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Arce defiende en Foro de la OEA aplicación preferente del Pacto de San José de Costa Rica

En el Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA), en Washington, el ministro de Justicia, Héctor Arce, reivindicó la aplicación preferente del Pacto de San José de Costa Rica a normas internas, como su interpretación y flexibilidad a la luz de las necesidades y dinámica de la sociedad.

Durante su intervención, en la sede del organismo, destacó que la Constitución Política del Estado de Bolivia responde a esa lógica y que “renuncia al absolutismo de su supremacía” para privilegiar los más amplios derechos humanos amparados en tratados e instrumentos internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos.

Justamente al Pacto de San José de Costa Rica, o Convención Americana de Derechos Humanos,  recurrió el oficialismo para viabilizar, previo fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), la repostulación del presidente Evo Morales. El TCP concluyó que los derechos que el pacto consagra a ser elegido y elegir están por encima de las limitaciones internas impuestas a los mandatarios.

“Reafirmamos el compromiso indisoluble y característico del Estado boliviano, plasmado en nuestra propia Constitución Política del Estado, de respeto y aplicación preferente del Pacto de San José de Costa Rica”, explicó Arce sin hacer mención al último fallo constitucional y su sustento jurídico.

Destacó que el instrumento internacional es “considerado la piedra angular del Sistema de Derechos Humanos” y que en esa materia los Estados al suscribirlos “ceden su poder ante la libertad, dignidad e igualdad humana, obligándose de manera total respecto a toda la Comunidad Internacional”.

En la sede de la OEA y como ya lo había hecho al defender la legalidad del fallo del TCP, destacó que el artículo 256 de la Carta Magna, vigente desde 2009, establece la aplicación preferente de los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y que los derechos reconocidos en la Constitución serán interpretados de acuerdo, justamente, a los tratados internacionales cuando sean más favorables.

“El Pacto de San José también debe interpretarse de manera siempre evolutiva, es decir mirando las necesidades emergentes de una sociedad cada vez más demandante de derechos y respondiendo a la naturaleza esencialmente dinámica de la sociedad. Ello obliga al intérprete a no quedarse en el texto frio del Pacto sino aprovechar su flexibilidad y amplitud para seguir desarrollando un catálogo de derecho cada vez más evolutivo y favorable al ser humano”, explicó.

Destacó, entonces, que en la Constitución boliviana prevalece “sobre la misma la ley fundamental la primacía y vigencia de los derechos humanos como característica fundamental del Estado renunciando incluso a su propia supremacía otorgada por lógica y razón al texto constitucional”. (05/12/2017)