Copa celebra que el TCP la reconozca como presidenta de la ALP, con atribución para promulgar leyes
Anunció que atenderá amparada en la CPE el requerimiento del órgano constitucional respecto a la demanda contra un artículo de la ley que fija el plazo para las elecciones generales.
La presidenta del Senado, Eva Copa (MAS), celebró este miércoles que, con la admisión de la demanda de inconstitucionalidad de la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la reconozca como titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), con atribuciones para promulgar leyes.
“Eso quiere decir que el Tribunal Constitucional reconoce mi presidencia en la Asamblea Legislativa y reconoce también las tareas que tengo en cuanto a que puedo hacer la promulgación de las leyes correspondientes”, sostuvo en rueda de prensa.
El martes, el TCP admitió la demanda de “inconstitucionalidad parcial” del artículo 2 de la Ley 1297, de Postergación de las Elecciones Generales 2020, por presuntamente ser contrario a siete artículos de la Constitución Política del Estado (CPE). Dio además a Copa un plazo de 15 días para la “formulación de alegatos” con el objetivo de defender la ley que posterga las elecciones.
Sin embargo, el mismo día el TCP rechazó una acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por la senadora de Unidad Demócrata (UD), Carmen Eva Gonzáles, demandando también la inconstitucionalidad parcial del artículo 2 de la ley 1297. También rechazó el recurso de nulidad planteado por el ministro Óscar Ortíz y otros senadores opositores al MAS, contra la senadora Copa, por el acto de instalación de la Asamblea Legislativa para el tratamiento de las observaciones a la norma, por parte de la presidenta Jeanine Áñez.
Además, el TCP rechazó el establecimiento de medidas cautelares contra la norma, con lo que se entiende que el proceso puede seguir mientras esta instancia revise la Acción de Constitucionalidad Abstracta contra la Ley.
El martes, el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Ciro Zabala, presidente de la Comisión de Constitución del Senado, sostuvo que con las determinaciones del TCP queda establecido que la norma de postergación de las elecciones sigue vigente, que están garantizadas las elecciones y que la Asamblea Legislativa actuó en conformidad a la Constitución.
“Se han rechazado las medidas cautelares que fueron solicitadas por el exsenador Ortiz, que buscaban impedir las elecciones generales, por lo que las mismas están garantizadas y el Artículo 4 de la Ley 254 del Código Procesal Constitucional da la Presunción de Constitucionalidad a la Ley 1297 en tanto no se pronuncie el TCP. Su vigencia no está en duda”, dijo.
El asambleísta agregó que con el rechazo al recurso directo de nulidad “queda confirmada la competencia de la presidenta del Senado, Eva Copa, para promulgar la Ley 1297”.
Este miércoles, el TCP informó que ya notificó a la presidenta de la Cámara de Senadores sobre la objeción en parte a ley de postergación de las elecciones y que solo espera su respuesta para instalar una sesión, por tiempo y materia, con el fin de emitir un fallo en el tiempo más breve posible. Horas más tarde, Copa informó que aún no fue informada de la notificación, pero anticipó que, en cuanto tenga conocimiento, “responderá en el marco de la normativa y de la Constitución”.