Icono del sitio La Razón

Los diputados supranacionales serán electos uno por departamento

Un parlamentario supranacional por departamento se podrá elegir en los comicios generales de esta gestión. Serán electos junto a los presidenciables y su legislación será rotativa en siete instancias internacionales. El Senado aprobó anoche la ley que regula la elección de estos cupos.

Pese a que el método de elección es por circunscripción departamental, esto no significa que la función legislativa de los electos sea regional, sino que tendrá un alcance nacional en una dinámica rotativa de representación parlamentaria.

Según la normativa, la distribución de los representantes a los siete parlamentos internacionales se definirá en una sesión especial de la “comisión permanente” de coordinación que integrarán y que estará liderado por la Vicepresidencia.

Deberán sumar un total de 18 parlamentarios, 9 titulares y similar número de suplentes. Las instancias supranacionales en los cuales legislarán son: el Parlamento Andino, Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), Latinoamericano, Amazónico, Indígena, Unión Interparlamentaria (UI) y del Mercado Común del Sur (Mercosur). El periodo legislativo de los electos será fijo y de cinco años y no formarán parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

El Congreso decidió agilizar la aprobación del proyecto de ley. Con simples modificaciones de forma, la Cámara Alta dio luz verde a la normativa luego de aprobar el texto de 37 artículos, tres disposiciones transitorias, una derogatoria y una final. La aprobó en sus dos estaciones: grande y detalle.

Ahora, el texto deberá ser aprobado en la Cámara de Diputados y promulgada por el Ejecutivo antes de la convocatoria a elecciones, posiblemente el 29 o 30, según el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Asamblea legislativa

Elecciones

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) insta a que la normativa sea aprobada antes de la emisión de la convocatoria electoral, prevista para el 29 o 30 de este mes.