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Piden en audiencia de la CIDH tramitar interpretación del artículo 23 del Pacto de San José, base de la repostulación

La polémica sobre la repostulación del presidente Evo Morales se instaló este miércoles en una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington. Tras escuchar los argumentos del Estado y de los peticionarios, la presidenta de la Comisión, Margarette May Macaulay, se comprometió a considerar los alegatos de ambas partes para emitir una opinión.

Los peticionarios solicitaron la interpretación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) para esclarecer si puede ser utilizada para respaldar la repostulación indefinida, mientras que el Gobierno respondió que la propia Constitución Política del Estado garantiza la aplicación preferente de los tratados internacional en materia de los derechos humanos, como finalmente ocurrió con la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que habilitó una nueva candidatura de los actuales mandatario.

El Estado estuvo representado por el canciller Diego Pary; el embajador ante la OEA, José Gonzales; el ministro de Justicia, Héctor Arce y el procurador del Estado, Pablo Menacho, en tanto que los peticionarios por  el rector de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Waldo Albarracín, y los abogados José Antonio Rivera, Ruben Darío Cuéllar y Mauricio Alarcón. 

La audiencia se da a horas de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitara al binomio Evo Morales y Álvaro García. Los opositores y plataformas esperaban que el ente electoral inhabilite a los candidatos amparados en el referéndum del 21 de febrero que rechazó la repostulación y la Constitución Política del Estado que fija solo una reelección.

«Considerando los hechos recientes, les pedimos soliciten a la brevedad posible a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una opinión consultiva por la cual se determine si la reelección indefinida de una autoridad en funciones es compatible con la Convención Americana, específicamente en el artículo 23 de la misma», solicitó Cuellar, director de la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia (FODHJ).

Pary explicó que la Constitución no fue modificada como requirió el referéndum, por lo que se dio pleno cumplimiento al propósito de la consulta ciudadana, por lo que no existe ninguna vulneración de derechos como se denuncia.

“Los resultados de ese referéndum arrojaron una diferencia mínima del 1% a favor de la opción negativa, pero cabe aclarar que este resultado fue manipulado e inducido a través de una campaña corporativa mediática planificada y mentirosa de desprestigio creada en contra del Presidente”, sostuvo el Canciller en la audiencia como parte del 170 periodo de sesiones de la CIDH bajo la modalidad de audiencias públicas.

En Bolivia, dijo ante la comisión, está plenamente garantizada la estabilidad política, económica y social, «con una democracia consolidada, con elecciones libres y de acuerdo a la legislación del país para todos los cargos y los niveles».

Según datos oficiales del TSE, en el referéndum de febrero de 2016 el voto por el No a la repostulación de Morales obtuvo el 51,3% de los votos y el Sí el 48,7%; una diferencia de 138.351 votos. En noviembre de 2017, el TCP avaló una nueva postulación del Presidente y Vicepresidente amparado en el Pacto de San José.

Albarracín pidió revisar el artículo 410 de la Constitución boliviana que establece -dijo- que la primera norma de aplicación es la propia Constitución.

«Cuando el Gobierno insiste en promover el referéndum es el propio tribunal electoral que le advierte al pueblo que si gana el No, Evo Morales y Álvaro García no pueden postular y que si gana el Sí esas personas sí pueden postular y resulta que ese tribunal electoral ayer (martes) nos dice lo contrario. El Estado actúa contra la fe pública y está yendo contra el propio ordenamiento boliviano y la primacía de la Constitución que nosotros reclamamos», alertó.

Los peticionarios cuestionaron la presencia de una alta delegación de la administración de Morales “para defender y promover a un presidente candidato». «Esta tarde vemos a representantes del Ejecutivo del señor Morales compareciendo a una audiencia que, por su naturaleza, más bien debería contar con la participación de los miembros del TCP», dijo uno de los expositores de la parte civil.

Arce afirmó que actualmente Bolivia tiene una de las constituciones más garantistas del mundo y citó que se garantiza la supremacía de los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales.

«La Acción Abstracta de Constitucionalidad dispuso la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley del Régimen Electoral boliviano y dispuso la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (…) lo que constitucionalmente habilita al presidente del Estado, al Vicepresidente, gobernadores, asambleístas departamentales, alcaldes y concejales y en fin cualquier autoridad electa para ser reelectos», señaló.

El candidato presidencial por la alianza Bolivia Dijo No Óscar Ortiz estuvo en la audiencia y explicó que sirvirá de insumo para que los comisionados de la Comisión analicen el tema, pero también -añadió- permitió poner en escena internacional la discusión que hay en Bolivia sobre el tema de la reelección, especialmente porque queda en evidencia que no se respetan los derechos humanos de miles de ciudadanos que votaron por el No en el referéndum. (05/12/2018)