El Gobierno recurrirá al TCP contra el procedimiento de promulgación de la Ley de Postergación de Elecciones
Presentará al TCP un recurso de inconstitucionalidad la próxima semana. Un senador y una exdiputada advierten vicios de nulidad y el MAS argumenta que cumplieron procedimientos constitucionales.
El gobierno de Jeanine Añez anunció la presentación, la próxima semana, de un recurso de inconstitucionalidad contra el procedimiento que empleó el Movimiento al Socialismo (MAS) y la presidenta del Senado, Eva Copa, para promulgar la ley que da 90 días para la realización de las elecciones generales.
El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, anunció este viernes que el Ejecutivo recurrirá la próxima semana ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), aunque no expuso los argumentos jurídicos que respaldan esa decisión.
“El MAS ha elegido ir a elecciones en el momento de mayor riesgo para los bolivianos y eso no lo vamos a apoyar”, enfatizó la autoridad.
Ley
Cerca de las 21.00 del jueves, el Senado sancionó la Ley de Postergación de las Elecciones Generales 2020 y la remitió al Órgano Ejecutivo para su promulgación; nueve minutos después, la Presidenta la devolvió con el argumento de que la emergencia sanitaria y las medidas de prevención para evitar la propagación del virus “hacen imposible su realización en la fecha prevista”.
En su nota, propuso también que “se mantenga la redacción original” que establece que los comicios deberán efectuarse “entre el 7 de junio y el 6 de septiembre”, en base a criterios técnico-científicos para evitar la propagación del coronavirus.
A las 22.00, la presidenta del Senado, Eva Copa, convocó a una sesión de emergencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional para tratar la carta del Ejecutivo, en la que los asambleístas del MAS rechazaron la observación del Ejecutivo y Copa promulgó la norma.
Por su parte, el senador de Unidad Demócrata (UD), Óscar Ortiz, advirtió vicios de nulidad en la sesión de la Asamblea Legislativa, ya que se “instaló una sesión para promulgar la ley, sin convocatoria previa”, escribió en su cuenta de Twitter.
“No hay parlamento en el mundo en que se pueda convocar en el mismo instante a una nueva sesión. Ya se había cerrado la sesión –la 23° sesión de la ALP convocada para aprobar el decreto presidencial de amnistía para los presos– y cuando ellos reciben las observaciones y el rechazo de la Presidenta, deciden declararse en una nueva sesión lo cual, según el equipo jurídico que nos asesora, ha viciado de nulidad todo este acto y vamos a demandarlo ante el TCP”, apuntó en declaraciones a la red Unitel.
Nulidad de la acción
Norma Piérola –quien renunció a su diputación luego de que el Ejecutivo transitorio y el Legislativo pactaron la ampliación de sus mandatos– argumentó que la promulgación de la Ley de Postergación de Elecciones “es nula de pleno derecho porque se violó el procedimiento legislativo”.
El procedimiento legislativo está descrito en el artículo 163 de la Constitución Política del Estado (CPE), que dispone que “aquel proyecto que haya sido rechazado, será propuesto en la legislatura siguiente” (numeral 9).
“(…) Las observaciones del Órgano Ejecutivo se dirigirán a la Asamblea… si ésta estuviera en receso, a la Comisión de la Asamblea” (numeral 10.)
“Si la ALP considera fundadas las observaciones, modificará la ley conforme a éstas y la devolverá al Órgano Ejecutivo para su promulgación. En caso de que se consideren infundadas las observaciones, la ley será promulgada por la o el presidente de la ALP” (numeral 11).
Sin embargo, según Piérola, Copa es presidenta del Senado y no es la presidenta del Legislativo ni la vicepresidenta, por lo que “al promulgar leyes usurpa funciones y atribuciones que no le competen y anula sus actos ipso facto”.
Defensa del MAS
Por su parte, en MAS salió al frente a defender la legalidad y constitucionalidad de la norma y del procedimiento usado, a través de un comunicado dirigido a la opinión pública y a la comunidad internacional, en el que asegura que la devolución de la ley de postergación desnuda la “intención prorroguista” del gobierno de transición.
En el documento, la dirección nacional de este partido, alegó que la ampliación del plazo de 90 días adicionales al 3 de mayo, “se encuentra en el margen de tiempo planteado por el Tribunal Supremo Electoral, que propuso que las elecciones debían desarrollarse entre junio y septiembre de 2020”.
También recordó que el plazo máximo para la realización de elecciones generales por renuncia o revocatoria del mandato es de 90 días.
“El derecho a la vida, a la salud y los derechos políticos no son incompatibles, así están reconocidos en las convenciones y los tratados internacionales” y los comicios de ninguna manera atentan contra la vida de las bolivianas y bolivianas.
“Es imperativo que Bolivia cuente con un gobierno democrático que emerja del voto del pueblo, que goce de legalidad y legitimidad para enfrentar los problemas de la salud, sociales y de la economía.”
La diputada del MAS Betty Yañíquez defendió la legalidad de lo obrado al amparo del numeral 11 de ese artículo (el mismo que cita Piérola para cuestionar los hechos). “Si hubiéramos visto que las observaciones del Ejecutivo eran fundadas, la hubiéremos devuelto”, declaró.
Su correligionario, el senador Omar Aguilera, afirmó que fueron los sectores sociales quienes decidieron poner el plazo de 90 días. Desechó la versión de que fuera el expresidente Evo Morales quien diera la orden.
(01/05/2020)