El largo periodo democrático que hoy vive el país, 34 años desde 1982, también es el más prolífico en cuanto a reformas de la Constitución Política del Estado; hubo tres: en 1994, en 2004 y el fundacional de 2006-2008.

Y es que luego de dos gobiernos interinos (de Wálter Guevara Arce, de agosto-noviembre de 1979, y de Lydia Gueiler, entre noviembre de 1979 y julio de 1980), producto del denominado “empantanamiento” del Congreso, que no pudo elegir presidente de entre los dos más votados por la ciudadanía; y la profunda crisis de gobernabilidad que hubo en el gobierno de Hernán Siles Zuazo (1982-1985), apunta el politólogo Jorge Lazarte, “desde la segunda mitad de los años ochenta empezó a proponerse la necesidad de reformar la Constitución Política del Estado. Las razones fueron diversas y no siempre estuvo claro lo que debía ser reformado.

Quizás el núcleo de las reformas era la reforma política y principalmente el sistema electoral”. (Presidencialismo y parlamentarismo, en Revista Nueva Sociedad, Caracas, Venezuela, 1998).

El debate de reforma constitucional —recuerda Lazarte— sobre todo se centraba en torno a que si el régimen de gobierno debía ser más o menos presidencialista o parlamentarista. De hecho, en 1992 ya hubo un proyecto de Constitución elaborado por un equipo de académicos nacionales y del extranjero; allí, como era la tendencia, se planteaba la manera de “parlamentarizar” el régimen marcadamente presidencial boliviano; “aumentar el poder del Parlamento y disminuir el del Presidente de la República”.

Ya en aquel entonces se planteó la segunda vuelta para elegir al Presidente en caso de que en la elección ciudadana el primero no hubiera obtenido la mayoría absoluta; el objetivo era evitar que como en 1989 el tercero fuera elegido Presidente (cosa que, por lo demás, era permitido por la Constitución). Pero bien pronto la segunda vuelta fue rechazada porque se decía —cuenta Lazarte— que si bien el mecanismo permitía al pueblo dirimir, al mismo tiempo podía “producir mayorías parlamentarias de oposición que entran en conflicto con el Presidente y crean situaciones de crisis”. Asimismo, se proponía introducir mecanismos de censura y voto de confianza que podría ejercer  el parlamento sobre el Presidente; esta idea tampoco prosperó.

Al final se llegó a aprobar la Ley de Necesidad de Reforma Constitucional del 1 de abril de 1993. La reforma consistió en el cambio de 37 artículos, “una parte significativa de esa reforma cambió el sistema judicial del país. La otra parte introdujo reformas también de mucho alcance en las instituciones políticas” (Lazarte). En el tema de limitar el presidencialismo, a lo más que se llegó fue a instituir el voto de censura de parte del congreso a los ministros (con la mayoría absoluta de los presentes) con el efecto de provocar su renuncia; pero igual esto era limitado, pues una vez censurado un ministro, dependía del Presidente si aceptaba o rechazaba el cuestionamiento; donde sí se aplicó el “voto de censura constructivo”, destaca Lazarte, fue en los concejos municipales.

La reforma de 2004, en cambio, si algún rasgo tiene es el de ocurrir en producto y en medio de la mayor crisis estatal del país en el actual periodo democrático. Como reseña el investigador Carlos Cordero Carraffa, en su Historia electoral de Bolivia 1952-2007 (Corte Nacional Electoral, 2007), la reforma de 2004 quizás pueda ser denominada  la reforma de la ampliación democrática.

Espere…

“Desde 1982, fecha emblemática de la recuperación de la democracia, se produjeron dos reformas constitucionales (1994 y 2004). En la primera de ellas no se contemplan modificaciones que incluyan los mecanismos de la democracia participativa, como el referéndum. En cambio, en la segunda sí están presentes tres de los más destacados recursos de la participación: Asamblea Constituyente, Iniciativa Legislativa Ciudadana y Referéndum”.    

Otra innovación de la reforma constitucional de 2004 fue haber instituido la llamada “desmonopolización” de la representación política hasta ese momento en manos de los partidos. “Por efectos de la Reforma Constitucional de 2004, y como consecuencia directa de las movilizaciones de octubre, el Parlamento y los partidos se vieron forzados a romper el monopolio en la postulación de candidatos a puestos de representación e incluir esta medida en la nueva Constitución”. Esto se materializó en la Ley 2771 de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, del 7 de julio de 2004.

Dos reformas constitucionales en apenas 10 años da la medida de la cada vez mayor presión social que recaía en el sistema político; si bien, al menos formalmente, se había ampliado la democracia, se había reformado el Congreso, con la introducción de los diputados uninominales, y (ya en 1994) se había declarado el carácter multiétnico  y pluricultural de Bolivia, todo era insuficiente. Solo dos años después (2005 y 2006) vendrían dos acontecimientos: la elección de Evo Morales y, un año después, la elección de la Asamblea Constituyente (2006-2008).

La igualdad como un prejuicio

La politóloga Moira Zuazo introduce un elemento en el debate que no es de menospreciar. Si el primer momento de constitución de la democracia representativa fue el de la recuperación de la democracia gracias a la lucha popular en 1979, el segundo lo es la Asamblea Constituyente, afirma.

Pero lo es no tanto por lo del Estado Plurinacional, que, en fin de cuentas, no es más que la expresión formal y política de cambios más o menos profundos en la estructura misma de la sociedad y el Estado.

Para Zuazo, se trata de la generalización del prejuicio de la igualdad. “La Asamblea Constituyente es el segundo momento constitutivo de la democracia boliviana porque instala la igualdad como prejuicio en la sociedad y funda con ello la base para el desarrollo de un proceso de ampliación de ciudadanía que alcanza a la población rural boliviana, es decir, incluye las diversas identidades colectivas étnico-culturales que conforman Bolivia”. 

Ahora, si hay legitimidad de origen, eso no garantiza que luego suceda lo mismo: “Para que la igualdad sea sostenible deberá estar acompañada por el acortamiento de las brechas de desigualdad”, complementa Zuazo. (10-10-2016)