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Defensor considera que solo un fallo de la CIDH sobre repostulación tendría un carácter vinculante en Bolivia

El Defensor del Pueblo David Tezanos Pinto aseguró este martes que únicamente un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la repostulación podría tener un carácter vinculante en los órganos de Bolivia y aseguró que las opiniones de otras instancias son solo pronunciamientos.

El secretario general de la OEA, Luis Almagro difundió el lunes un mensaje en el que, apoyado en un reciente informe de la Comisión de Venecia, afirma que la reelección no es un derecho humano, tal como sostiene el gobierno de Evo Morales amparado en un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional.

“Un fallo de la CIDH, eso sí tendría un carácter vinculante. Cuando se pronuncie la Corte, si así lo hiciera, eso sí tendría un efecto vinculante y obligatorio. Sería un fallo internacional”, explicó Tezanos Pinto ante los requerimientos de los medios de prensa.

Respecto a la posición de Almagro y el informe de la Comisión de Venecia afirmó que son pronunciamientos que no pueden ser utilizados como instrumentos de impugnación en Bolivia.

A fines de marzo, a solicitud del secretario general de la OEA, la Comisión de Venecia presentó un informe en el que concluyó que la reelección en sistemas presidenciales y semipresidenciales no representa un derecho humano y se manifestó a favor de los límites para un adecuado desarrollo democrático.

La Comisión de Venecia fue creada en 1990 tras la caída del muro de Berlín, emite recomendaciones pero no impone sus soluciones, sino que realiza propuestas no ejecutivas para encaminar procesos de diálogo. Fue protagonista en el desarrollo e interpretación de los textos constitucionales y conflictos en: Bosnia-Herzegovina, Macedonia, Serbia y Montenegro, Kosovo, Abjasia, Osetia del Sur, Georgia y Moldavia. (10/04/2018)