Pinto: La consulta, en rigor, no es vinculante
Antes que un mandato legal, es una obligación moral con el TIPNIS
El director del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), dependiente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Juan Carlos Pinto, dijo que la consulta en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) desde el punto de vista legal no es vinculante (de cumplimiento obligatorio).
Señaló que tras la entrega del informe de la consulta, ahora se abre el debate en el Legislativo con relación a las propuestas de los indígenas consultados, en cuanto a la carretera y la intangibilidad.
“La Constitución es clara en sentido de que no es vinculante, no es que el Ejecutivo a rajatabla tenga que acatar todo eso (los resultados de la consulta). El Órgano Legislativo debe debatir la pertinencia de todas la propuestas para su operativización”, explicó. Sin embargo, “las recomendaciones son moralmente importantísimas”, matizó Pinto.
Vinculante. La semana pasada, el ministro de Obras Públicas, Vladimir Sánchez, indicó que “la ley nos obliga a que los resultados de la consulta sean vinculantes, tanto para los comunarios como para el Estado”.
Al respecto, Pinto dijo que la norma sobre todo obliga a tomar en cuenta el resultado como un referente. Puso de ejemplo la Ley 180 de Intangibilidad, ya que se debatirá o su abrogación o su derogación.