Doria Medina atribuye su nuevo arraigo a la participación en la movilización del 21F
El empresario y líder de Unidad Nacional (UN) Samuel Doria Medina fue incluido en el proceso denominado Formación de Capitales en Áreas Secundarias (Focas). La Fiscalía General y la Procuraduría apelaron el levantamiento del arraigo
El líder de Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina, atribuyó la determinación judicial que repuso su arraigo o prohibición de viajar al exterior a su participación y la de sus militantes en la movilización del 21 de febrero en rechazo a la repostulación del presidente Evo Morales
«Nos arraigan de nuevo, se la cobran por nuestra multitudinaria presencia el 21F; la lucha sigue para que el 21F-2020 lo celebremos en Plaza Murillo, haya nuevo Presidente y haya Victoria el 2019 #VivaLaDemocracia” (sic), escribió en su cuenta en Twitter.
Doria Medina fue incluido en el proceso del caso de Formación de Capitales en Áreas Secundarias (Focas), que implicó la transferencia de fondos públicos a privados. Es acusado por los delitos de incumplimiento de deberes, contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica.
La Fiscalía General del Estado (FGE) y la Procuraduría General apelaron el levantamiento del arraigo, que le fue impuesto el 11 de febrero de 2017 y revocado el 29 de enero.
Horas antes, el diputado de Unidad Demócrata (UD) Amilcar Barral calificó de política la determinación de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia e informó que el equipo jurídico de Doria Medina se encuentra analizando las acciones legales para revertir la decisión.
«Otra vez le plantan el arraigo haciendo ver que las decisiones de la justicia en Bolivia lo manejan a través del poder central, del poder Ejecutivo y políticamente. Es lamentable confirmar de que estos nuevo magistrados son mucho más entregados al Movimiento Al Socialismo que incluso los anteriores”, cuestionó.
Doria Medina logró se levante la prohibición de viajar al exterior con el argumento de su edad, 60 años, lo que le permitiría ser beneficiario de la Ley del Adulto Mayor (369). El Ministerio Público logró se reponga esa medida sustitutiva a la detención explicando que el solo hecho de cumplir 60 años no implica, de manera automática, la modificación de las circunstancias que ameritaron la imposición de una medida cautelar. (28/02/2019)