambiaria, esta conversación ofrece una visión propositiva sobre los pasos necesarios para restaurar la estabilidad macroeconómica.
El entrevistado analiza los riesgos asociados a implementar ajustes fiscales y monetarios sin el respaldo de un mecanismo sólido como el FER, destacando cómo experiencias históricas, tanto en Bolivia como en otros países, demuestran la eficacia de estos fondos para estabilizar economías en crisis. Loza detalla las posibles fuentes de financiamiento para el FER, incluyendo organismos multilaterales como el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), el Banco Mundial y el Banco de los BRICS, además de alternativas innovadoras como la conversión de reservas de oro en divisas líquidas.
Finalmente, se exploran los usos potenciales de los recursos del FER, desde la estabilización del tipo de cambio hasta la reducción del riesgo país y la emisión de bonos soberanos. La entrevista no solo ofrece un diagnóstico amplio de los desafíos actuales, sino que también plantea soluciones pragmáticas y viables, subrayando la importancia de un consenso político y técnico para implementar estas medidas en beneficio de la economía boliviana.
Gabriel Loza Tellería es autor del Memorándum de Política de Estabilización dirigido al Ministro de Economía y Finanzas Públicas, cuyas conclusiones y recomendaciones fueron publicadas en Energía y Negocios el domingo 16 de noviembre, bajo el título: «Crisis cambiaria y fiscal: Propuestas urgentes para Bolivia».
¿Podría ampliar en qué consiste el Fondo de Estabilización y Reservas, qué experiencias o antecedentes se tienen, con cuántos recursos financieros contaría y cómo funcionaría?
Primero tenemos que partir asumiendo que estamos en una situación crítica de inicios de una espiral inflacionaria, Gráfico 1, con una tasa de inflación a doce meses en octubre de 7,9%, y es muy probable que, si sigue la tendencia, llegaríamos a lo que se denomina una inflación de dos dígitos a finales de año, en torno al 10%, superando de lejos la meta del Banco Central de una inflación del 3,6%. La inflación, en especial de alimentos, se inició a finales de 2022 con la inflación mundial y el alza de los fletes internacionales; sin embargo, fue gatillada por la «insuficiencia de divisas» que dio lugar al retorno del dólar no oficial, provocando de esta manera el levantamiento de facto del ancla cambiaria basada en un tipo de cambio único desde 2011, que había sido el soporte para la estabilidad de precios hasta 2023.
En segundo lugar, si se mueve el tipo de cambio oficial sin un respaldo sólido de reservas internacionales o shock de confianza, se podría entrar a perseguir al dólar no oficial, tal como en la crisis de 1982, con sucesivas devaluaciones nominales, con alzas sucesivas de precios debido a su indexación al dólar y los consiguientes ajustes de salarios a manera de compensar la subida de los precios de alimentos, entrando así a una espiral inflacionaria. Si de yapa se corta el gasto fiscal y no se cuenta con recursos frescos de financiamiento externo, entraríamos directamente a una estanflación.
Por tanto, el prerrequisito sine qua non es contar con un Fondo de Estabilización y Reservas (FER) antes de realizar las medidas de ajuste fiscal y monetario, lo contrario a la receta del FMI, que primero obliga a operar quirúrgicamente: el ajuste fiscal y monetario y para dar después al paciente como suero por cuenta gotas, financiamiento externo. Como señala Morales (2024), el FMI sería la billetera más lenta de Occidente.
¿Qué antecedentes se tienen de un Fondo de Estabilización?
Un Fondo de Estabilización tiene dos objetivos: por una parte, suavizar las fluctuaciones de corto plazo del tipo de cambio y, por otra parte, proteger el mercado monetario interno de los efectos de los movimientos internacionales de capitales de corto plazo.
El Fondo de Estabilización ya se aplicó en Bolivia en 1956 como parte del Plan Eder de Estabilización, un «Plan de 50 pasos», con un monto de 22,5 millones de dólares equivalente a la quinta parte de las exportaciones de 1956, de 100 millones de dólares. Actualmente, las exportaciones de bienes están en torno a los 10 mil millones de dólares y el Fondo tendría que ser alrededor de 2.000 millones de dólares. El FMI apoyó al Fondo de Eder con recursos de un acuerdo Stand-By por 7,5 millones de dólares en noviembre de 1956, y el Gobierno de EE. UU. fue el principal aportante. Este fondo cumplió su rol de estabilizar el tipo de cambio en 1959 cuando se acabaron sus recursos.
También está, entre otras experiencias, la de México con el Efecto Tequila en los noventa. A través del Fondo de Estabilización de Divisas, EE. UU. envió a México 20 mil millones de dólares, a los que se le añadió un número similar proveniente del FMI. Con la suma de otros aportes para ayudar a la alicaída economía, el costo del rescate llegó a los 75 mil millones de dólares.
¿Cómo estaría, según su propuesta, constituido el Fondo de Estabilización y de Reservas (FER)?
El Fondo de Estabilización inicialmente sería más psicológico que financiero, puesto que su objetivo principal es garantizar credibilidad y confianza, a partir del cual recién se puede aplicar un Plan de Estabilización o Programa Económico y Financiero con metas periódicas trimestrales. Podría estar constituido con recursos del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), FMI, créditos de países como México, Brasil, Colombia y China, además con recursos, por ejemplo, del Banco de los BRICS, CAF, BID, Banco Mundial, dependiendo eso sí de la capacidad y habilidad del Gobierno para captar recursos.
Bolivia, como miembro del FLAR desde 1988, puede acudir a sus servicios financieros para apoyo a balanza de pagos, liquidez y contingencia. Como el FLAR establece que «El límite máximo al total de los créditos u otros apoyos financieros que un miembro tenga con el FLAR no podrá exceder 2,5 veces el capital pagado (2,6 veces en los casos de Bolivia y Ecuador)», el país puede pedir apoyo a balanza de pagos por un equivalente a 2,6 veces su capital pagado que era al 30 de junio de 2023: 281.592.288 dólares. Es decir, puede pedir un crédito hasta 732,1 millones de dólares, sujeto al cumplimiento: «Para los créditos de Apoyo a la Balanza de Pagos, que buscan atender desequilibrios estructurales, la solicitud deberá ir acompañada además de una exposición de medidas de política y de un programa económico y financiero con metas periódicas. La presidencia ejecutiva presentará un informe y su recomendación al directorio, que será la instancia decisoria. Esta línea de crédito tiene un plazo de hasta 3 años, con hasta un año de gracia para pago del principal» (Cuadro 1).
La cuota de Bolivia en el FMI es de 240,1 millones de DEG, equivalente a 322,7 millones de dólares, y el monto que se solicitaría sería 600% de la cuota, cerca de 2 mil millones de dólares, por un plazo de tres años (Cuadro 1).
¿Y qué se haría con la condicionalidad que aplica el FMI a sus acuerdos o programas?
Una opción desafiante es que sea Bolivia quien solicite recursos financieros al FMI y sea el FLAR la entidad garante y la que administre los recursos en función del cumplimiento del Programa Económico y Financiero autorizado y supervisado por el FLAR. Esta modalidad puede ser un proyecto piloto para descentralizar al FMI y le daría una función real al FLAR para que deje de ser solo un administrador eficiente de reservas internacionales.
Adicionalmente, los países que voluntariamente quieran aportar al FER del FLAR lo harían con cargo a una tasa equivalente al rendimiento de sus reservas internacionales o del FLAR, como indicador de costo de oportunidad y que no signifique ningún componente de donación. Las modalidades podrán ser diferentes, a través de SWAPS renovables. Los recursos aportados estarían hasta tres años en el FER y después podrían ser retirados.
¿Cuál sería el uso y el destino de los recursos del FER?
El FER sería gestionado y localizado en el FLAR, separado contablemente del nivel actual de las reservas internacionales del BCB. La utilización de recursos del FER estaría sujeta al cumplimiento trimestral de las metas del Programa Económico y Financiero del Gobierno boliviano con la finalidad de estabilizar el tipo de cambio. Es diferente al stock de RIN del BCB que, con los mínimos recursos que tiene, debería estar orientado al corto plazo, a proveer liquidez y atender situaciones de contingencia.
Las reservas de oro que debe mantener el BCB según Ley 1503 (22 TM) pasarían al FER a cambio de divisas frescas por 1.900 millones de dólares, a la cotización vigente (2.653 USD OTF), que permitan al BCB participar en el mercado cambiario. Las nuevas compras de oro metálico pasarían al FER, a cambio de divisas para las Reservas Internacionales del BCB, que ahora estarían compuestas por divisas y DEG.
En los usos del Fondo se destinarán los recursos, por una parte, para proporcionar liquidez al mercado cambiario a través del Bolsín del BCB (en su sitio web aparece su oferta actual de 100 millones de dólares, que significan el 60% de sus reservas actuales en divisas), con el fin de estabilizar el tipo de cambio y, por otra parte, permitirá respaldar al país de compromisos externos, principalmente bajar el riesgo país, para posteriormente, el país a través del FER pueda emitir bonos soberanos.
En conclusión: se tiene que hacer un ajuste fiscal y monetario de todas maneras, con FMI o sin FMI, pero no sin antes de contar con recursos de financiamiento externo. Obviamente, si no hay consenso político mínimo común, vamos en camino a un «autosuicidio» nacional.
¿Y qué pasaría con el régimen cambiario?
La evidencia empírica ha demostrado que es insostenible un régimen de tipo de cambio fijo per se, salvo en algunos países árabes exportadores de petróleo. Las opciones son variadas, aunque el país tiene experiencia exitosa con el Bolsín del BCB y la fijación de su precio base. El problema actual es la entrega obligatoria de divisas.
Cuando se alaba el DS 21060 no hay que olvidar que mantuvo la entrega obligatoria de divisas, la cual fue levantada recién en 1997 en el Gobierno de Sánchez de Lozada mediante DS No 24756, justificando «Que el comportamiento de las reservas internacionales muestra una clara tendencia a satisfacer las necesidades de divisas, tanto de los importadores de bienes y servicios como del sector financiero».
Estrictamente, la situación actual, con el nivel actual de las RIN, no «muestra la tendencia a satisfacer las necesidades de divisas». Por tanto, si se trata de tener en cuenta como referencia las medidas del 21060 para estabilizar la economía, se tendría que volver a la entrega obligatoria de divisas, puesto que el BCB tenía solamente 153,1 millones de dólares según el último reporte oficial a agosto de 2024. Este nivel era el que se mantenía en 2010 como capital de trabajo en el BCB, como caja chica.
Si se cuenta con un Fondo de Estabilización y Reservas o con financiamiento externo especial, podría volverse a la situación previa al tipo de cambio fijo de facto, de finales de 2011, al régimen del tipo de cambio deslizante o crawling peg no anunciado o al anunciado (que se está aplicando en Argentina con una tasa de 2% mensual).
Formalmente, de jure, continúan las sesiones del Bolsín y el monto de oferta publicado en su sitio web de 100 millones de dólares al 20 de noviembre de 2024, y el BCB podría empezar a mover el precio base sin Decreto Supremo mediante. Si no se contare con el FER, se tendría que contar con la entrega obligatoria de divisas y anular el DS 24756 del 31 de julio de 1997 y mantener la vigencia de los artículos 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 16, 17, 19, 20 y 22 del DS 21060 del 29 de agosto de 1985. Las paradojas de la economía.