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Wednesday 1 May 2024 | Actualizado a 07:29 AM

Costas dice que limitación de transmisiones ‘está vigente’

Postura. El Gobierno pide dejar sin efecto la decisión. El TSE pretende  impedir la saturación de información

/ 5 de diciembre de 2015 / 06:19

El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas, aseguró ayer que la limitación de 15 minutos a las transmisiones de los actos de gestión del Gobierno central y los subnacionales 30 días antes de la votación “está vigente” a pesar de la medida cautelar del Ejecutivo.

“Es una decisión, ya adoptada, está vigente el reglamento”, indicó brevemente a La Razón el vicepresidente del TSE, Antonio Costas, quien aclaró que la Sala Plena deberá tomar una decisión sobre la solicitud del Ejecutivo.

El Gobierno, a través de un memorial rubricado por el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental Rodolfo Illanes, demandó a la entidad “dejar sin efecto” este requisito porque considera que “limita discrecionalmente el derecho al acceso a la información e invade atribuciones y competencias” de otro órgano estatal.

El Ejecutivo cuestiona el parágrafo II del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda. Este acápite establece que “la transmisión en vivo y en directo de actos de entrega de obras” del Gobierno central y los subnacionales “no podrán superar los 15 minutos de duración en cada caso” durante “30 días antes de la votación hasta las 20.00 horas de la jornada electoral. En un primer parágrafo se fija que las transmisiones deben ser “solo como cobertura informativa”.

Illanes también advirtió del peligro de “demora en la resolución” del caso, por lo que “vía medida cautelar” solicitó anular la limitación. La presidenta del TSE, Katia Uriona, anticipó el miércoles que la solicitud del Ejecutivo se analizará jurídicamente en Sala Plena.

Requisitos. Este criterio fue respaldado ayer por Costas. Empero, la autoridad precisó que el único escenario para efectuar modificaciones a la normativa es justamente el ente colegiado que asume decisiones en el TSE. “La única forma de hacerlo es un acuerdo en Sala Plena, previa justificación técnica y jurídica, y que lo aprobemos, mientras tanto el reglamento está vigente”, sentenció el vocal Costas.  Se prevé que el lunes el TSE trate ésta y otras temáticas pendientes.

Illanes puntualizó que “el Estado debe procurar la transparencia de todos sus actos y facilitar todos los niveles de información”. En esa línea, el presidente Evo Morales, desde que asumió el mandato del país, en 2006, ha encargado la transmisión de todos los eventos de gestión de su administración, un aspecto que cuestionan los opositores a su gobierno porque consideran que hace uso de los bienes del Estado para fines propagandísticos, y en el caso de los procesos electorales, para proselitismo y campaña.

El vocal José Luis Exeni, una semana después de aprobarse el reglamento para la consulta (6 de noviembre), puntualizó que la intención del TSE al asumir la limitación a las transmisiones gubernamentales busca impedir la saturación de información. “Queremos garantizar que no se sature a la ciudadanía con difusiones extensas de dos o tres horas de entrega de obras por ningún medio”, afirmó entonces.

Además, Exeni remarcó que la normativa en general busca sostener los principios “de pluralidad y equilibrio”. Uriona, en tanto, aseguró que la libertad de expresión e información estaban garantizados y que de ninguna manera estaban restringidos con el reglamento de campaña.

Reglas de la consulta

Proceso

El vocal José Luis Exeni aseguró que el Reglamento de Campaña y Propaganda en cuestión es producto de “un largo itinerario de consultas, de reflexión, de análisis técnico, de análisis de legislación comparada” entre 18 países.

Alcaldía dará permisos de campaña sin restricciones

La Alcaldía de La Paz anunció ayer que otorgará los permisos para las actividades proselitistas con miras al referéndum del 21 de febrero, sin ninguna restricción, si se cumplen los trámites correspondientes. El Movimiento Al Socialismo (MAS) y otras agrupaciones ya piden los permisos.

“Vamos a autorizar a todas (las organizaciones), sin discriminación alguna”, señaló ayer el director de Gobernabilidad, Francisco Cordero. Un criterio que respaldó el alcalde interino, Isaac Fernández, quien aseguró: “En el marco de la ley y el reglamento vamos a dar la autorización”.

El 2 de diciembre, la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, demandó al alcalde de La Paz, Luis Revilla, retirar las prohibiciones municipales al uso de espacios públicos para el proselitismo que fija la ley municipal, y además pidió “garantizar plenamente” la campaña electoral de la consulta en la urbe.

Réplica. Desde París, Francia, el burgomaestre indicó que el TSE “confunde” la valoración de la normativa edil que establece el trámite de permisos para ocupar espacios públicos en campaña. En la misma línea, Fernández, expresó ayer su preocupación y sorpresa por las consideraciones de Uriona. “Esperamos que esa confusión no sea del conjunto del Tribunal”, dijo.

La directora de Promoción de Inversión Turística, Sara Zurita, anticipó ayer que los operativos continuarán. “Vamos a seguir con los operativos, por la demanda seguramente serán muchos en enero”.

BTV explica criterio de transmisiones

La estatal Bolivia Tv (BTV) explicó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que las transmisiones que efectúa de los actos de gestión del gobierno del presidente Evo Morales son espacios “vendidos” y se enmarcan en los “mandatos” de la Constitución y no vulneran los derechos de expresión e información.

“Las transmisiones en vivo de la gestión de gobierno que transmitimos, no son parte de la cobertura informativa de Bolivia Tv; son transmisiones de la gestión del Gobierno nacional en espacios vendidos por nuestra empresa de televisión”, reseña una nota enviada al TSE el 3 de diciembre por la gerente  de la estación, Gisela López, y a la que tuvo acceso La Razón.

La entidad, a través del vocal José Luis Exeni, pidió el 20 de noviembre a BTV un informe sobre los criterios de las transmisiones que efectúa de los actos de gestión del Gobierno y solicitó especificar si los espacios son pagados y, si es el caso, identificar a quiénes financian los espacios televisivos debido a que evidenció “apelación explícita a una de las opciones en consulta para el referéndum”.

Descargo. López además escribió que la empresa estatal de televisión transmite y difunde “información veraz sin restricciones o distorsiones que lesionen los derechos” de libertad de expresión, opinión e información y “no aplica mecanismos de control o censura”.

No obstante, en los actos de gestión que transmitió la televisora, tras abrirse el proceso para el referéndum constitucional del 21 de febrero, el vicepresidente Álvaro García explicó en actos de gestión “cómo votar” y vinculó la opción del Sí a la aprobación de la reforma con los proyectos del Gobierno.  Exeni está en misión electoral en Venezuela y el TSE no se ha pronunciado sobre el tema. 

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A la espera de notificación sobre fallo que anula judiciales, comisión dicta cuarto intermedio hasta este jueves

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

Sesión de la Comisión Mixta de Constitución.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:20

La Comisión Mixta de Constitución determinó este martes entrar en cuarto intermedio mientras se espera la notificación de la Sala Constitucional que concedió la acción popular a la dirigente indígena Yeny Duri y anuló el proceso de preselección de las judiciales.

“Teniendo en cuenta que aún no nos remitieron ninguna resolución y también vamos a ir presentando el informe de los amparos, los 18 que nos han interpuesto más la acción popular… declaramos un cuarto intermedio”, dijo el presidente de esa comisión, el senador Miguel Rejas.

Añadió que “inmediatamente” se los notifique, se los convocará y definirá si se envía un informe o no al Pleno de la Asamblea Legislativa.

Andrea Barrientos, senadora por Comunidad Ciudadana, indicó que están esperando la notificación que anuló las judiciales para determinar acciones como comisión.

“Lo que nos queda claro que el fallo de la Sala Constitucional de Pando es ilegal e inaplicable, ninguna sala constitucional tiene competencia para declarar inaplicabilidad de una ley, menos de la Ley 1549 que ha sido sometida a control constitucional y que además está respaldada por dos tercios de la Asamblea Legislativa”.

Añadió que en condición de primer órgano del Estado “exigen” que sea la Asamblea Legislativa la que dé el mandato para continuar o dejar por sentado el proceso de preselección.

La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto y anuló el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

Lea más: Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La acción popular fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

La senadora Barrientos también señaló que los amparos presentados contra la Asamblea y las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural paralizaron el proceso de preselección desde hace dos semanas.

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Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La Sala de Pando determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

El expresidente del Estado, Eduardo Rodríguez Veltzé, en una entrevista con La Razón.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:01

Luego de conocer que la Justicia anuló la preselección de postulantes para las judiciales, el expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé señaló que la “incompetencia” de la Sala Constitucional Primera de Pando hacen “improcedente e inaplicable” este fallo. 

“El objeto de la ‘acción popular’ protege intereses colectivos distintos a los vinculados a la elección judicial. La incompetencia de la ‘sala’ y el extravío en sus razonamientos hacen improcedente e inaplicable su decisión. La ALP debe avanzar en el proceso de selección” (sic), escribió en su cuenta de X.

La tarde de este martes, la Sala de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

Lea más: Sala Constitucional obliga a la Asamblea a lanzar otra convocatoria para las elecciones judiciales

La acción popular fue presentada el 18 de abril por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri. En primera instancia, la Sala dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Salazar señaló que la Asamblea “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”. “Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

Añadió que la Asamblea tiene que emitir “una nueva convocatoria, cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 18:47

Luego que la Justicia dejó sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, la vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando que concedió la acción popular, señaló este martes que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección” para los comicios judiciales.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo, por cuanto se ha evidenciado la falta de consideración en el tema del acceso a estas convocatorias para el tema de las mujeres como el sector indígena originario campesino. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo la autoridad judicial en GOvisión de Pando.

La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó la tarde de este martes dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada por la dirigente y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

El vocal Jorge Sotelo señaló que se concedió la acción popular, solicitado por la Central Indígena De Mujeres Amazónicas De Pando (CIMAP).

“Entiendo que se ha dejado sin efecto la convocatoria hasta que se tomen en cuenta los parámetros que se ha planteado. Básicamente acciones afirmativas, igualdad material y no discriminación en función de los agravios que ha planteado la CIMAP”, dijo Sotelo.

La autoridad judicial señaló que la resolución se hará conocer lo más antes posible, considerando el feriado nacional del 1 de mayo. “Lo más antes posible, ya se está redactando la resolución”.

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La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La Comisión Mixta de Constitución revisa las carpetas de los postulantes.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 17:36

Luego que la Justicia dejara sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, senador Miguel Rejas (MAS), informó este martes que reinstalarán la sesión para evaluar la situación de los recursos contra el proceso.

“Lamentamos lo que sucedió en Pando. Pisotea totalmente a la Asamblea Legislativa, de un órgano a otro, lo cual creo que es una aberración de parte de estos vocales que han dado a favor la tutela a esta señora que presentó la acción popular. Sin embargo, en el transcurso de la sesión vamos a evaluar para tomar acciones conjuntas con los miembros de la comisión”.

Añadió que “estamos retomando en estos momentos (la sesión) para evaluar y analizar de aquí en adelante. Nosotros tenemos toda la intención de continuar y concluir con este proceso que hemos arrancado hace ya más de un mes”, dijo el legislador del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada el 18 de abril y dictó, primero, una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos. Fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri, quien denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

Lea más: Tribunal de Pando admite acción popular y anula el proceso para las elecciones judiciales

Rejas recordó su denuncia sobre amaños de vocales y jueces con “algunos que presentaron sus amparos y eso significa directamente el manipuleo directo del Órgano Judicial a través de sus operadores, vocales y jueces, para poder obstaculizar y paralizar el proceso de preselección”

Mientras que el presidente de la Comisión de Justicia Plural de Diputados, Froilán Mamani (MAS), señaló que esta determinación irá en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional y esa instancia puede revocarla o confirmarla. 

El legislador acusó al ministro Iván Lima de perjudicar el proceso. “Estamos preocupados, no nos está perjudicando a la Asamblea, está perjudicando directamente los intereses del país. Queremos denunciar a las organizaciones sociales e instituciones que se puedan pronunciar de manera inmediata, no es posible que una autoridad de Justicia vaya en contra de la Justicia boliviana”.

El jefe de bancada por Creemos en la Cámara Baja, el diputado Leonardo Ayala, rechazó el fallo de los vocales porque, en su opinión, vulneran los derechos de los más de 400 postulantes habilitados.

“Creemos quiere que se haga justicia y que sigan las elecciones judiciales con los más de 400 postulantes habilitados”.

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Tribunal de Pando admite acción popular y anula el proceso para las judiciales

La acción popular fue presentada por la abogada Yeny Dury Bautista el 18 de abril.

Postulantes para elecciones judiciales

/ 30 de abril de 2024 / 15:47

En Pando, la Sala Constitucional Primera de Cobija dio curso a una acción popular presentada por la abogada Yeny Dury Bautista, y dejó sin efecto el proceso de preselección de postulantes a las elecciones judiciales.

La medida fue emitida por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La información fue confirmada por la senadora opositora Andrea Barrientos, presente en el acto judicial y citada en una nota de Los Tiempos.

La acción popular fue presentada el 18 de abril y dictó, primero, una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

El diputado por CC Pablo Arízaga, desde sus redes sociales, criticó la medida e indicó que la acción popular “acaba de fulminar el proceso de Elecciones Judiciales 2024” (sic).

Lea más: Salame dice que ningún tribunal puede frenar la preselección a las judiciales

“No puedo llamarlos vocales, hemos llegado a un punto óptimo de ignorancia en las instituciones públicas que la excepción es tener conocimiento. Sotelo, se pasó de los límites hoy. ¿Sus fundamentos? Que no tienen los mismos derechos las mujeres de Pando porque su Universidad no es la misma que la de mi departamento y que por eso debe anularse todo y lanzar nueva convocatoria. ¿Pueden creer? Si, es vocal y no solo ello, presidente del Tribunal Departamental de Justicia” (sic), escribió Arizaga

Añadió que de la vocal Salazar “no esperaba más que su ratificación política partidaria”, esto en razón de que era candidata por el Movimiento Al Socialismo (MAS), por la circunscripción número 1 de Pando.

“Espero, que hoy todos los que nos lanzaron cohetes y dardos, mientras teníamos que lidiar con este bloque de ignorantes y corruptos, comprendan que debíamos estar unidos, hoy, nos sepultaron a todos juntos. Hasta aquí llegamos, pero por el momento. Este abuso no es eterno, lo sabe bien quien les enseño estas prácticas” (sic).

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