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TCP acepta la demanda contra el límite en transmisiones de obras

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió el recurso legal con el que el Gobierno busca dejar sin efecto la limitación de 15 minutos a las transmisiones de entrega de obras que dispuso el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a través de un reglamento. 

“El recurso ya fue admitido y está en pleno proceso de sorteo del magistrado que corresponda, estimo que sea la siguiente semana. Como comprenderán, el Tribunal no está entrando en vacación judicial por fin de año, sino que está trabajando”, informó el presidente del TCP, Zenón Bacarreza, desde la capital, Sucre, según reportó la emisora estatal Patria Nueva.

La entidad judicial efectuará el control de constitucionalidad del parágrafo II del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo que establece esa limitante en los “30 días antes de la votación, hasta las 20.00 horas de la jornada electoral”. El Gobierno asumió esta acción luego de que el TSE rechazara el mismo trámite.

Bacarreza señaló que el martes 22 se sorteará la causa y desde esa fecha corre el plazo de 45 días para que el TCP falle sobre el recurso. No obstante, y ante el ejercicio pleno del calendario electoral para el referéndum constitucional del 21 de febrero, el TCP apurará el fallo. “El Tribunal sacará (el fallo), dará prioridad a los plazos establecidos por ley”, señaló la autoridad del Constitucional. Si el TCP toma los plazos máximos para el proceso, el fallo se conocería 15 días antes del día de la consulta ciudadana impulsada por el oficialismo para validar una segunda repostulación del presidente Evo Morales en 2019.

Causa. El ministro Juan Ramón Quintana consideró que la disposición electoral vulnera los derechos de comunicación e información de los bolivianos, por ello, tras conocer la vigencia de la      inédita normativa, interpuso la demanda ante el TCP para dejarla sin efecto. El Gobierno asumió esta acción luego de que el TSE rechazara un petitorio similar.

La entidad electoral consideró que el límite de 15 minutos que fijó para la transmisión por televisión y radio de la entrega de obras de gestión es constitucional y que el tiempo de difusión de los actos de gestión es suficiente, ya que el fin es netamente informativo y no así propagandístico.  

Directivos del gobernante Movimiento Al Socialismo (MAS), pero principalmente el vicepresidente Álvaro García, utilizan estos espacios para vincular los beneficios de la gestión con la opción del Sí. En algunos casos las difusiones estatales superaron las dos horas. La oposición cuestionó la postura del Ejecutivo y la calificó de irrespetuosa; defendió la vigencia de la normativa puesto que la considera equitativa.

Las voces disonantes del caso

Gestión

“Desgraciadamente, todos los actos que hacen el Presidente y el Vicepresidente son públicos y por tanto que el Tribunal nos restrinja de esta forma es, de alguna forma, evitar que la población se informe, por un lado, y, por otro, que se pare la gestión. Es un absurdo”, señaló el ministro de Desarrollo Rural, César Cocarico.

Saturación

“Queremos garantizar que no se sature a la ciudadanía con difusiones extensas de dos o tres horas de entrega de obras”, explicó el vocal José Luis Exeni.

TSE exploró legislación de 18 países de la región

El TSE exploró al menos 18 legislaciones de la región para diseñar el actual Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo que rige desde el 6 de noviembre.  La entidad emprendió este trabajo para cubrir los “vacíos” del cuerpo legal electoral que rige en el país, uno de ellos es la propaganda gubernamental, acápite al que la nueva normativa dedica una sección.

Según el texto Estudios electorales en perspectiva internacional comparada, de 2003, publicado por el Instituto Federal de México, en países como Costa Rica, Ecuador, México y Perú “se prohíbe la difusión de propaganda gubernamental a lo largo de todo el periodo de campaña y, de ser el caso, los periodos de veda (silencio electoral) previos a la jornada electoral”. Aunque, precisa que “algunos registran excepciones claramente acotadas y muy justificables” 

Al respecto, el vocal José Luis Exeni aseguró en una entrevista con Animal Político de  La Razón: “Claramente hemos definido y diferenciado lo que es propaganda electoral pagada, gratuita y, la innovación, la propaganda gubernamental”. La norma además estipula que ningún nivel del Estado puede usar el Sí o el No en sus mensajes.

La oposición pide informe a Exeni por Venezuela

La jefa de bancada del opositor Partido Demócrata Cristiano (PDC) en Diputados, Norma Piérola, solicitó un informe escrito al vocal José Luis Exeni por su participación en la misión de observadores electorales que encargó la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) para vigilar los comicios legislativos de Venezuela. 

“Queremos saber si la presencia de este señor, participando plenamente en esas elecciones, constituye una forma de aceptar doble función. No puede ser vocal electo por la Asamblea y a la vez representante de Unasur”, dijo Piérola.  Desde el Tribunal Supremo Electoral (TSE) informaron que este petitorio ya fue recibido.

Exeni, quien lideró como coordinador la misión electoral, minimizó el “trámite” y demandó, más bien, destacar la participación boliviana en el “complejo” proceso electoral. “Estamos elaborando el informe y obviamente hay todos los respaldos. Pero lo importante es destacar esta misión electoral. El punto alto que ha significado para Bolivia y cómo lo han destacado en el ámbito internacional, en el fortalecimiento de la democracia”, aseguró.