Sancionarán difusión no autorizada de intimidad
España creo un nuevo delito que se castigará con un año de cárcel
El Gobierno de España anunció ayer la creación de un nuevo delito en el Código Penal: la “Divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas”, delito que será penado con hasta un año de privación de libertad.
La difusión no autorizada de este tipo de videos, “incluso si se han obtenido con el consentimiento de la víctima” no supondrá la entrada en prisión si no hay antecedentes, precisó el ministro español de Justicia, Alberto Ruiz, según El País.
La creación de este delito es una de las novedades que el Ejecutivo ha incluido a última hora en el anteproyecto de reforma de la máxima ley penal, aprobado ayer por el Consejo de Ministros. En cualquier caso, el nuevo proyecto no estará en vigor hasta, aproximadamente, dentro de “un año”.
Según la norma, será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año —o multa de seis a 12 meses— quien, “sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella”, siempre y cuando dicha difusión “menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona”.
Se incurrirá en este delito cuando las grabaciones hayan sido obtenidas con “anuencia” de la víctima —es decir, la víctima consintió que se le grabara o fotografiara, pero no que se difundieran las grabaciones— y realizadas “en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros”, señala El País.