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Evo pide establecer en ley anticontrabando los municipios donde militares usarán armas

El presidente Evo Morales pidió a la Asamblea Legislativa ajustar la Ley de Fortalecimiento a la Lucha Contra el Contrabando con especificaciones sobre los municipios donde las Fuerzas Armadas pueden usar su armamento en la lucha anticontrabando para responder al fuego de los delincuentes.

El presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzáles, indicó que el pleno será el que decida, en la sesión de este martes a las 16.00, si procede o no la “observación” del Mandatario y los mecanismos para ese efecto.

La diputada oficialista Mireya Montaño anticipó que se prevé la incorporación de un texto al artículo en cuestión. “No es algo grande”, dijo.

La norma establece que los uniformados pueden hacer uso de su armamento solo en la zona de seguridad fronteriza que comprende un área de 50 kilómetros desde la línea limítrofe.

“Nos están haciendo una observación en sentido de que se debería complementar el texto además de la ‘zona fronteriza’ establecer municipio y territorio aledaño. Entonces, eso va permitir que la cobertura sea la que precisa la lucha contra el contrabando y, segundo, deja claramente establecido el lugar del territorio”, explicó el senador.

Precisó además que los ajustes son sugeridos “para evitar cualquier tipo de interpretación, sobre todo de los jueces, quienes son los que van a aplicar la norma”.

La normativa fue planteada por el propio Morales en respuesta al violento asesinato de dos militares de la Unidad de Control de Aduanero (UCA) que protagonizaron contrabandistas el 11 de marzo en las cercanías de la población orureña de Sabaya.

La propuesta de ley, en esa línea, autoriza a militares y a policías a hacer uso de su armamento en la lucha contra ese ilícito de forma proporcional, un extremo que ven con renuencia comerciantes y transportistas.

Paralelamente están en proceso de elaboración protocolos militares para responder al fuego de los contrabandistas, para la guarda de mercadería incautada y la detención de contrabandistas en campo abierto o carreteras en un rango de 50 kilómetros desde la frontera. (23/04/2018)