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La CIDH destaca eliminación del desacato

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de excluir de la normativa jurídica el delito de desacato.

Se trata de un importante paso para garantizar la libertad de expresión, destaca la CIDH en un comunicado de prensa. Recuerda que en distintos Estados se han derogado las leyes que criminalizan la difamación a funcionarios públicos.

La sentencia constitucional boliviana “constituye un avance ejemplar en materia de libertad de expresión y resalta la importancia de adecuar las legislaciones nacionales a los estándares internacionales en la materia”, destaca la Relatoría.

Entre los estados que de último ya anularon el delito de desacato están Brasil, Uruguay y Argentina. En abril de 2009, por ejemplo, el Tribunal Supremo Federal de Brasil declaró incompatible con la Constitución Federal la Ley de Prensa, la cual imponía severas penas de cárcel y pecuniarias por los delitos de difamación e injurias cometidos por periodistas.

El TCP declaró inconstitucional el artículo 162 del Código Penal, que disponía prisión agravada para quien calumniare, injuriare o difamare a un funcionario público (desacato). Un argumento para ello fue la incompatibilidad de la norma con acuerdos internacionales.