Diputados aprueban modificación a Ley 044 para el juzgamiento de altas autoridades
La norma se aprueba a poco de instalar el juicio de responsabilidades juicio de responsabilidades contra los magistrados del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi, Soraida Chánez y Ligia Velásquez, el próximo 4 de diciembre.
La Cámara de Diputados aprobó la noche de este miércoles, por mayoría de votos, la modificación a la Ley 044 para el juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de la Vicepresidenta o Vicepresidente, de altas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Público. El proyecto pasa al senado para su sanción.
El Proyecto de Ley establece que el Órgano Legislativo puede procesar a los Altos Magistrados Judiciales por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones en la esfera disciplinaria, cuya máxima sanción es la destitución del cargo y no así a la persecución del delito e imposición de una privativa de libertad.
«El proyecto establece un proceso sumario que no llega a sentencia con cárcel, que es un asunto que no corresponde a la Asamblea Legislativa. Los temas jurisdiccionales tienen que ser manejados por tribunales especializados como es el Órgano Judicial; de encontrarse indicios de responsabilidad penal o civil, (el caso) será remitido al órgano jurisdiccional pertinente», explicó el presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío.
La norma se aprueba a poco de instalar el juicio de responsabilidades juicio de responsabilidades contra los magistrados del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi, Soraida Chánez y Ligia Velásquez, el próximo 4 de diciembre. Estas tres autoridades suspendidas son acusadas por los supuestos delitos de incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes que habrían cometido al suspender la aplicación de la Ley del Notariado.
El Proyecto de Ley 463, que consta de tres artículos, una disposición transitoria, una disposición final y dos disposiciones derogatoria y abrogatoria, modifica los artículos 23, 26, 27, 29, 32, 33, 34, 37, 39, 40, 44, 45, 46, 49, 50 y 51 de la Ley 044 e incorpora el artículo 44 .
Según la explicación de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, la Constitución Política del Estado, una posible sanción con la destitución del cargo, haría perder la investidura de la magistrada o magistrado y, consiguientemente, deberá ser sometido como cualquier ciudadano a la potestad punitiva del Estado en la justicia ordinaria lo que no significa un doble procesamiento o doble castigo.