Senado uruguayo avala proyecto ley sobre «alquiler de vientre» de familiares
Para este tratamiento podrán solicitar cobertura económica tanto parejas heterosexuales como homosexuales femeninas o mujeres sin pareja.
El Senado uruguayo aprobó un proyecto de ley sobre reproducción asistida que contempla permitir a las mujeres que lo soliciten practicar la maternidad subrogada o «alquiler de vientre» con personas de su familia, como hermanas o cuñadas, informó hoy una fuente legislativa.
La norma deberá ser ahora ratificada por los diputados para su aprobación definitiva, si bien se estima que no habrá ninguna dificultad para ello dado el apoyo que tuvo en la Cámara alta, en la que fue avalada por unanimidad.
«Si una mujer padece un impedimento físico, congénito o adquirido para gestar el embrión en su propio útero, podrá solicitar que sea gestado por su hermana o la de su pareja», explicó a Efe el diputado opositor Alfredo Solari, participante en la redacción del texto legislativo.
Esta sería la única excepción posible en cuanto a maternidad subrogada en una ley que prohíbe el «alquiler de vientre», una práctica ilegal en muchos países, por la cual una mujer se compromete a gestar el embrión de una pareja a la que luego entregará el niño recién nacido para su crianza.
Uruguay pretende con esta norma establecer «el primer marco normativo para la reproducción humana asistida» en el país, así como «facilitar la ayuda económica para hacer accesibles estos tratamientos» a quienes los necesiten, indicó el legislador.
El texto además recoge la posibilidad de que sea el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) el que cubra los costos de los tratamientos de fertilidad de baja complejidad, sin límite además en el número de ocasiones en los que una persona pueda someterse a ellos.
Para tratamientos de alta complejidad, como en la fecundación in vitro, la financiación se realizará a través de subsidios del Fondo Nacional de Recursos para medicina altamente especializada, y se establecerá un máximo de tres oportunidades para repetir cada tratamiento.
Dichos subsidios podrán ser parciales o totales, en base a criterios que no han sido precisados, pero que previsiblemente serán «la capacidad de pago del usuario y las perspectivas de éxito del tratamiento», indicó Solari.
Para este tratamiento podrán solicitar cobertura económica tanto parejas heterosexuales como homosexuales femeninas o mujeres sin pareja.
De aprobarse en la Cámara baja uruguaya el texto definitivo, se estima que la ley entre en vigor a finales de enero de 2014.