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Héctor Arce: ‘Cambio sustancial en la tramitación de los procesos de violencia’ con la Ley 1173

El ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Héctor Arce, está convencido y tiene fe en los resultados de la nueva Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres (Ley 1173), uno de cuyos pilares es enfrentar el flagelo del feminicidio y de la violencia intrafamiliar.

La norma —que establece 15 medidas de protección especial para mujeres en situación de violencia— fue promulgada el 3 de mayo pasado y entrará en vigencia el 8 de octubre.

En esta entrevista con La Razón, Arce ofrece un pantallazo de ese cuerpo legal, con énfasis en   el fortalecimiento de la lucha integral contra la violencia.

— ¿Cuál es la importancia de la Ley 1173?

— Es una ley importantísima, una ley que va a revolucionar la justicia penal en nuestro país. Es un poco una ley de emergencia, que la hemos construido de manera colectiva entre todos los órganos del Estado, con gran participación del Órgano Judicial y la universidad boliviana (…) Da las soluciones urgentes que necesitan los procesos penales y que estaban ya establecidas en el Código del Sistema Penal, que por razones absolutamente injustificadas tuvo que ser abrogada (…)

Esta ley ha sido pasada al Órgano Ejecutivo en los primeros días de este año, después de un largo proceso también reflexivo en el Órgano Legislativo, ha sido sancionada y el Presidente la ha promulgado el 3 de mayo en Sucre.

— ¿Qué aspectos incluye esta ley a diferencia de otras?

— Esta ley, además de tener un gran componente procesal, establece un nuevo régimen para las medidas cautelares; la llegada de la informática y la tecnología a la administración de justicia penal; la continuidad de los juicios y la imposibilidad de que puedan ser suspendidos; hay un principio de continuidad, que el juicio comienza y termina, hay una Oficina Gestora de Procesos, que es la clave para el funcionamiento del Órgano Judicial. Esta ley, además de establecer un régimen de nuevas competencias, ha establecido un nuevo sistema competencial.

Tiene un componente muy humano para la defensa de las niñas, niños, de las adolescentes y, sobre todo, de las mujeres. Se han introducido una serie de mecanismos procesales que van a beneficiar a las víctimas de violencia intradoméstica.

— ¿Puede citar algunos de estos mecanismos que van a beneficiar a las víctimas de violencia intrafamiliar?

— Por ejemplo, los certificados que acreditan el sufrimiento de alguna violencia, sea sexual o física, no van a tener todas las formalidades que antes se requerían; van a tener una línea mucho más expedita para constituirse en prueba para un proceso.

El juez que conoce el proceso de violencia doméstica va a tener mayores capacidades para tomar determinaciones de protección de la víctima, en este caso de la mujer, incluso va a poder disponer la desvinculación matrimonial en los casos graves, sin que la víctima tenga que llegar a otro procedimiento. Es decir hay una serie de mejoras procesales que superan y que generan un cambio sustancial en la tramitación de los procesos cuando se trata de violencia contra la mujer.

— ¿Qué refiere la normativa respecto al trabajo de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV)?

— Esta ley plantea un sistema informático articulado, un sistema informático de intercambio de datos entre el Órgano Judicial, el Ministerio Público y la Policía Boliviana (….). Van a tener más recursos, más personal, mayor capacidad, protocolos especiales de atención a la víctima en mejores condiciones, evitando la revictimización, buscando que sea un proceso sencillo, simple y que haya mecanismos de protección inmediata. Por supuesto, los procedimientos van a cambiar, esta ley es procesal, va a haber protocolos especiales de atención a la víctima, protocolos más humanos, más directos, todo está digitalizado.

— ¿Se establece cómo será el trabajo del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) y del Instituto de Investigaciones Técnico Científicas (IITCUP)?

— Ambos van a ser modernizados con los procedimientos y protocolos que va a traer la Ley 1173.

A veces se dan casos de violencia donde no hay IDIF, donde no hay médicos forenses. En esos casos la ley prevé que cualquier profesional de salud del sistema público, sea de la Caja o del Sistema Universal de Salud, puede dar un certificado forense que acredite las lesiones y la cantidad de días de impedimento, que es un requisito para la instalación de cualquier proceso por violencia física.

— ¿Cómo se va a trabajar con los casos de violación, que son transados en el área rural?

— La violación, la vejación o cualquier delito contra la humanidad son delitos de orden público y es absolutamente imposible que puedan ser transados con dádivas o cualquier otra situación. Es una situación totalmente prohibida, la condenamos, la rechazamos e instamos a las partes a jamás prestarse a una transacción sobre un elemento tan importante como es la vida y la integridad física y sexual de una persona. Hay esos casos, pero es ilegal, eso no debe permitirse, y vamos a trabajar para que todos los casos de violencia lleguen a la instancia judicial, sean priorizados (…) y terminen con sentencia.

Encuentre la información completa en la edición impresa de La Razón. (04/08/2019)