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Comisión de Ética aprueba la pérdida de mandato de Diputada con sentencia ejecutoriada

La Comisión de Ética de la Cámara de Diputados aprobó un informe que avala la pérdida de mandato de la diputada suplente por Alianza Social (AS) de Potosí, Elizabeth Soto Mamani, porque tiene una sentencia condenatoria ejecutoriada. El plenario suspendió el tratamiento del informe, porque la afectada presentó dos memoriales para evitar su alejamiento del Legislativo.

El presidente de la Comisión de Ética, el diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Evaristo Peñaloza afirmó que esa instancia aprobó la pérdida de mandato en aplicación del artículo 157 de la Constitución Política del Estado (CPE) que señala –recordó– que un asambleísta nacional pierde el cargo por fallecimiento, revocatoria de mandato (a través de un referéndum), sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales o abandono injustificado de sus funciones.

El asambleísta explicó que Soto fue demandada penalmente ante la justicia por los delitos de apropiación indebida, abuso de confianza y estafa. “No quisiera comentar nada al respecto”, respondió Soto a La Razón Digital.

Según Peñaloza, la justicia liberó a Soto de los casos de apropiación indebida y estafa pero falló en contra de la asambleísta al encontrar pruebas de haber incurrido en el delito de abuso de confianza que, según el artículo 346 del Código Penal fija una pena de reclusión de tres meses a dos años.

“Se la sentenció con una pena de tres mes de reclusión; ella se acogió al perdón judicial y no estuvo recluida. Ella ha hecho las apelaciones en primera sentencia, posteriormente se presentó el recurso de casación a Sucre, pero el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia” explicó Peñaloza.

El tratamiento del informe sobre la pérdida de mandato de Soto estaba programado para las 15.30 de hoy, pero fue diferida para el análisis jurídico de las resoluciones presentadas por la diputada suplente de AS, evaluación que estará a cargo de la Presidencia de Diputados.

Peñaloza insistió en que una de las causas para la pérdida de mandato de un asambleísta nacional es tener una sentencia ejecutoriada. “El artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados también establece que la pérdida de mandato es por tener sentencia ejecutoriada”.

Este es el segundo caso de pérdida de mandato que es elevado al pleno de la Cámara de Diputados. El primero fue evaluado en noviembre de 2011 contra el diputado de Convergencia Naciona (CN), Andrés Gallardo,  quien, sin embargo fue absuelto tras presentar justificativos de ausencias a sesiones plenarias.

En septiembre, la Comisión de Ética presentó un informe al pleno de Diputados donde requirió la suspensión de la diputada de Convergencia Nacional (CN), Adriana Gil, por supuesta discriminación contra el presidente Evo Morales. La Cámara Baja no logró reunir los dos tercios de votos requeridos para avalar el informe.