ONU: En pro de la defensa de la libertad de opinión y de prensa no es aconsejable nuevo delito de “desacato”
Los funcionarios públicos, afirmó, por decisión propia decidieron pasar del ámbito privado al público y, en su condición de funciones están expuestos más a la crítica. En el MAS hablan sobre la posibilidad de crear una figura legal similar al desacato, excluida del ordenamiento jurídico por sentencia constitucional
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ONU) para los derechos humanos en Bolivia, Denis Racicot, consideró que “en pro de la defensa de la libertad de opinión, expresión y de prensa” no es aconsejable crear un delito penal similar al desacato, ya que los funcionarios públicos deben entender –dijo- que están expuestos a más críticas por su trabajo en la función pública.
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional y excluyó del ordenamiento jurídico penal el delito de desacato. Este figura, incluida en el artículo 162 del Código Penal, establecía que el que calumnie, injurie o difame a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, “será sancionado con privación de libertad de un mes a dos años”, peor si se trata del Presidente o Vicepresidente, ministros de Estado, de la Corte Suprema o de una asambleísta.
Legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS), entre ellos el diputado Lucio Marca, anunciaron ayer la posibilidad de crear un delito similar al desacato para proteger a las autoridades de Estado. “En el ámbito público hay que encontrar otra figura penal que pueda dar garantía y seguridad a las autoridades”, anunció.
Racicot aseguró que no es necesaria una iniciativa de esta naturaleza en la medida que en el ordenamiento jurídico boliviano existen otras figuras legales en el ámbito civil que pueden ser usadas para proteger, por ejemplo el honor de un servidor público.
Un funcionario del Estado está, explicó, más expuesto a la crítica pública por la función que realiza en la sociedad, por decisión propia. “Los diputados y senadores en el futuro tendrán que reflexionar más a fondo si es necesario una norma semejante (al desacato) o no, pero en pro de la defensa de la libertad de expresión, de opinión y de prensa sería mejor no reproducir semejante disposición penal”, señaló el representante de Naciones Unidas.
El desacato limita el derecho a la libertad de expresión de la ciudadanía ante el funcionario público y genera una “desproporcionalidad (un exceso) en la represión del ejercicio de la libertad de expresión” de los ciudadanos, esgrime el Tribunal Constitucional como uno de los argumentos para eliminar ese delito de la economía jurídica.
Legisladores opositores como Róger Pinto, asilado en la embajada de Brasil, tienen procesos por el hoy anulado delito de desacato. Pinto tiene en su contra seis procesos por desacato; el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas, al menos dos; la senadora opositora Eva Gonzáles, una denuncia; la diputada Nórma Piérola, cinco denuncias; además del alcalde Luis Revilla y el ministro de Economía, Luis Arce.
Racicot consideró que la normativa jurídica establece figuras jurídicas como la calumnia o la injuria para la defensa de los ciudadanos sin ningún tipo de diferencias, aunque sostiene que no debe abusarse de ello.
“No hay que generalizar el uso de esa figura para protegerse, porque el bien público en un Estado Plurinacional exige hoy en día -en la sociedad democrática- que el debate público sea más amplio”, reflexionó el representante del organismo internacional.