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Para Romero, borrador de Extinción está intacto

Para el ministro de Gobierno, Carlos Romero, el que el Tribunal Constitucional haya excluido el contrabando del proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes no invalida este texto. Por eso, dice, “recibimos muy bien” el fallo del TCP al respecto.

El anteproyecto legal a favor del Estado disponía el decomiso de bienes, inmuebles y herencias que sean producto del narcotráfico, contrabando, corrupción y legitimación de ganancias ilícitas. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en reciente fallo, excluyó de esto al contrabando.

Al margen de dicha exclusión, para Romero “el TCP ha declarado la constitucionalidad del instituto jurídico de la extinción de dominio de bienes en Bolivia, consiguientemente, la constitucionalidad del anteproyecto de Ley de Extinción (…)”.

Economía. El ministro apunta que haber sacado el contrabando del proyecto de ley no se debió a una razón jurídica, sino sobre todo social: “Se ha excluido el contrabando no por razones de inconstitucionalidad, sino por razones sociales; se ha decidido eliminarlo como causal porque dicen que nuestro país históricamente ha tenido altos índices de desempleo, que la economía informal está muy extendida y, en consecuencia, es difícil establecer fronteras entre el contrabando y lo informal”.

De los 15 artículos que contempla el anteproyecto, recordó el ministro, nueve fueron declarados constitucionales, cuatro inconstitucionales y dos deben ser adecuados en su redacción porque mencionan la palabra contrabando, apuntó Romero.

“La sentencia la hemos recibido muy bien”, destacó Romero, porque deja sin piso el debate sobre si esta ley afectaba el derecho a la propiedad privada o si se la iba a usar para perseguir opositores, “todo eso queda en el olvido porque el Tribunal ha establecido como punto de debate solamente el tema de contrabando y el procedimiento”.

El Tribunal también determinó que las acciones para el traspaso de los bienes ilegales al Estado no pueden ser activadas en la vía administrativa (como preveía el anteproyecto), ya que la extinción de la propiedad debe ser ejecutada a través de una instancia judicial.

Además, el TCP indicó que la participación de la Procuraduría General en el traspaso de la propiedad de los bienes hacia el Estado es inconstitucional, porque esta no es una función prevista para el procurador en la Constitución Política del Estado.

El ministro Romero adelantó que el Ejecutivo adecuará su anteproyecto al fallo del Tribunal.