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TSE puede anular candidatos hasta 3 días antes de las urnas

Esta disposición está contenida en el capítulo VIII del Reglamento del Régimen Especial de Propaganda para el Proceso de Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional, aprobado por el TSE.

La inhabilitación puede ser a demanda de un ciudadano o de oficio. Entre las causales están el vulnerar las prohibiciones establecidas en el Reglamento, entre ellas hacer propaganda, o el incumplimiento de requisitos o causas de inelegibilidad, sobrevivientes a la preselección legislativa.

El presidente del TSE, Wilfredo Ovando, explicó que las «causales sobrevivientes a la sede legislativa» se aplican, por ejemplo, en caso de que en la etapa posterior a la preselección se haya dictado una sentencia ejecutoriada contra un candidato, sobreseído de una inicial impugnación, justamente por falta de una sentencia.

La Asamblea Legislativa tiene 60 días para la preselección de 125 candidatos, previo cumplimiento de fases como registro de postulantes y de impugnaciones.  El TSE dispondrá de 90 días para difundir los méritos de los que resulten elegidos, pero también para recibir impugnaciones.

Se abren plazos hasta 15 días antes y hasta tres, en casos excepcionales, del 16 de octubre para interponer las demandas para anular una candidatura.

El TSE también inhabilitará candidaturas en el mismo día de votación, de comprobarse que el afectado hizo campaña o propaganda, o vulnere el régimen de prohibiciones, entre ellas solicitar de forma directa el voto o por medios de comunicación, desmerecer a sus adversarios o contratar a terceros para campañas.

Ovando informó que las demandas que se presenten se resolverán en 24 horas y que no se reemplazará o borrará de la papeleta la fotografía del inhabilitado. «Los votos que se emitirán a favor del afectado no serán tomados en cuenta en el conteo», sostuvo. 

Papeleta. El presidente del Tribunal Electoral explicó que un sorteo definirá la ubicación de los candidatos en la papeleta de sufragio, que dispondrá de cuatro bloques para los 56 cargos, entre titulares y suplentes.  

El primer bloque estará destinado a los candidatos al Tribunal Supremo de Justicia; el segundo a los del Tribunal Agroambiental; el tercero a los del Consejo de la Magistratura y el cuarto bloque estará dispuesto para los aspirantes al Tribunal Constitucional.

La Asamblea habilitó a más de 300 postulantes, y de ellos debe elegir a los 125 que irán a las elecciones del 16 de octubre. El Reglamento de Propaganda permite entrevistas a los postulantes en igualdad de condiciones y sin ingresar en la propaganda. El artículo 19 de la disposición administrativa prevé que los medios deberán lanzar una invitación pública llamando a entrevistas.

Se usará esta nueva vía

El diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic informó que presentarán inhabilitaciones en la segunda fase de filtros, si en la Asamblea se da curso a candidaturas observadas.

«Si es que fueran preseleccionadas (en la Asamblea) personas que tuvieran alguna dificultad e irregularidad en su experiencia o que no se hubiera tomado en cuenta alguna documentación, puede emplearse esta fase de inhabilitación».

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene la atribución de inhabilitar candidaturas hasta tres días antes de las elecciones del 16 de octubre. Incluso, de oficio, puede anular candidaturas en el mismo día de votación, según el reglamento para las elecciones.