Icono del sitio La Razón

Legislativo avala ‘aplicación preferente’ de normas internacionales para anular renuncia de funcionarios candidatos

La Asamblea Legislativa respondió favorablemente a la consulta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre el pedido de anulación del requisito de renuncia para funcionarios que buscan ser candidatos, con lo que avaló la “aplicación preferente” de las normas internacionales sobre la Constitución Política del Estado (CPE), tal como planteó en un recurso la diputada opositora Norma Piérola.

“Cuestionan y ahora ellos mismos plantean el mismo argumento. Entiendo yo, la Asamblea, a través del Vicepresidente, ha dado una repuesta de que en base a ese principio debe aplicarse el principio de favorabilidad y será el Tribunal Constitucional que emita una resolución en base a estos antecedentes”, explicó el presidente de Diputados, Víctor Borda.

Añadió que “si hay convenios y tratados internacionales específicamente que benefician la posibilidad de que no renuncien pues el Tribunal tendrá que pronunciarse haciendo esa interpretación y prevalescencia de esos derechos internacionales frente a la postura de la Constitución, lo mismo que ha hecho en la reelección”.

La legisladora del Partido Demócrata Cristiano (PDC) y su colega de Unidad Demócrata (UD), el diputado Alcides Gallardo, presentaron en el TCP una acción de  inconstitucionalidad abstracta para que se declare inconstitucional la renuncia obligatoria de servidores públicos tres meses antes de los comicios para ser candidatos, tal como fija el numeral 3 del artículo 238 de la Constitución.

Ahora el control constitucional deberá emitir un fallo.

De mantenerse la actual disposición, el gobernador de La Paz, Félix Patzi, y los senadores Óscar Ortiz y Edwin Rodríguez debieran renunciar a sus cargos para mantenerse como candidatos en vista a las elecciones del 20 de octubre.

Solo el Presidente y Vicepresidente tiene la prerrogativa de seguir en funciones y postularse a la vez, fija el mismo articulado. Así lo confirmó este martes el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas.

Borda explicó que Piérola planteó al Constitucional “el mismo argumento que ha planteado el MAS para la habilitación del presidente Evo Morales”.

La Sentencia Constitucional 84/2017 declaró la “aplicación preferente” del artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, conocida como el Pacto de San José, sobre el artículo 168 de la Carta Magna que fija solo una repostulación continua, esto para hacer prevalecer los derechos políticos. Así se validó en Bolivia la postulación indefinida. (28/05/2019)