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Denuncian al oficialismo por difundir encuesta y piden que se cancele la personería jurídica del MAS

En carta enviada al Tribunal Supremo Electoral (TSE), el diputado de Unidad Demócrata (UD) José Carlos Gutiérrez denunció al oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS) y al Gobierno de haber difundido una encuesta vulnerando la Ley de Régimen Electoral, por lo que demandó que, en cumplimiento de esta misma norma, se proceda a la cancelación de la personería jurídica de este frente.

“Aquí hay una clara flagrancia con pruebas irrefutables porque el MAS y el Gobierno han pagado encuestas el 16 de diciembre en una nota solicitada (…) claramente queriendo influir en la percepción de la población con respecto a esta candidatura ilegal», afirmó en referencia a una encuesta publicada en tres medios impresos, entre ellos La Razón.

La diputada del MAS, Valeria Silva, negó que su partido haya pagado por la difusión de esa encuesta y consideró que el objetivo de la oposición es perseguir a los medios de comunicación.

“Desde el Movimiento Al Socialismo por supuesto que negamos absolutamente estas declaraciones que vendrían a manifestar que nosotros estuviéramos pagando a los medios de comunicación para estas publicaciones”, afirmó.

La consulta fue hecha por la firma CIES Mori y refleja que el presidente y candidato a la reelección Evo Morales tiene un 35% del apoyo, mientras que el postulante de la alianza Comunidad Ciudadana (CC) Carlos Mesa registra un 26% de respaldo y el gobernador de Santa Cruz, Ruben Costas, un 6%.

En la carta enviada por Gutiérrez al TSE pide sancionar al MAS con la cancelación de su personería jurídica e inhabilitar a los candidatos Evo Morales y Álvaro García Linera .

El parágrafo III del artículo 136 de la Ley del Régimen Electoral señala que “las organizaciones política que difundan resultados de opinión en material electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más lata inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios”.

En el caso del Reglamento de las Elecciones Primarias 2019, el artículo 88 establece que “las denuncias por vulneración de las prohibiciones de difusión de resultados de estudios de opinión en materia electoral y las sanciones, si correspondieran, seguirán el procedimiento y las disposiciones establecidas en el ‘Reglamento para la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato’ aprobado mediante Resolución de Sala Plena TSERSP-N°514/2016 de 20 de octubre de 2016”. (27/12/2018)