Nacional

Friday 26 Apr 2024 | Actualizado a 06:31 AM

Ley municipal nace con mandato de evitar los ‘golpes de Estado’

Análisis. Las autoridades de las capitales aún analizan los alcances de la normativa

/ 10 de enero de 2014 / 07:46

El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales y aseguró que la norma evitará “los golpes de Estado” en las alcaldías del país a manera de graficar las garantías de gobernabilidad que consignará el nuevo instrumento normativo.

La nueva norma, que reemplazará a la Ley de Municipalidades 2028 de 1999, reduce la atribución de censura de los concejos municipales en contra de los alcaldes, pero al mismo tiempo obligará a las autoridades locales a permanecer en el área donde fueron elegidos. Además, el nuevo cuerpo normativo podrá ser empleado de manera supletoria a las cartas autónomas, necesarias para la organización política y administrativa de las administraciones ediles del país. 

“Como era antes: llega diciembre, enero del nuevo año (…) si tiene alguien tres concejales ya está el golpe de Estado y en los gobiernos municipales capitales era con siete concejales, ahí está el origen de la corrupción y eso perjudica la gobernabilidad, perjudica la gestión”, afirmó Morales. 

Independencia. “El año pasado hemos tenido más de 20 conflictos (de gobernabilidad) y estos pasan muchas veces por algunos intentos que hay de destituir a las autoridades, y esta ley lo que hace es determinar que el concejo municipal no pueda destituir al alcalde”, explicó la ministra de Autonomías, Claudia Peña, durante la promulgación de la norma.

Además de Peña, al acto de promulgación de la ley —sancionada en diciembre en el Legislativo— asistieron alcaldes de municipios rurales; la ministra de Autonomías, Claudia Peña; el vicepresidente Álvaro García Linera; la presidenta del Senado, Gabriela Montaño; además del presidente de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), Juan Carlos León.

El alcalde de La Paz, Luis Revilla, anunció ayer que los burgomaestres de ciudades capitales del país, después de hacer un análisis de la Ley 482, emitirán un criterio respecto a los alcances de dicha normativa. “Sé que hay aspectos positivos, pero hay otros que teníamos una mayor expectativa, vamos a revisar el texto de la ley”, manifestó la autoridad edil. 

El presidente de la FAM, que recibió el documento firmado por el Mandatario, explicó que el “mandato de gobernabilidad” también establece la designación de los subalcaldes. “No se puede trabajar con subalcaldes de oposición”, afirmó.

La normativa también establece un mayor rango de autonomía entre los estamentos ejecutivo y legislativo (concejo) de las alcaldías, tanto en el ámbito financiero, administrativo como político. Además delimita los niveles de coordinación con las gobernaciones y el Órgano Ejecutivo.

La ministra de Autonomía también destacó la facultad legislativa que tendrá el concejo municipal para elaborar leyes y la atribución reglamentaria que tendrá el alcalde como ejemplo de la división de poderes.

En el acto de ayer, el Jefe del Estado exteriorizó su preocupación por la tendencia de las autoridades de las alcaldías rurales que instalan oficinas en las ciudades, erogando gastos que podrían ser invertidos —según dijo— en proyectos productivos. La ministra Peña aclaró que con la nueva ley los alcaldes deben estar y trabajar en sus territorios. “Se puede abrir procesos por incumplimiento de deberes”, indicó.

La nueva Ley de Gobiernos Autónomos regula la aplicación de descentralización local en el marco de la nueva Constitución que, además, reconoce la autonomía indígena y departamental. También incorpora la política de estatal de lucha contra la corrupción. “En los municipios que tengan más de 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último censo, deberán tener una unidad de transparencia y una secretaría municipal”, explicó la Ministra de Autonomías, que ahora estará a cargo de la reglamentación.

Destacados de la nueva normativa

Estabilidad

La ley reduce  la capacidad  de censura que tenía el Concejo para censurar  y forzar el cambio de alcaldes en los municipios del país.

Territorio

Los alcaldes deben ejercer su mandato   en el territorio donde fueron elegidos. Hay sanciones para las autoridades ediles que incumplan esta disposición.

Supletoria

La ley municipal puede ser empleada en lugar de las cartas orgánicas, que deben regular la autonomía local.

Control

En aquellos municipios donde existan más de 50.000 habitantes, se debe instalar una unidad de transparencia.

Peña pide mayor creatividad en los concejos

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, explicó ayer que si bien la nueva Ley de Gobiernos Autónomos Municipales ejercerá un papel supletorio a la redacción de las cartas orgánicas, la norma también busca ser un referente para que los concejos legislen sus autonomías con mayor    creatividad y en función de las necesidades que existan en la población.

En una entrevista con La Razón, Peña mencionó que los municipios que están en proceso de elaboración de sus cartas orgánicas llegan al 80% de los 339 que existen actualmente en el país. “Deben tomar en cuenta los contenidos de la ley para animar a los concejos municipales a que sean más atrevidos en sus propuestas”, refirió.

La autoridad reveló que su cartera identificó varias falencias en las cartas orgánicas de municipios que ya se encuentran en el Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión. “Algo que hemos estado viendo, si bien los procesos de cartas orgánicas están siendo participativos, los resultados no tienen mucha novedad porque muchas cartas orgánicas están siendo copiadas por el consultor y se restringe a copiar los contenidos de la (antigua) ley de municipalidades (2028)”, afirmó.

Las cartas orgánicas de los municipios deben establecer las bases de la organización autónoma edil, sobre la base de las competencias ya definidas en la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización. Los documentos son clave para las elecciones regionales de 2015, cuando se elijan a alcaldes y concejales, cuyo número variará de acuerdo con la cantidad de habitantes de cada uno de los municipios del país. La elección de subalcaldes no está contemplada en la nueva norma aprobada ayer por el presidente Evo Morales.

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Ley municipal nace con mandato de evitar los ‘golpes de Estado’

Análisis. Las autoridades de las capitales aún analizan los alcances de la normativa

/ 10 de enero de 2014 / 07:46

El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales y aseguró que la norma evitará “los golpes de Estado” en las alcaldías del país a manera de graficar las garantías de gobernabilidad que consignará el nuevo instrumento normativo.

La nueva norma, que reemplazará a la Ley de Municipalidades 2028 de 1999, reduce la atribución de censura de los concejos municipales en contra de los alcaldes, pero al mismo tiempo obligará a las autoridades locales a permanecer en el área donde fueron elegidos. Además, el nuevo cuerpo normativo podrá ser empleado de manera supletoria a las cartas autónomas, necesarias para la organización política y administrativa de las administraciones ediles del país. 

“Como era antes: llega diciembre, enero del nuevo año (…) si tiene alguien tres concejales ya está el golpe de Estado y en los gobiernos municipales capitales era con siete concejales, ahí está el origen de la corrupción y eso perjudica la gobernabilidad, perjudica la gestión”, afirmó Morales. 

Independencia. “El año pasado hemos tenido más de 20 conflictos (de gobernabilidad) y estos pasan muchas veces por algunos intentos que hay de destituir a las autoridades, y esta ley lo que hace es determinar que el concejo municipal no pueda destituir al alcalde”, explicó la ministra de Autonomías, Claudia Peña, durante la promulgación de la norma.

Además de Peña, al acto de promulgación de la ley —sancionada en diciembre en el Legislativo— asistieron alcaldes de municipios rurales; la ministra de Autonomías, Claudia Peña; el vicepresidente Álvaro García Linera; la presidenta del Senado, Gabriela Montaño; además del presidente de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), Juan Carlos León.

El alcalde de La Paz, Luis Revilla, anunció ayer que los burgomaestres de ciudades capitales del país, después de hacer un análisis de la Ley 482, emitirán un criterio respecto a los alcances de dicha normativa. “Sé que hay aspectos positivos, pero hay otros que teníamos una mayor expectativa, vamos a revisar el texto de la ley”, manifestó la autoridad edil. 

El presidente de la FAM, que recibió el documento firmado por el Mandatario, explicó que el “mandato de gobernabilidad” también establece la designación de los subalcaldes. “No se puede trabajar con subalcaldes de oposición”, afirmó.

La normativa también establece un mayor rango de autonomía entre los estamentos ejecutivo y legislativo (concejo) de las alcaldías, tanto en el ámbito financiero, administrativo como político. Además delimita los niveles de coordinación con las gobernaciones y el Órgano Ejecutivo.

La ministra de Autonomía también destacó la facultad legislativa que tendrá el concejo municipal para elaborar leyes y la atribución reglamentaria que tendrá el alcalde como ejemplo de la división de poderes.

En el acto de ayer, el Jefe del Estado exteriorizó su preocupación por la tendencia de las autoridades de las alcaldías rurales que instalan oficinas en las ciudades, erogando gastos que podrían ser invertidos —según dijo— en proyectos productivos. La ministra Peña aclaró que con la nueva ley los alcaldes deben estar y trabajar en sus territorios. “Se puede abrir procesos por incumplimiento de deberes”, indicó.

La nueva Ley de Gobiernos Autónomos regula la aplicación de descentralización local en el marco de la nueva Constitución que, además, reconoce la autonomía indígena y departamental. También incorpora la política de estatal de lucha contra la corrupción. “En los municipios que tengan más de 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último censo, deberán tener una unidad de transparencia y una secretaría municipal”, explicó la Ministra de Autonomías, que ahora estará a cargo de la reglamentación.

Destacados de la nueva normativa

Estabilidad

La ley reduce  la capacidad  de censura que tenía el Concejo para censurar  y forzar el cambio de alcaldes en los municipios del país.

Territorio

Los alcaldes deben ejercer su mandato   en el territorio donde fueron elegidos. Hay sanciones para las autoridades ediles que incumplan esta disposición.

Supletoria

La ley municipal puede ser empleada en lugar de las cartas orgánicas, que deben regular la autonomía local.

Control

En aquellos municipios donde existan más de 50.000 habitantes, se debe instalar una unidad de transparencia.

Peña pide mayor creatividad en los concejos

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, explicó ayer que si bien la nueva Ley de Gobiernos Autónomos Municipales ejercerá un papel supletorio a la redacción de las cartas orgánicas, la norma también busca ser un referente para que los concejos legislen sus autonomías con mayor    creatividad y en función de las necesidades que existan en la población.

En una entrevista con La Razón, Peña mencionó que los municipios que están en proceso de elaboración de sus cartas orgánicas llegan al 80% de los 339 que existen actualmente en el país. “Deben tomar en cuenta los contenidos de la ley para animar a los concejos municipales a que sean más atrevidos en sus propuestas”, refirió.

La autoridad reveló que su cartera identificó varias falencias en las cartas orgánicas de municipios que ya se encuentran en el Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión. “Algo que hemos estado viendo, si bien los procesos de cartas orgánicas están siendo participativos, los resultados no tienen mucha novedad porque muchas cartas orgánicas están siendo copiadas por el consultor y se restringe a copiar los contenidos de la (antigua) ley de municipalidades (2028)”, afirmó.

Las cartas orgánicas de los municipios deben establecer las bases de la organización autónoma edil, sobre la base de las competencias ya definidas en la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización. Los documentos son clave para las elecciones regionales de 2015, cuando se elijan a alcaldes y concejales, cuyo número variará de acuerdo con la cantidad de habitantes de cada uno de los municipios del país. La elección de subalcaldes no está contemplada en la nueva norma aprobada ayer por el presidente Evo Morales.

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