El Senado aprueba la ley que reduce en 50% los alquileres durante la cuarentena
La norma, que excluye del beneficio a los asalariados, fue enviada a la Cámara de Diputados para su tratamiento.
Con modificaciones, la Cámara de Senadores aprobó la noche del lunes la Ley Excepcional de Arrendamientos, que estipula una reducción del 50% en el pago de los alquileres durante el tiempo que dure la cuarentena en todas sus modalidades y además fija beneficios para los propietarios.
La norma, que excluye del beneficio a los asalariados, fue enviada a la Cámara de Diputados para su tratamiento.
El artículo 1 establece el perdón del 50% del pago del arrendamiento de vivienda hasta Bs 5.000; en casos de tiendas y espacios comerciales, hasta Bs 7.000; mientras que el beneficio para los espacios industriales es para pagos hasta un máximo de Bs 15.000, cita un boletín institucional.
La norma precisa que el propietario perdonará el 50% del alquiler durante el tiempo que dure la cuarentena en cualquiera de sus modalidades, no pudiendo exigir el monto condonado de forma posterior ni aplicar penalidades por no pagar el monto acordado.
Asimismo, la ley precisa que el beneficio no alcanza a las personas que reciben una remuneración mensual fija del ámbito público o privado.
Beneficios para propietarios
En contrapartida, los propietarios de los inmuebles se beneficiarán con la condonación del pago del impuesto mensual del Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) por el tiempo que dure la cuarentena.
Asimismo, la Asamblea Legislativa Plurinacional insta a los gobiernos municipales a establecer otros beneficios para los propietarios que aplicaron esta ley.
El artículo cuarto prohíbe el desalojo de inquilinos en viviendas, comercios e instalaciones para industrias hasta tres meses después de la cuarentena. Además, fija la suspensión de las sentencias judiciales de desalojo.
Finalmente, dispone el congelamiento de los cánones de alquiler hasta tres meses después de levantada la cuarentena, no pudiendo incrementarse los montos convenidos con anterioridad a la promulgación de la ley. (09/06/2020)