Nacional

Wednesday 1 May 2024 | Actualizado a 02:06 AM

El TSE ratifica el reglamento que limita transmisiones a 15 minutos

La entidad electoral asegura que la norma resguarda la libertad de información; la vocal Sandoval considera que el tiempo fijado para la difusión de actos es suficiente

/ 9 de diciembre de 2015 / 06:43

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ratificó ayer la vigencia del artículo 24 del Reglamento de Campaña y Propaganda para referéndums, que el Gobierno pidió dejar sin efecto y que limita la transmisión de entrega de obras a solo 15 minutos en los últimos 30 días de la campaña.

“Esta es una atribución del poder electoral. Tienen que entender los promotores del Sí y del No que como poder estamos buscando un equilibrio y no una restricción; tampoco queremos entrar en polémica, pero es una restricción razonable, así lo consideramos nosotros”, indicó ayer la vocal Dunia Sandoval respecto del memorial de petición de anulación del artículo en cuestión que surgió desde el Gobierno y que la entidad responderá por escrito en las siguientes horas bajo un criterio: “Nosotros somos el poder electoral y nosotros somos los que definimos las reglas tratando de dar una equidad”, según apuntó la vocal.

Normativa. La Sala Plena del TSE trató el lunes esta solicitud y en las próximas horas formalizará su postura. El Órgano Ejecutivo cuestiona el parágrafo II del artículo 24 del inédito Reglamento para Campaña y Propaganda. Este acápite establece que “la transmisión en vivo y en directo de actos de entrega de obras” del Gobierno central y los subnacionales “no podrán superar los 15 minutos de duración en cada caso” desde “30 días antes de la votación hasta las 20.00 horas de la jornada electoral”.

El viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Rodolfo Illanes, consideró a través de un memorial que esta disposición “limita discrecionalmente el derecho al acceso a la información e invade atribuciones y competencias” de otro órgano estatal. Justamente, el primer parágrafo del artículo 24 fija que las transmisiones de gestión no solamente del Gobierno, sino también de las administraciones subnacionales del país, deben ser “solo como cobertura informativa”.

Sandoval explicó que en otros países este tipo de restricciones rigen durante todo el proceso electoral, una disposición que se acorta en el caso boliviano. “Actualmente, no está restringido. Va a regir desde el 21 de enero hasta el 21 de febrero”, precisó la autoridad.

En criterio del viceministro de Justicia Indígena Originaria, René Martínez, el acápite de la norma en cuestión “restringe el derecho de conocimiento que tienen todos los bolivianos” sobre la gestión del Gobierno que transmiten los medios estatales y que generalmente superan las dos horas. “Hay una cantidad de medios privados que en muchos casos hacen esfuerzo de veto, de omisión (de los actos de gestión). Amén de esos hechos, la democracia dicta normas y habrá que subordinarse a ellas”, sentenció la autoridad gubernamental. No obstante, el viceministro Illanes, titular de este petitorio, no se pronunció hasta ayer sobre el tema.

Sandoval, de profesión comunicadora, aseguró que la normativa “resguarda” la libertad de información y el trabajo periodístico. “El tiempo en televisión y en radio es oro, y con 15 minutos sobreabundantemente se puede informar qué obras se está entregando para que tenga un carácter informativo y no así propagandístico”, señaló la vocal.

El Estado y las faltas

Propaganda

La nueva normativa de propaganda electoral amonestó de oficio a las estatales Mi Teleférico y BoA, el Ministerio de Obras Públicas y SABSA, además de la Alcaldía de La Paz por uso de propaganda camuflada.

Doria Medina pide suspender consulta

Dennis Luizaga

El líder de la opositora Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina, opinó ayer que el oficialismo sufrirá “una derrota clara” en el referéndum constitucional con el que se busca habilitar al presidente Evo Morales a una nueva repostulación en 2019. Por ello demandó al Jefe del Estado suspender la consulta y destinar los recursos consignados a este proceso para mejorar la salud.

“Le pedimos al Presidente que suspenda el referéndum del 21 de febrero (…) el No va a triunfar el próximo 21 de febrero. Si a nosotros nos interesaría el tema político estaríamos muy contentos, pero no estamos muy contentos porque se van a gastar Bs 148 millones que no tienen ningún sentido”, señaló el opositor a los medios en una conferencia de prensa que ofreció a su retorno de Venezuela.

Doria Medina arribó a ese país el pasado fin de semana para seguir los comicios legislativos en los que se impuso la oposición. “Es muy importante tomar esa lección”, reflexionó el opositor, luego de señalar que el dinero de la consulta “podría ayudar a resolver muchos problemas”, como la compra de máquinas de hemodiálisis, otras de análisis de mamografía o de análisis para detectar enfermedades.

El viceministro de Justicia Indígena Originaria, René Martínez, descartó la propuesta y la calificó de “oportunista” puesto que va en contrasentido con el “pedido del pueblo” de mantener al mandatario Evo Morales en el gobierno. “La democracia pesa más que la opinión solitaria de un empresario que comandó las privatizaciones”, remarcó Martínez. El lunes, el Presidente consideró que los resultados de las justas de Venezuela ameritan “una profunda reflexión” para “defender las revoluciones democráticas”. En tanto los opositores aseguran que el veredicto electoral se replicará en Bolivia.

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A la espera de notificación sobre fallo que anula judiciales, comisión dicta cuarto intermedio hasta este jueves

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

Sesión de la Comisión Mixta de Constitución.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:20

La Comisión Mixta de Constitución determinó este martes entrar en cuarto intermedio mientras se espera la notificación de la Sala Constitucional que concedió la acción popular a la dirigente indígena Yeny Duri y anuló el proceso de preselección de las judiciales.

“Teniendo en cuenta que aún no nos remitieron ninguna resolución y también vamos a ir presentando el informe de los amparos, los 18 que nos han interpuesto más la acción popular… declaramos un cuarto intermedio”, dijo el presidente de esa comisión, el senador Miguel Rejas.

Añadió que “inmediatamente” se los notifique, se los convocará y definirá si se envía un informe o no al Pleno de la Asamblea Legislativa.

Andrea Barrientos, senadora por Comunidad Ciudadana, indicó que están esperando la notificación que anuló las judiciales para determinar acciones como comisión.

“Lo que nos queda claro que el fallo de la Sala Constitucional de Pando es ilegal e inaplicable, ninguna sala constitucional tiene competencia para declarar inaplicabilidad de una ley, menos de la Ley 1549 que ha sido sometida a control constitucional y que además está respaldada por dos tercios de la Asamblea Legislativa”.

Añadió que en condición de primer órgano del Estado “exigen” que sea la Asamblea Legislativa la que dé el mandato para continuar o dejar por sentado el proceso de preselección.

La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto y anuló el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

Lea más: Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La acción popular fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

La senadora Barrientos también señaló que los amparos presentados contra la Asamblea y las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural paralizaron el proceso de preselección desde hace dos semanas.

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Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La Sala de Pando determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

El expresidente del Estado, Eduardo Rodríguez Veltzé, en una entrevista con La Razón.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:01

Luego de conocer que la Justicia anuló la preselección de postulantes para las judiciales, el expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé señaló que la “incompetencia” de la Sala Constitucional Primera de Pando hacen “improcedente e inaplicable” este fallo. 

“El objeto de la ‘acción popular’ protege intereses colectivos distintos a los vinculados a la elección judicial. La incompetencia de la ‘sala’ y el extravío en sus razonamientos hacen improcedente e inaplicable su decisión. La ALP debe avanzar en el proceso de selección” (sic), escribió en su cuenta de X.

La tarde de este martes, la Sala de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

Lea más: Sala Constitucional obliga a la Asamblea a lanzar otra convocatoria para las elecciones judiciales

La acción popular fue presentada el 18 de abril por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri. En primera instancia, la Sala dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Salazar señaló que la Asamblea “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”. “Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

Añadió que la Asamblea tiene que emitir “una nueva convocatoria, cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 18:47

Luego que la Justicia dejó sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, la vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando que concedió la acción popular, señaló este martes que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección” para los comicios judiciales.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo, por cuanto se ha evidenciado la falta de consideración en el tema del acceso a estas convocatorias para el tema de las mujeres como el sector indígena originario campesino. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo la autoridad judicial en GOvisión de Pando.

La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó la tarde de este martes dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada por la dirigente y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

El vocal Jorge Sotelo señaló que se concedió la acción popular, solicitado por la Central Indígena De Mujeres Amazónicas De Pando (CIMAP).

“Entiendo que se ha dejado sin efecto la convocatoria hasta que se tomen en cuenta los parámetros que se ha planteado. Básicamente acciones afirmativas, igualdad material y no discriminación en función de los agravios que ha planteado la CIMAP”, dijo Sotelo.

La autoridad judicial señaló que la resolución se hará conocer lo más antes posible, considerando el feriado nacional del 1 de mayo. “Lo más antes posible, ya se está redactando la resolución”.

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La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La Comisión Mixta de Constitución revisa las carpetas de los postulantes.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 17:36

Luego que la Justicia dejara sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, senador Miguel Rejas (MAS), informó este martes que reinstalarán la sesión para evaluar la situación de los recursos contra el proceso.

“Lamentamos lo que sucedió en Pando. Pisotea totalmente a la Asamblea Legislativa, de un órgano a otro, lo cual creo que es una aberración de parte de estos vocales que han dado a favor la tutela a esta señora que presentó la acción popular. Sin embargo, en el transcurso de la sesión vamos a evaluar para tomar acciones conjuntas con los miembros de la comisión”.

Añadió que “estamos retomando en estos momentos (la sesión) para evaluar y analizar de aquí en adelante. Nosotros tenemos toda la intención de continuar y concluir con este proceso que hemos arrancado hace ya más de un mes”, dijo el legislador del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada el 18 de abril y dictó, primero, una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos. Fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri, quien denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

Lea más: Tribunal de Pando admite acción popular y anula el proceso para las elecciones judiciales

Rejas recordó su denuncia sobre amaños de vocales y jueces con “algunos que presentaron sus amparos y eso significa directamente el manipuleo directo del Órgano Judicial a través de sus operadores, vocales y jueces, para poder obstaculizar y paralizar el proceso de preselección”

Mientras que el presidente de la Comisión de Justicia Plural de Diputados, Froilán Mamani (MAS), señaló que esta determinación irá en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional y esa instancia puede revocarla o confirmarla. 

El legislador acusó al ministro Iván Lima de perjudicar el proceso. “Estamos preocupados, no nos está perjudicando a la Asamblea, está perjudicando directamente los intereses del país. Queremos denunciar a las organizaciones sociales e instituciones que se puedan pronunciar de manera inmediata, no es posible que una autoridad de Justicia vaya en contra de la Justicia boliviana”.

El jefe de bancada por Creemos en la Cámara Baja, el diputado Leonardo Ayala, rechazó el fallo de los vocales porque, en su opinión, vulneran los derechos de los más de 400 postulantes habilitados.

“Creemos quiere que se haga justicia y que sigan las elecciones judiciales con los más de 400 postulantes habilitados”.

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Tribunal de Pando admite acción popular y anula el proceso para las judiciales

La acción popular fue presentada por la abogada Yeny Dury Bautista el 18 de abril.

Postulantes para elecciones judiciales

/ 30 de abril de 2024 / 15:47

En Pando, la Sala Constitucional Primera de Cobija dio curso a una acción popular presentada por la abogada Yeny Dury Bautista, y dejó sin efecto el proceso de preselección de postulantes a las elecciones judiciales.

La medida fue emitida por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La información fue confirmada por la senadora opositora Andrea Barrientos, presente en el acto judicial y citada en una nota de Los Tiempos.

La acción popular fue presentada el 18 de abril y dictó, primero, una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

El diputado por CC Pablo Arízaga, desde sus redes sociales, criticó la medida e indicó que la acción popular “acaba de fulminar el proceso de Elecciones Judiciales 2024” (sic).

Lea más: Salame dice que ningún tribunal puede frenar la preselección a las judiciales

“No puedo llamarlos vocales, hemos llegado a un punto óptimo de ignorancia en las instituciones públicas que la excepción es tener conocimiento. Sotelo, se pasó de los límites hoy. ¿Sus fundamentos? Que no tienen los mismos derechos las mujeres de Pando porque su Universidad no es la misma que la de mi departamento y que por eso debe anularse todo y lanzar nueva convocatoria. ¿Pueden creer? Si, es vocal y no solo ello, presidente del Tribunal Departamental de Justicia” (sic), escribió Arizaga

Añadió que de la vocal Salazar “no esperaba más que su ratificación política partidaria”, esto en razón de que era candidata por el Movimiento Al Socialismo (MAS), por la circunscripción número 1 de Pando.

“Espero, que hoy todos los que nos lanzaron cohetes y dardos, mientras teníamos que lidiar con este bloque de ignorantes y corruptos, comprendan que debíamos estar unidos, hoy, nos sepultaron a todos juntos. Hasta aquí llegamos, pero por el momento. Este abuso no es eterno, lo sabe bien quien les enseño estas prácticas” (sic).

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