Gobierno fija alícuota de 30% al ICE para importar vehículos con ‘antigüedad mayor a un año’
La decisión está contenida en el decreto 4373 aprobado el lunes. Además, se excluye del pago a la importación de ambulancias y de motorizados a gas
La administración de la presidenta Jeanine Áñez estableció una alícuota de 30% al Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) para la importación de vehículos con una antigüedad mayor a un año.
La determinación está contenida en el decreto 4373, aprobado el 19 de octubre, que hace referencia a la regulación de la importación de motorizados teniendo en cuenta el cuidando el medio ambiente y la seguridad vial
Sobre la importación de vehículos antiguos, refiere la disposición final cuarta: “La importación de los vehículos automotores con una antigüedad mayor a un (1) año están sujetos a una alícuota del treinta por ciento (30%) del ICE”.
Mientras que “los vehículos con motor de sistema exclusivo a gas natural originalmente fabricado y vehículos propulsados únicamente con motor eléctrico” y las ambulancias que estén construidas y equipadas exclusivamente para los servicios de salud, además que utilicen gasolina y/u otros combustibles, no tendrán que pagar ese impuesto.
“Las ambulancias que utilicen diésel como combustible tendrá una alícuota de quince por ciento (15%)”, refiere la norma.
Están comprendidas en la disposición final cuarta los denominado Van Minibús de las partidas arancelarias 87.02 (vehículos para el transporte de 10 o más personas) y 87.04 (vehículos para el transporte de mercancías.
A partir del 1 de enero de 2020, solo está permitido importar vehículos livianos, automóviles, camionetas y minibuses con un año de antigüedad y con capacidad de hasta 2.5 toneladas de carga.