Por vez primera, los bolivianos votan por reformar la CPE
Solo el extinto Congreso o las asambleas constituyentes validaban las reformas a la Carta Magna, las más recientes se produjeron en 1994 y 2004, pero hubo 17 en total
Hoy, 6.502.169 bolivianos habilitados para sufragar decidirán en las urnas si se aprueba o rechaza la reforma parcial de la Constitución Política del Estado (CPE). Es la primera vez en la historia del país que se consulta al electorado sobre un ajuste de este tipo.
En anteriores oportunidades, las modificaciones a la Carta Magna se validaban solo en el extinto Congreso de la República, hoy Asamblea Legislativa Plurinacional, y no se consignaba ninguna forma de participación directa de la ciudadanía. Así lo confirmó el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) José Luis Exeni, quien aseguró que hoy, “por primera vez, se le está consultando a la ciudadanía si aprueba o no una reforma parcial de la Constitución”.
El acto electoral que se desarrolla desde las 08.00 consulta a los bolivianos del territorio nacional y a aquellos que radican en las 73 ciudades de los 33 países donde el país cuenta con representación diplomática, sobre la modificación del artículo 168 de la CPE cuyo texto actual estipula que los gobernantes sean reelectos por una sola vez de manera continua.
El oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS) y sus sectores afines de origen indígena y campesino no lo consideraron suficiente, por ello en septiembre de 2015 solicitaron a la Asamblea abrir la Carta Magna —que el propio presidente Morales había promulgado con gran algarabía en 2009— para ampliar el número de repostulaciones continuas a dos.
Inédito. Este planteamiento generó críticas en los bloques opositores del país que consideraron que el presidente Morales y el vicepresidente Álvaro García buscan “eternizarse” en el poder. Sin embargo, para el vicepresidente de la Cámara de Diputados y legislador por el MAS, Víctor Borda, la consulta ciudadana de hoy tiene una connotación “histórica y sui géneris” porque las modificaciones a la Constitución se efectuarán “previa aceptación del pueblo”, es decir, si gana el Sí. “Estamos colocando bajo la voluntad del pueblo la reforma de la Constitución. Tenemos la obligación ineludible de respetar esta decisión y esta voluntad soberana del pueblo”, sostuvo Borda.
El vocal Exeni recordó que en el pasado las reformas constitucionales, como ocurrió en 1994 y 2004, se hacían sin ningún tipo de participación ciudadana directa. “Constituye, pues, un ejercicio democrático”, enfatizó la autoridad.
Ejercicio que se puso en práctica justamente es el referéndum nacional constituyente del 25 de enero de 2009, consulta mediante la cual se aprobó mayoritariamente la nueva Constitución Política del Estado, resultante de la Asamblea Constituyente, que ahora está en plena vigencia.
En ese entonces, el abogado Luis Antezana repasó que la anterior Carta Magna, que sentó sus bases en la Constitución Bolivariana de 1826, sufrió al menos 17 reformas, todas más de forma y no de fondo. La primera de ellas se produjo en 1831 durante el gobierno de Andrés de Santa Cruz, y ajustó la Carta Magna para asuntos relacionados con la tenencia de la tierra. “Después hubo otras 16 asambleas constituyentes y reformas en el Congreso Ordinario”, explicó Antezana al matutino paceño El Diario.
Más allá de la legalidad del proceso electoral de esta jornada, se ha cuestionado la urgencia con que el oficialismo allanó la reforma. El exministro de Justicia del gobierno del expresidente Carlos Mesa y jurista constitucionalista Carlos Alarcón aseguró que si bien el referéndum “formalmente” es un hecho inédito, en esencia es una violación al artículo 168 de la Carta Magna. “Cuando se aprobó esta Constitución con más del 61% de los votos, el debate de la reelección estaba zanjado, el soberano ya dio su veredicto. Ahora se burla esta disposición constitucional y se anticipa la reforma cuando ese artículo nunca fue aplicado.
La primera vez que se lo iba a aplicar era en las elecciones de 2019 para que justamente se aplique este deber”, manifestó.
El MAS y sus sectores campesinos sostienen que el plan de reforma se sostiene en la necesidad de que el presidente Evo Morales se habilite en la elección presidencial de 2019 para acceder a un eventual mandato 2020-2025 y así cumplir la Agenda 2025: un ambicioso plan de gobierno de largo aliento que, entre otras metas, se trazó eliminar la extrema pobreza.
Bicentenario. Justamente en 2025, el bicentenario, el país cumplirá 200 años de creación. El oficialismo considera que la permanencia de Morales en el gobierno es un justo reconocimiento a su administración que en 2020, cuando cumpla su tercer periodo de gobierno (2006-2010; 2010-2015 y 2015-2020), cumpliría 14 años de mandato continuo. Destacan la estabilidad económica, la estatización de los hidrocarburos y los beneficios sociales, pero concuerdan en que los casos de corrupción como el del ex Fondo Indígena mellan la imagen del Gobierno.
No obstante, Alarcón consideró que existen reformas a la Carta Magna mucho más urgentes. Una de ellas tiene relación con el sistema judicial, cuyas autoridades son electas por voto popular, según la CPE. “A través de una iniciativa popular constituyente, los ciudadanos debemos plantear cómo debería ser la justicia”, explicó Alarcón. El diputado Borda asevera que los ajustes de esta área son el siguiente paso a emprender
Claves del referéndum constitucional
¿Qué se decidirá hoy?
La aceptación o rechazo a la modificación del artículo 168 de la Constitución que señala:
“El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
¿Qué se pretende modificar?
En el referéndum constitucional de hoy se consultará a la ciudadanía si la reelección de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente se amplía de una a dos veces continuas.
En la pregunta de la papeleta se especifica que: “Por Disposición Transitoria de la Ley de Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado, se considera como primera reelección (del presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García) al periodo 2015-2020 y la segunda reelección el 2020-2025”.
¿Qué sucede si gana la opción Sí?
De ganar la opción Sí, ésta tendrá carácter vinculante y el cambio propuesto será de cumplimiento obligatorio a partir de la fecha en que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) entregue los resultados a la Asamblea Legislativa Plurinacional.
En este caso, el artículo 168 se modificará de la siguiente manera:
“El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua”.
¿Qué sucede si gana la opción No?
En caso de ganar la opción No, el artículo 168 de la Constitución permanecerá tal cual, sin ninguna modificación, de la siguiente manera: El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.
¿Quiénes participarán del referéndum constitucional?
Las y los bolivianos mayores de 18 años inscritos y habilitados en el padrón electoral biométrico, tanto dentro del país como en las 73 ciudades de 33
países del exterior en los que el Estado boliviano tiene una oficina consular.
¿Qué documento es válido para sufragar?
El único documento válido para sufragar en territorio nacional es la cédula de identidad (C. I.) vigente o con una caducidad no mayor a un año al día de la votación. Para el exterior del país son válidos el C. I. o el pasaporte con una caducidad similar al anterior caso.
¿Existen alternativas al carnet?
Sin embargo, el TSE dispuso algunas excepciones. Para las personas que utilizaron su libreta de servicio militar o el Registro Único Nacional (RUN), pueden utilizar estos documentos para sufragar.
¿Votar es obligatorio?
El sufragio es un derecho político de los bolivianos y según la CPE, tiene carácter obligatorio. Se ejerce a partir de los 18 años cumplidos. El certificado de sufragio es un requisito indispensable para efectuar, por ejemplo, trámites bancarios en los 90 días siguientes al día del sufragio. Los electores que no voten hoy son pasibles de una multa de Bs 414, equivalente al 25% del salario mínimo nacional, que es de 1.656 bolivianos.