Suspensión de Costas aviva el debate sobre la autonomía
La autonomía en el centro del debate. La posible suspensión temporal del gobernador cruceño, Rubén Costas, a causa de una acusación formal, abrió el debate sobre el proceso autonómico en el país y sobre la ‘convivencia’ entre las leyes nacionales y las departamentales.

Los asambleístas de Verdad y Democracia Social (Verdes) defienden la aplicación de la Ley Departamental 26 sobre la suspensión de autoridades. Esa norma señala que el cese de una autoridad electa será con sentencia ejecutoriada. El Gobierno, por su lado, insiste en que la Ley 26 es ilegal y que en el caso de Costas se debe aplicar el artículo 144 de la Ley de Autonomías, que dice que la suspensión corresponde apenas con una acusación formal del fiscal.
La asambleísta de Verdes Rose Marie Sandóval pidió que el Tribunal Constitucional (TC) se pronuncie sobre la legalidad o no de la Ley 26. Su homólogo del Movimiento Al Socialismo (MAS), Edwin Muñoz, por su parte, aseguró que Costas debe someterse a la “legislación nacional”. Desde la vigencia de la Ley de Autonomías, el 19 de julio de 2010, dos gobernadores y al menos ocho alcaldes fueron alejados de sus cargos por efecto del artículo 144.
Entre los alcaldes están el de Sucre, Jaime Barrón; Punata, Víctor Balderrama; Bermejo, Delfor Burgos; Potosí, René Joaquino; Mairana, Róger Terceros; Warnes, Nyls Carmona; y de Buena Vista, Bladimir Chávez. Los gobernadores de Tarija, Mario Cossío, y de Beni, Ernesto Suárez, también fueron suspendidos. Mientras Suárez renunció, Cossío se refugió en Paraguay.
Estado. La ministra de Autonomía, Claudia Peña, explicó que los alcances de la Ley Departamental 26 no están dentro de las competencias de los gobiernos autónomos, gobernaciones y alcaldías. “En este caso hablamos de una codificación penal, y todo lo que tenga que ver con ésta es potestad del Gobierno (central)”, apuntó.
La Ley 26 fue aprobada por la Asamblea cruceña cuatro meses y 14 días después de la promulgación de la Ley Marco de Autonomías. La Gobernación de Beni y el Concejo Municipal de Santa Cruz aprobaron normas similares como forma de proteger a sus autoridades observadas por el Gobierno central.
Según Peña, ningún gobierno autónomo tiene capacidad para legislar sobre la calificación de delitos o procedimientos judiciales.
Costas es acusado por la Contraloría de malversar Bs 10 millones. Además, el vicepresidente, Álvaro García, y el fiscal Marcelo Soza le acusan, por separado, por desacato. El asambleísta del MAS, Lucio Vedia, pidió a Costas dejar el cargo y asumir su defensa. José Martínez, de Verdes, dice que se hará respetar la Ley 26. “Nuestra ley tiene la misma jerarquía que una norma nacional”.
El artículo 6 de esa ley y el 28 de la CPE disponen que no se puede suspender a una autoridad a simple acusación, sin existir sentencia ejecutoriada. El fiscal de Distrito de Santa Cruz, Isabelino Gómez, dijo que la acusación contra Costas llegará a la Asamblea Departamental en agosto.
Tres patrones que regulan la suspensión de autoridades
Constitución
Artículo 28.- El ejercicio de los derechos políticos se suspende en los siguientes casos, previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida: 1) por tomar armas y prestar servicio en fuerzas armadas enemigas en tiempos de guerra; 2) por defraudación de recursos públicos; y, 3) por traición a la Patria.
Ley de Autonomías
Artículo 144.- (Suspensión Temporal) Gobernadoras, Gobernadores, Alcaldesas y Alcaldes, Máxima Autoridad Ejecutiva Regional, Asambleístas Departamentales y Regionales, Concejales podrán ser suspendidas y suspendidos de manera temporal en el ejercicio de su cargo cuando se dicte en su contra acusación formal.
Ley 26 Santa Cruz
Artículo 6.- El Gobernador, vicegobernador o los asambleístas departamentales serán suspendidos en el ejercicio de sus cargos, únicamente, cuando se dicte sentencia condenatoria y ejecutoria privativa de libertad y mayor a tres años por comisión de delitos dolosos. Ley Departamental de 2010.
Posiciones políticas
Edwin Muñoz: ‘La norma regional no es legal’
“La norma regional carece de legalidad porque va en contra de la Ley Marco de Autonomías. Se debe aplicar la legislación nacional para suspender del cargo a Costas, quien mal utilizó Bs 10 millones en un referéndum ilegal”, afirma el asambleísta departamental por el Movimiento Al Socialismo (MAS).
Rose M. Sandóval: ‘Que se pronuncie el Tribunal’
“Nos apegaremos a la Constitución para tomar una posición frente a la acusación formal emitida por la Fiscalía contra Costas. La Ley 26 fue aprobada en estricto apego a la Carta Magna. Nadie puede tacharla de inconstitucional. El Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre la norma”, sostiene la asambleísta de los Verdes.
Lucio Vedia: ‘Se pedirá la suspensión de Costas’
“Se debe asumir la suspensión temporal de Rubén Costas en el marco del artículo 144 de la Ley de Autonomías. Una vez que ingrese la acusación formal a la Asamblea Departamental, se pedirá el alejamiento del Gobernador y que su lugar sea ocupado por un interino”, manifiesta el asambleísta del Movimiento Al Socialismo (MAS)
José Martínez: ‘Haremos respetar la Ley 26’
“No entraremos en el juego del Gobierno, vamos a respaldar el voto ciudadano que eligió a las autoridades de manera democrática. Haremos respetar la Ley Departamental 26 de Suspensión de Autoridades y la Constitución Política del Estado porque para eso nos han elegido”, testificó el asambleísta por el frente Verdes.