Candidata denuncia vicio de nulidad en comicios nacionales; demandará su anulación
La abogada y postulante a la Vicepresidencia por el Partido Demócrata Cristiano, Paola Barriga, anunció que presentará una demanda la próxima semana.
La abogada y candidata a la Vicepresidencia por el Partido Demócrata Cristiano (PDC), Paola Barriga, denunció este miércoles que existe un “vicio de nulidad” en los comicios generales de este año, por lo que anunció que demandará la anulación del proceso mediante un amparo constitucional.
Sustentó su denuncia en el hecho de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplicó la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para rechazar su renuncia, no obstante haber aplicado en el mismo tiempo, por encima de ella, las leyes 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la 026 de Régimen Electoral para habilitar la candidatura de Chi Hyun Chung en sustitución de Jaime Paz Zamora.
Recordó que el TSE, tras la renuncia de Paz Zamora a la candidatura a la Presidencia por el PDC (y de Edwin Rodríguez a la postulación a la Vicepresidencia por Bolivia dice No) y al ver que la Ley 1096 no permitía sustituciones para candidatos electos en primarias, el 9 de agosto aprobó la resolución 019 determinando el uso de las leyes 018 y 026 para la sustitución de candidatos.
Dijo que, en consecuencia, desde ese momento “ya no solo estábamos sometidos a un esquema en el que nos cerraban las primarias”, como determina la ley 1096, por lo que en su criterio también se abrió la puerta para las renuncias, lo que ella hizo en septiembre.
No obstante- prosiguió- el TSE retomó la aplicación única de la ley 1096 para rechazar su renuncia, argumentando que no cumplía las dos únicas causales dispuestas en esa normativa: enfermedad o muerte.
“Rechaza mi renuncia por no estar comprendida en las dos causales de las primarias, que era enfermedad sobreviniente o muerte. Al no estar comprendida en estas causales se rechaza mi renuncia y me obligan a seguir en este escenario bajo la negativa que tengo”, afirmó Barriga, quien concluyó que este tratamiento que hizo el TSE marca un “vicio de nulidad” en el proceso.
Con estos argumentos, anunció que la próxima semana interpondrá un recurso de nulidad de las elecciones generales que se deben realizar en 11 días.
El apartado XII del artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas, referido a las elecciones primeras, establece que: “Los resultados de la elección de candidaturas del binomio presidencial serán vinculantes y de cumplimiento obligatorio para los partidos políticos o alianzas y para las elecciones generales. Las únicas causales que pueden revertir el carácter vinculante de estos resultados son la muerte o una enfermedad gravísima sobreviniente debidamente probada de alguna o alguno de las o los miembros del binomio elegido”. (09/10/2019)