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Autonomistas no podrán ser vocales del TSE

Los que hayan convocado, organizado, dirigido, supervisado, administrado o ejecutado algún proceso electoral o referéndum al margen de la ley, no podrán optar a ser vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), según dicta el reglamento de designación que será aprobado hasta el fin de semana.

Con este mecanismo, al menos 25 vocales de las cortes departamentales electorales de Santa Cruz (10), Beni (5), Tarija (5) y Pando (5) quedarán impedidos de postularse al TSE por haber administrado los referendos del año 2008 para la aprobación de los estatutos autonómicos de los cuatro departamentos, que el Gobierno calificó de inconstitucionales.

Los plebiscitos no sólo involucraron a los vocales de las cuatro cortes electorales, también fueron impulsados por los actuales gobernadores Rubén Costas en Santa Cruz, Ernesto Suárez en Beni, Mario Cossío en Tarija y el ex prefecto Leopoldo Fernández en Pando; además de dirigentes como Branko Marinkovic, ex presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz. El Legislativo debe elegir en 45 días a seis vocales del TSE y a 45 vocales de los Tribunales Electorales Departamentales (TDE) que regirán los comicios de diciembre.

El documento, al que tuvo acceso La Razón, establece 19 requisitos que deberán cumplir los postulantes a vocales del Tribunal Supremo Electoral, como el de portar un título profesional con una antigüedad no menor a los cinco años, elemento nuevo que no estuvo consignado en el anterior Código Electoral.

El reglamentó será evaluado hoy en una comisión especial a partir de las 19.00 horas, según informó el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, Eduardo Maldonado, quien dijo que también se verá el reglamento para la elección de vocales a los TED.

Ayer, la última reunión de evaluación del documento, que duró al menos tres horas, contó con la presencia del ex presidente de la Corte Nacional Electoral (CNE), José Luis Exeni, quien asesora al Legislativo en asuntos electorales.

Según los plazos previstos por el reglamento, a partir de la convocatoria que emitirá la Asamblea para  recibir postulaciones, los candidatos tendrán  15 días para presentar sus documentos. Luego, la comisión evaluará en 72 horas los datos. Habrá un periodo de impugnación de cinco días.

El presidente del Comité de Desarrollo Constitucional y Legislación de la Cámara Baja, Javier Zavaleta, anunció que la convocatoría podría salir la próxima semana y luego afirmó que la evaluación será de manera meritocrática.

Género y Plurinacionalidad

El Art. 13 plantea que de no cumplirse la habilitación de al menos tres mujeres y al menos dos de origen indígena a vocales del TSE, se procederá a la elección de los otros vocales excluyendo las vocalías para mujeres e indígenas. En este caso, la Comisión Mixta deberá emitir una nueva convocatoria para las acefalías.

Forma de Elección de vocales

Concluida la labor de la Comisión Mixta, en 24 horas se citará a sesión plenaria de la Asamblea con el fin de elegir por 2/3 de votos de los asambleístas presentes a vocales del TSE. Si no se logra elegir en una primera vuelta, se irá a una segunda. De seguir sin elección, se llamará a una sesión por tiempo y materia.

Reglamento prevé cinco categorías de evaluación

El reglamento para la elección de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) establece cinco categorías de evaluación para la selección de candidatos de este órgano.

Cinco categorías de evaluación servirán para preseleccionar a los aspirantes a vocales. La primera es la formación académica, donde se tomarán en cuenta doctorados, maestrías y licenciatura en Ciencias Políticas, Ciencias Sociales o la rama del Derecho.

La segunda es la producción intelectual: publicación de libros o artículos de investigación sobre temática electoral.
La tercera, la docencia universitaria, calificándose ésta en cursos de posgrados en Ciencias Sociales o Políticas. La cuarta, la experiencia profesional de al menos cinco años y especializada en el campo del Derecho, Ciencias Políticas  o Sociales y, la quinta, el conocimiento de idiomas oficiales. Aunque según el artículo cinco del reglamento, en la selección de vocales, de manera excepcional por esta vez, no se aplicará el requisito de hablar dos idiomas oficiales.

La entrevista es otra vía a la que se recurrirá para la preselección de los candidatos.  El objetivo es evaluar, de manera oral, el conocimiento sobre la Constitución Política del Estado, principios y procedimientos de las democracias directa y participativa, representativa y comunitaria. Los postulantes deberán dictar una exposición sobre «Retos de la democracia intercultural en Bolivia».

Seis de 19 requisitos para ser vocal

Formación
Entre los requisitos para la postulación, el aspirante a vocal del Tribunal Supremo Electoral deberá tener título profesional con una antigüedad no menor a los cinco años.

Logias
Otro requisito, exigido por el reglamento para la elección de vocal al TSE, es la renuncia de manera expresa y pública a la membresía en cualquier logia.

Cargo político

Otra exigencia para postular a vocal del TSE es no haber sido dirigente o candidato de ninguna organización política en los cinco años anteriores a la fecha de designación.

Renuncia

El aspirante no deberá ocupar o haber ocupado cargos directivos en empresas que tengan contratos con el Estado y no haya renunciado  tres meses antes.

Sentencia
Otro requisito exigido para ser vocal al TSE es no tener ningún pliego de cargo ejecutoriado ni sentencia condenatoria ejecutoriada, pendientes de cumplimiento.

Dirección
Otra condición es no haber ocupado cargos directivos en empresas extranjeras transnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado boliviano.