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Dueños de vehículos están obligados a presentar el SOAT para la inspección vehicular de la Policía

Ahora será obligatorio que los propietarios que lleven su vehículo a la Inspección Técnica Vehicular (ITV) de la Policía cuenten con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), como resultado de un acuerdo entre la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) y la Policía.

El objetivo es fortalecer las políticas para prevenir accidentes de tránsito. La directora ejecutiva de la APS, Patricia Mirabal, y el comandante General de la Policía, Yuri Calderón, firmaron el acuerdo que establecerá mecanismos de cooperación para lograr una mayor penetración de la comercialización de SOAT y de la ITV.

El propietario del vehículo debe contar con el SOAT 2019 para poder realizar los trámites correspondientes de la ITV, por lo que se instó a la población cumplir con la compra del SOAT.

“El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito tiene un profundo contenido social, porque garantiza la atención médica de los heridos en accidentes de tránsito y evita que los familiares de las víctimas fatales queden en absoluto desamparo”, explicó Mirabal.

En lo que va de este mes de agosto se han registrado una serie de accidentes de tránsito como el ocurrido entre La Paz y Apolo, que dejó un saldo de 15 personas fallecidas, y la colisión múltiple en la avenida Juan Pablo II, con el saldo de 25 personas heridas.

“Este convenio nos permitirá brindar un mejor servicio y control para los vehículos de transporte público y particular (…) Se realizará un doble control a los motorizados con el fin de alcanzar un mayor número de vehículos que cuenten con estos documentos importantes, ya que cuando se registran hechos de tránsito, estos no cuentan con el seguro correspondiente”, señaló Calderón.

En lo que va de la gestión, el SOAT atendió 9.251 hechos de tránsito, de los que 63% corresponden al servicio público y 37% al particular.

Se benefició a 12.856 personas afectadas con un monto de 7,2 millones de dólares entre gastos médicos, por fallecimiento y de incapacidad total permanente. (15/08/19)