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Plantean que un ‘tercer actor’ lleve adelante futuras consultas

La necesidad de un “tercero” surge de la distinción que se debe hacer entre el “sujeto que consulta” (el Estado) y el “sujeto que es consultado” (los indígenas), sostiene el técnico del Centro de Investigación y Promoción del Campesinado, Cipca, Freddy Villagómez.

Al respecto, el exejecutivo de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia, Gustavo Aliaga, señaló que aún se socializa el proyecto de la ley marco, pero que el objetivo, en todo caso, es que ésta beneficie a indígenas y campesinos.

En criterio de Cipca, si bien el Estado como autoridad competente tiene la obligación de consultar sobre las medidas administrativas o legislativas, ya no es competente para conducir el proceso porque en este caso estaría siendo “juez y parte”.

El tercero podría ser la Defensoría del Pueblo (otorgándole esta nueva competencia), un equipo de especialistas conformado por acuerdo de partes, o una nueva institución pública especializada creada específicamente para esto, destaca el Cipca.

La figura del tercero “mediador”  es observada por la oposición. El diputado de Convergencia Nacional (CN), Adrián Oliva, argumenta que existen diferentes niveles de mediación en una consulta y recalca que “esos mecanismos deben garantizar imparcialidad e independencia”.

El debate acerca de una futura Ley Marco de Consulta Previa surgió de la pugna entre los pueblos indígenas de tierras bajas y el Gobierno, a raíz del proyecto de construcción de la carretera entre Villa Tunari y San Ignacio de Moxos que atraviesa por el medio del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

Ley. El Gobierno decidió consultar a 68 comunidades del TIPNIS para la construcción de la carretera. En la gestión del presidente Evo Morales se llevaron adelante consultas con la Asamblea del Pueblo Guaraní para la explotación de hidrocarburos.

Según el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Adolfo Mendoza, “una buena ley marco nos permitirá fijar un límite porque no todo es susceptible de consultarse, por ejemplo, las competencias privativas del nivel central (el Estado) no son objeto de consulta”, agregó.

El proyecto de ley de Cipca plantea al menos cinco grandes ejes que debería tener la futura norma, señala su técnico, Freddy Villagómez: primero, la definición del sujeto o titular del derecho a la consulta (los pueblos indígena originario campesinos, en este caso); segundo, una institucionalidad que garantice una consulta de buena fe; tercero, el objeto de la consulta, es decir, definir claramente qué tiene que consultarse (temas como minería, hidrocarburos, reservas naturales); cuarto, el procedimiento de la consulta, precisando los pasos para la misma; y, quinto, que el resultado deba ser vinculante para todos.

Proyectos de ley en análisis

Consulta
En 2011, el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq) presentó a la Asamblea Legislativa su propuesta de consulta previa. Al menos otras dos propuestas sobre el mismo tema fueron remitidas al Órgano Legislativo para su evaluación en la actual gestión legislativa.

Aún socializan ley marco

El proyecto de Ley Marco de Consulta Previa está en pleno proceso de socialización, pero aún sin resultados finales, explicó el exsecretario ejecutivo de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB), Gustavo Aliaga.

El presidente Evo Morales  convocó el 15 de febrero a organizaciones sociales para comenzar la redacción de la Ley Marco de Consulta Previa, un mecanismo que permitirá a los pueblos indígenas decidir sobre el uso de sus territorios para la explotación de recursos naturales o la construcción de carreteras.

“Estamos trabajando sobre las directrices que acordamos en nuestras reuniones con el Gobierno, que el derecho de consulta también beneficie a indígenas y campesinos de tierras altas”, sostuvo Aliaga.

Entre tanto, el dirigente de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Rodolfo Machaca, detalló que la redacción de la futura norma es socializada entre las bases.

“Aún estamos socializando  con nuestras bases sobre la ley marco”, reconoció.
En la reunión de febrero, el Mandatario afirmó que es necesario empezar a redactar una Ley Marco de Consulta que establezca los parámetros sobre los que se harán consultas a la ciudadanía y a los indígenas. El exdirectivo intercultural Aliaga dijo que aún no hay reuniones programadas para retomar el tema.

En debate el carácter vinculante

Opositores piden que el resultado sea de carácter obligatorio para el Estado

La propuesta de Ley Marco de Consulta Previa del Centro de Investigación y Promoción del Campesinado (Cipca) apunta a que ese proceso consultivo debe ser vinculante y obligatorio, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado (CPE), tratados internacionales y derechos de los indígenas. “Los resultados emergentes de la consulta, incluso si rechazara la propuesta (planteada al debate), tiene carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio para las partes”, destaca el proyecto de ley planteado por el Cipca.

 Para el politólogo Marcelo Silva, la vincularidad de la consulta está ligada al cambio de la Ley del Régimen Electoral, cuyo artículo 39 señala que “las conclusiones, acuerdos o decisiones tomadas en el marco de la consulta no tienen carácter vinculante”.
Eleuterio Guzmán, presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara de Diputados, dice que el tema será discutido cuando esté en debate la Ley Marco de Consulta Previa.

En abril, la opositora Convergencia Nacional (CN) cuestionó la aprobación de la Ley 222 de Consulta Previa por no incluir el término “vinculante” en la proceso convocado por el Gobierno en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

El exjefe de Bancada de CN en Diputados, Osney Martínez, aseveró que la consulta previa debe ser vinculante y obligatoria. “Las consultas tienen que ser necesariamente vinculantes”.

El responsable de la Unidad de Acción Política del Centro de Investigación y Promoción del Campesinado (Cipca), Freddy Villagómez, señala que es imprescindible que el resultado de la consulta sea vinculante. Sugiere la modificación de la Ley del Régimen Electoral.