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TSE prohibe difusión de spots y cuñas con imágenes y voces de candidatos

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó la resolución 347 que prohíbe a todos los medios de comunicación difundir spots y mensajes publicitarios con la imagen y voz de los candidatos que participarán en los comicios del 12 de octubre.

«Se suspenden en este momento todos los spots y cuñas radiales donde estén la imagen y la voz de los candidatos, de no cumplirse (esta resolución) por los medios de comunicación en el tiempo que se les ha dado después de la notificación, que son dos horas el Tribunal Supremo Electoral aplicará la sanción pecuniaria«, advirtió la presidenta del TSE, Wilma Velasco.

En conferencia de prensa, Velasco dijo que esta institución verificó en este último tiempo un mal uso de las imágenes y voces de los candidatos en campaña, que en vez de buscar el voto de la población, con la presentación de sus planes de gobierno, emplean los medios para desacreditar al rival.

Para dar cumplimiento a esta resolución, la presidenta dijo que se envió notificaciones a todos los medios de comunicación para su inmediata aplicación, por lo que a partir de la fecha el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) realizará un monitoreo para sancionar a quienes incumplan las disposiciones electorales.

La resolución 347 establece que los medios de comunicación están prohibidos de difundir spots y mensajes publicitarios que contengan imágenes y voces de los candidatos hasta 30 días antes del acto de votación. Asimismo, prohíbe a las organizaciones políticas elaborar y difundir spots y mensajes publicitarios de manera directa o indirecta con los símbolos patrios y sus colores.

Según el artículo 121, parágrafo VII de la Ley de Régimen Electoral 026, el medio de comunicación que no suspenda de inmediato la propaganda que vulnere las prohibiciones establecidas será sancionado con una multa equivalente al doble del monto de la tarifa más alta inscrita en el TSE.