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Candidatos podrán asistir a los medios sólo a invitación

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) abre la posibilidad de que los candidatos a autoridades judiciales participen de programas radiales, televisivos o espacios en medios escritos, siempre y cuando sean invitados; pero no podrán tener espacios propios.
Así lo prevé el proyecto de ley del TSE para modificar el artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral, que tiene el objetivo de levantar las restricciones a los candidatos al Órgano Judicial y a la cobertura informativa sobre éstos, informó la vocal Dina Chuquimia.

«Los candidatos o postulantes, si se da curso a la propuesta, van a poder manifestar opinión. Antes decíamos que no podían ni tratar temas vinculados directa o indirectamente a su postulación, pero ahora van a poder hacerlo, sin el ánimo de hacer propaganda, por supuesto, solamente con el fin de informar a la ciudadanía», dijo.

Modificación. Esto sería posible con la modificación del inciso «d» del numeral I del citado artículo, que es uno de los puntos del proyecto del Órgano Electoral.

Con la modificación propuesta, «sólo se prohíbe dirigir o conducir programas radiales o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos, es decir, los candidatos o postulantes van a poder participar, siempre y cuando sean invitados. Ellos no pueden tener programas o espacios propios de información sobre su candidatura».

Así, se abre la posibilidad de que los postulantes acudan a cualquier y cuanta entrevista se los invite, aunque «el espíritu de la solicitud es también dar la posibilidad de que todos los medios de comunicación den las mismas oportunidades a todos los candidatos», explicó Chuquimia.

En todo caso, «no puede haber medio que, de manera abusiva, tenga un candidato de preferencia (…)  habrá una sanción determinada a esos medios porque no están siendo iguales con los demás», señaló Wilfredo Chávez, viceministro de Coordinación Gubernamental, quien adelantó que se revisa la normativa para que el Ejecutivo haga conocer su propuesta de modificación al artículo 82.

De momento, Chuquimia expresó que ya se remitió la propuesta del TSE al Legislativo, la que podría ser tratada durante el trabajo que el Senado realice esta semana en Sucre. «Es posible, pero no lo garantizo. Si llega a manos de la Cámara de Senadores, podríamos abrir inmediatamente el debate sobre el artículo 82», declaró a La Razón René Martínez, presidente de la Cámara Alta. En tanto que el senador Eugenio Rojas (MAS) indicó que hoy remitirán el proyecto a Diputados y que el debate se iniciaría dentro de una semana.

La elección de octubre en camino
El 16 de octubre de este año se elegirá a 56 magistrados, entre titulares y suplentes, para el Tribunal Supremo Electoral, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional.

Enmiendas que propone al Art. 82
La propuesta del TSE es que se deroguen los incisos «b» y «e» del parágrafo I del artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral, además de los incisos «a» y «b»  del parágrafo II, y el parágrafo IV en su totalidad. También sugiere la modificación del inciso «d» del numeral I, de acuerdo con Dina Chuquimia, vocal del TSE.

«El numeral I del artículo 82, donde antes decía que se prohíbe dirigir, conducir o participar en programas radiales o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos, ahora tendría que decir: ‘Se prohíbe dirigir o conducir programas radiales o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos, es decir, los candidatos o postulantes van a poder participar de los mismos, pero no pueden tener programas o espacios propios de información sobre su candidatura», manifestó.

En el caso del Tribunal Supremo de Justicia, la elección será por circunscripciones departamentales, de manera que los medios de comunicación paceños seguramente darán más cobertura a sus candidatos, como en otras regiones, según Chuquimia.
Por otra parte, aclaró que no se hace referencia a una reforma a los artículos 83 y 84 de la Ley del Régimen Electoral. No obstante, se consideró los artículos 106 (que garantiza la libertad de expresión e información) y el 182 (que prohíbe la campaña y propaganda electoral en las elecciones judiciales) de la Carta Magna.