Oposición: Pinto no tiene ninguna falta ante el Senado
Esa será la postura que asumirá la jefatura de bancada de Convergencia Nacional en la Cámara de Senadores, cuando la Comisión de Ética inicie una investigación sobre las faltas de Pinto. Lo de las faltas todavía queda mucho por comprobar.
La jefa de bancada de Convergencia Nacional (CN) en la Cámara de Senadores, Centa Rek, aseguró que el senador Roger Pinto (CN) no tiene ninguna falta ante la Cámara Alta como sostiene el Movimiento Al Socialismo (MAS) para suspenderlo en sus funciones.
La legisladora mencionó que Pinto pidió licencia a cada una de las sesiones que no asistió y que en otras habilitó a su suplente para que pueda asistir a sesionar.
«Lo de las faltas todavía queda mucho por comprobar, no nos vamos a quedar con la versión del Gobierno de que él (Pinto) tiene seis faltas, en definitiva él tiene licencias, él solicitó licencias y las licencias son por medio de mecanismos que respalda el reglamento, por tanto es la versión del MAS lo de la faltas, no se han cumplido, es sólo una posición discrecional del MAS de decir que él tiene seis faltas, este tema debe ser discutido dentro de la Comisión (de Ética)», mencionó Rek.
En esa línea, explicó que, de acuerdo al reglamento, no corresponde la suspensión de Pinto, aunque ello está siendo trabajado al interior del MAS tras la solicitud del presidente de la Asamblea Legislativa, Álvaro García Linera, quien pidió a la Cámara de Senadores suspender el salario y el curul a Pinto.
La primera secretaria de la Cámara Alta, Mary Medina (MAS), determinó, junto a la Oficialía Mayor, suspender el pago de haberes al asambleísta, a pedido expreso de Pinto quien envió una carta renunciando a su salario.
De acuerdo a la primera secretaria, Pinto se encontraría actualmente con un total de siete faltas continuas y 12 discontinuas, que equivaldrían a la pérdida de mandato de acuerdo a lo que establece la Constitución Política del Estado.
La Carta Magna, en su artículo 157, establece que la perdida de mandato del asambleísta se pierde por fallecimiento, renuncia, revocatoria de mandato, sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales o abandono injustificado de sus funciones por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año, calificados de acuerdo con el reglamento.