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El TSE presenta argumentos ante el TCP para defender límites en entrega de obras

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó hoy ante el Tribunal Constitución Plurinacional (TCP) los argumentos jurídicos para defender la constitucionalidad de la restricción a 15 minutos de la difusión de entrega de obras públicas a 30 días del referéndum de reforma constitucional del 21 de febrero.

La presidenta del ente electoral, Katia Uriona, informó de la presentación de los argumentos legales para responder al recurso interpuesto por el Gobierno para anular la restricción electoral bajo el argumento de que coarta la libertad de expresión e información.

El artículo 24 del reglamento de difusión de Propaganda para el Referéndum establece 15 minutos como límite máximo de transmisión en vivo y directo de entrega de obras públicas el gobierno central como en los subgobiernos.

El TSE defiende la decisión asumida en vista al referéndum que definirá la aprobación o no de la reforma constitucional para ampliar de una a dos las repostulaciones continuas y habilitar, de vencer el Sí, al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García para terciar en las elecciones de 2019.

Para la Sala Plena la limitantes garantiza “libertad de expresión, máxima publicidad, pluralismo y equilibrio a fin de que el voto de los bolivianos sea verdaderamente libre e informado, y no resulte a favor de ninguna de las opciones puestas en consulta”.

La defensa se asienta en dos argumentos: la plena vigencia del derecho a la información; y la potestad reglamentaria del Órgano Electoral, según un boletín institucional.

El Gobierno presentó, el 17 de diciembre, la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad en contra del artículo 24. “Es una violación flagrante de la Constitución Política del Estado el que los ciudadanos no estén informados de la gestión pública, (por eso)  interpusimos un recurso  para que los bolivianos y bolivianas tengan el derecho de estar informados”, indicó en ese entonces el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana.

Según el ente electoral, el artículo no regula, ni limita de ningún modo la entrega de obras por parte de autoridades de todos los niveles del Estado, pero sí establece una regulación a fin de precautelar los principios de igualdad de oportunidades, equilibrio y pluralismo.

Recordó que existen géneros periodísticos como la noticia, entrevistas, crónicas, reportajes y programas especiales, además de formatos informativos como telediarios, noticieros y suplementos de prensa que pueden ser usados durante todo el periodo electoral para la difusión de los actos de entrega de obras.