Senado exhorta al Fiscal General suspender al menos a 300 fiscales con procesos judiales
La senadora Linda Flor Villalobos (CN) informó que al menos 300 fiscales tienen una acusación formal por casos de corrupción u otros y que deberían ser suspendidos del cargo como manda la Ley Orgánica del Ministerio Público.
La Cámara de Senadores aprobó una resolución que exhorta al Fiscal General del Estado, Ramiro Guerrero, suspender a fiscales que tendrían acusación formal por delitos de corrupción u otros, como manda la Ley Orgánica del Ministerio Público.
La resolución, emitida el 28 de agosto, fue dada a conocer este jueves por la senadora Linda Flor Villalobos (CN), quien exigió al Fiscal General dar cumplimiento a la disposición debido a que existirían alrededor de 300 fiscales que tienen acusación formal en su contra.
«Se le recomienda que todo aquel fiscal que tenga procesos sea suspendido de forma inmediata como manda la Constitución sin goce de haberes (…). Hasta el momento que yo terminé de hacer esto el año pasado yo tenía alrededor de 300 y más fiscales que estaban con procesos», manifestó Villalobos.
La legisladora explicó que si los fiscales suspendidos demuestran su inocencia, tienen derecho a ser restituidos, además de que se les deberá pagar su salario como corresponde. No obstante, si resultan acusados deben ser procesados como cualquier ciudadano común.
En la oportunidad dijo que toda norma emitida por la Asamblea Legislativa es de estricto cumplimiento y en caso de no acatarse esta resolución no se descarta convocar al fiscal Guerrero para que rinda un informe ante el Senado.
La resolución en su artículo único establece: «Recomiéndese al Sr. Fiscal General del Estado dar cumplimiento a la Ley Orgánica del Ministerio Público en su artículo 30 atribución 35, procediendo a suspender del ejercicio de sus funciones, a todos los fiscales contra quienes pese acusación formal y dé celeridad y seguimiento a todas las denuncias que se siguen en contra de fiscales en todo el país».
El parágrafo 35, artículo 30 de la mencionada ley señala como una de las funciones del Fiscal General: «Suspender del ejercicio de sus funciones a los Fiscales Departamentales, Fiscales Superiores, Fiscales de Materia, servidoras y servidores públicos del Ministerio Público, contra quienes pese acusación formal radicada ante el Juez o Tribunal competente, sin goce de haberes, bajo responsabilidad».