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Tuesday 19 Mar 2024 | Actualizado a 07:05 AM

El Gobierno demanda a la Defensora y ésta advierte con otro juicio a Añez

El Ministro de la Presidencia presentó su denuncia en la Fiscalía de La Paz; Nadia Cruz afirma que el Gobierno se apoya en normas que no aplican a este cargo público.

/ 24 de julio de 2020 / 20:02

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, presentó este viernes ante la Fiscalía de La Paz la denuncia penal contra la defensora del Pueblo, Nadia Cruz, por los delitos, según alegó, de “prolongación” y “usurpación de funciones”. Según el régimen transitorio, el cargo de Cruz debió terminar el 30 de abril de 2019.

El alegato no es nuevo. En un comunicado emitido la semana pasada por la Defensoría del Pueblo, esta oficina rechazó la pretensión gubernamental al señalar que para argumentar el cese de funciones de la Defensora el 30 de abril del año pasado, el Gobierno “invoca normativa no vigente,  como la Constitución abrogada o sentencias constitucionales que no son análogas con el actual cargo de la Defensora Cruz”.

Según el Gobierno, Cruz ejerce ilegalmente la función de Defensora del Pueblo desde mayo de 2019. El viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilson Santamaría, aseveró que el interinato de Cruz terminó el 30 de abril de 2019, pues, siendo designada  el 30 de enero de ese año, su mandato debió haber concluido, 90 días después, o sea, el 30 de abril.

Uno de los argumentos que el Gobierno usa para decir que el mandato interino de Cruz debía durar sólo 90 días es la Sentencia Constitucional SC 218/204.

Al respecto, la Defensoría del Pueblo en el citado comunicado señala que dicha sentencia (SC 218/2004) corresponde a un caso referido a designaciones interinas en la Aduana Nacional en 2003, las cuales evidentemente vulneraron la Ley de Aduanas de ese entonces, pero que es un “aspecto que no guarda relación con la designación de Nadia Cruz en el cargo de Defensora del Pueblo”.

Tras anunciar la demanda contra Cruz, Núñez ratificó que el Órgano Ejecutivo desconoce la autoridad de la Defensora, por lo que se niega a brindarle la información que esta requiere.

Ante este hecho, Cruz destacó que con esta actitud la presidenta Jeanine Añez se expone a un juicio de responsabilidades “por rehusar a colaborar” con la Defensoría del Pueblo. “No vamos a escatimar ningún recurso legal para defender los derechos humanos de la población y para defender la institucionalidad de la Defensoría del Pueblo”, apuntó Cruz la tarde de este viernes. 

Defensora

Anunció la presentación de otra demanda penal por instigación pública a delinquir, asociación delictuosa, incumplimiento de deberes por impedir a estorbar funciones y sedición en contra de Núñez y el viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilson Santamaría, quien también antes había expresado su desconocimiento de la funcionaria.

“En caso de que la Presidenta continúe, a través de sus ministros, rehusar dar información a la Defensoría del Pueblo, voy a pedir juicio de responsabilidades, porque no va a obstaculizar el trabajo de la Defensoría del Pueblo”, insistió Cruz.

Según los documentos expuestos por Núñez, la denuncia ante el Ministerio Pública fue presentada por los abogados de la Unidad de Gestión Jurídica del Ministerio de la Presidencia Bernardo Cañaviri y Davis Cárdenas a nombre del ministro. Consideran que Cruz es parte de los servidores públicos bajo carrera administrativa.

Al respecto, la Defensoría recordó que los artículos 168, numeral 8, 219, 220 y 221 de la Constitución, concordantes con los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 870 de la Defensoría del Pueblo, establecen que el cargo de Defensor o Defensora del Pueblo es de directa designación de la Asamblea Legislativa Plurinacional. “En consecuencia, no forma parte de la carrera administrativa y, por lo tanto, no le alcanza la limitación de interinato de 90 días”.

Cruz fue designada Defensora del Pueblo interina por la Asamblea Legislativa el 30 de enero de 2019, tras la renuncia del exdefensor David Tezanos Pinto. 

(24/07/2020)

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Presidente impone grado a almirantes y generales de las FFAA

Imposición del grado por parte del mandatario Luis Arce.

/ 26 de abril de 2023 / 06:27

El presidente Luis Arce impuso grados militares de generales y almirantes a cinco integrantes de las Fuerzas Armadas y los convocó a defender los intereses del pueblo boliviano, y sus recursos naturales, como el litio.

“Los llamo a defender los intereses del pueblo boliviano, al lado del Gobierno del proceso de cambio como oficiales de alto rango, a la cabeza de unas Fuerzas Armadas llamadas a marchar junto a su pueblo hacia aquel horizonte emancipador que siempre ha querido tener nuestro pueblo boliviano”, remarcó el mandatario, además de capitán general de las FFAA, en la ceremonia.

Ascendieron al grado de general de división y vicealmirante, el general de Brigada Aérea Jaime Soria Jaldín y el contraalmirante Gonzalo Víctor Vigabriel Sánchez, respectivamente, según recogió la agencia estatal de noticias ABI.

ORDEN.

Al grado de general de división y vicealmirante, el general de brigada Juan José Zúñiga Macías; el general de Brigada Marcelo Javier Zegarra Gutiérrez, y el contralmirante Juan Arnez Salvador, respectivamente.

Los ascendidos ya forman parte del alto mando militar desde noviembre de 2022, que está liderado por el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, Hugo Arandia López. Vigabriel Sánchez es el jefe de Estado Mayor del Comando en Jefe de las FFAA, Soria Jaldín es inspector general de las FFAA, Zúñiga Macías es el comandante general del Ejército, Zegarra Gutiérrez es el comandante de la Fuerza Aérea y Arnez Salvador es el comandante de la Armada.

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“Bolivia no flota en la nada y está inserta en un complejo sistema de relaciones económicas, diplomáticas y geopolíticas que dividen al planeta entre países desarrollados industrializados y países subdesarrollados y no industrializados”, afirmó Arce durante el acto de imposición de grado a los oficiales generales y almirantes de las Fuerzas Armadas.

El mandatario continuó: “Aquel orden, que separa pueblos (…) no se sostiene por inercia, es reproducido cada día desde cierto eje imperial; es justamente ese orden injusto y saqueador el que Bolivia está dispuesto a romper, en orden de asegurar una verdadera libertad y prosperidad para su pueblo. Para sí, de esta manera, alcanzar el vivir bien con la sustitución de importaciones, la industrialización del litio como horizonte estratégico, y de nuestros recursos naturales”.

YACIMIENTOS.

Según la BBC el Servicio Geológico de Estados Unidos (USGS) reportó en febrero de 2020, en su informe anual Resumen de productos minerales (Mineral Commodity Summaries), que Bolivia es el primer poseedor de litio desplazando a Argentina, que ocupaba esa posición hasta 2019.

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Solo 833.115 firmas; juristas culpan a los 4 órganos del Estado

Se frustra la iniciativa de referéndum para reformar la Constitución.

Los denominados ‘juristas independientes’ informaron ayer de la recolección de firmas.

Por Iván Bustillos

/ 26 de abril de 2023 / 06:10

En los 90 días que les dio la ley, los denominados “juristas independientes” lograron reunir 833.115 firmas, insuficientes para activar un proceso de reforma parcial de la Constitución. Culparon del fracaso, en parte, a los cuatro órganos del Estado.

La campaña debía colectar 1,5 millones de firmas, o sea 20% del padrón electoral; el 23 de abril cerró el plazo. “No hemos fallado los impulsores de esta cruzada, porque dimos todas las batallas hasta el último momento”, apuntan los juristas en un comunicado que hicieron público ayer.

CAMINO.

Y no fallaron, afirman, en el sentido en que abrieron un “camino nuevo” para “liberar la Justicia del secuestro político y sacarla de la profunda crisis en que se encuentra”; las más de 800.000 adhesiones dan legitimidad a esta convicción, remarcan.

En la conferencia de presentación del resultado de la campaña, uno de los impulsores de la misma, Juan del Granado, apuntó que aparte de la ardua labor que significó la recolección de firmas, tuvieron que enfrentar trabas puestas por el propio Estado.

“Hemos tenido que enfrentar las dificultades que nos ha puesto el Estado, en sus cuatro órganos”, acusó Del Granado.

El Órgano Electoral, dijo, “realizó una labor burocrática dilatoria”. En el comunicado, los juristas aseveran que este órgano “demoró casi 5 meses en aprobar las preguntas y autorizar los libros; nos rechazó sin justificativo alguno el uso del sistema informático para las adhesiones, convirtiendo así el trámite en una difícil carrera de obstáculos que culminó con la valla final de exigirnos que transcribamos, en un soporte informático, la integridad de todas y cada una de las partidas registradas”.

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El Órgano Ejecutivo, continuó Del Granado, “a través de su ministro (de Justicia, Iván Lima) nos descalificaba regularmente y, sobre todo, desiformaba a nuestra comunidad”, fustigó.

LEGISLATIVO.

“El Órgano Legislativo, en lugar de asumir esta conducta ciudadana como una referencia de lo que pudiera ser en su momento una acción legislativa positiva, aceleró las elecciones judiciales, estas supuestas elecciones que van a repetir la vergüenza de 2011 y 2017, repetir el cuoteo, el manoseo partidocrático de las postulaciones”, deploró el abogado y exalcalde de La Paz.

Y, finalmente, concluyó, el Órgano Judicial, “que rechazó nuestras impugnaciones; y si bien todavía está nuestro recurso de amparo en el Tribunal Constitucional, nos han fallado en contra, cerrándonos un último resquicio”.

Como se ve en el cuadro adjunto, 81% de las firmas las obtuvieron en los departamentos del eje.

En el comunicado, resaltan una autocrítica: “Es evidente que no dimensionamos bien el tamaño del desafío y tal vez sobrevaloramos lo que parecía una gran demanda social por la Reforma”.

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Por cansancio, Diputados aplaza la consideración de dos importantes créditos

Según el Gobierno, los $us 500 millones de dólares concedidos por el BID servirán para la reposición de fondos usados en el apoyo a poblaciones vulnerables afectadas por el COVID-19.

Miembros de la Cámara de Diputados.

Por Iván Bustillos

/ 23 de abril de 2023 / 14:29

Debido al cansancio derivada de una previa sesión larga, la Cámara de Diputados decidió posponer “para los próximos días” el tratamiento de dos créditos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Tras la maratónica sesión de más de 21 horas desde el sábado, en la que se aprobó la Ley de Compra de Oro Destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales, el diputado Juan José Jáuregui, del Movimiento Al Socialismo (MAS), sugirió la moción. La sugerencia fue aprobada con los votos necesarios cerca del mediodía de este domingo.

Para la misma sesión ordinaria 89 estaban consignados los dos proyectos.

La Ley 267/2022-2023 aprueba el contrato de préstamo 5376/OC-CO para el “proyecto apoyo a poblaciones vulnerables afectadas por coronavirus II”. Fue suscrito el 24 de enero de 2023 entre el Estado Plurinacional y el BID para el préstamo de $us 500 millones.

Diputados

Y la Ley 268/2022-2023, del contrato de préstamo 5705/OC-BO, para el “programa de apoyo preinversión para el desarrollo”; fue suscrito el 24 de enero 2023 por $us 52 millones.

Sobre los $us 500 millones del BID, la nota de prensa oficial del organismo, del 21 de octubre de 2021; señalaba que “el proyecto apoyará los esfuerzos del Gobierno de Bolivia de apoyar a las poblaciones más vulnerables a enfrentar los efectos económicos de la pandemia”.

Para materializar este apoyo, se “financiará el pago de una parte de los costos del Bono Contra el Hambre; es un programa de transferencias monetarias creado en respuesta a la pandemia”.

“El programa consiste en una transferencia realizada por única vez a personas que no cuentan con un ingreso estable; al no recibir un sueldo del sector público o privado ni pensión o renta de la seguridad social a largo plazo”, complementa.

Asimismo, se anuncia que el crédito financiaría “una parte de las transferencias monetarias del programa Renta Dignidad del que participan personas mayores de 60 años que no reciben ingresos por jubilación”.

El Gobierno confía en que ambos créditos permitirán otorgar al país liquidez; eso ante la falta de divisas extranjeras y la necesidad de desarrollar proyectos de inversión ya definidos.

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Mercado: Cuando se les quitan las tenazas, los diputados actúan con libertad

El presidente de la Cámara de Diputados, Jerjes Mercado, agradeció el cambio de voto que hubo en favor de la ‘ley del oro’: de 54 a 73 votos, lo que posibilitó la mayoría absoluta.

El presidente de la Cámara de Diputados, Jerjes Mercado. Foto: Captura

Por Iván Bustillos

/ 23 de abril de 2023 / 13:45

El presidente de la Cámara de Diputados, Jerjes Mercado (MAS), reivindicó la autonomía de sus colegas que aprobaron este domingo la Ley de Compra de Oro Destinada al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales.

“Se ha demostrado que cuando a nuestros diputados se le quitan las tenazas, se le quitan el tener que rendirle pleitesía a un jefe, independientemente de qué tienda política sean, actúan con libertad, preocupados por el país”, comentó en conferencia de prensa.

Mercado se refirió al caso luego de las más de 21 horas de sesión, entre la tarde del sábado y la mañana de este domingo, que aprobó la ley para derivarla a la Cámara de Senadores.

Nosotros “actuamos, como lo hemos hecho ahora, buscando lo mejor para el país”, señaló el legislador oficialista.

El agradecimiento que hizo Mercado a los diputados fue a propósito del giro que ocurrió en la votación de la aprobación en grande de la ley.

“Esa aprobación que ha sido cuestionada y que supuestamente no correspondía; les hemos demostrado que sí correspondía, incrementando 20 votos más, comparado con lo que teníamos”, dijo.

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El viernes, con la asistencia de 109 diputados, la norma tuvo el respaldo de 54 legisladores, siendo 24 los que la rechazaron, pero lo llamativo fueron los votos en blanco, que sumaron la inusual cifra de 41 votos.

La noche de este sábado, bajo la misma forma de votación (por sufragio, o sea, voto secreto en urna) contra lo que se creía que se iba a repetir la decisión del viernes, el resultado fue sorpresivo: 74 legisladores votaron por el Sí, 45 por el No y cuatro anularon su voto.

Del masivo voto en blanco no quedó rastro. Tomando en cuenta las cifras del viernes, se puede ver que los 41 votos blancos se distribuyeron casi 50%-50% entre e Sí y el No. Esto fue lo que ratificó Mercado, al apuntar que los aprobadores de la ley subieron en 20 votos, 19 en realidad (de 54 a 73).

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Un reglamento en pos de la CPE

En el último reglamento para las judiciales se acaba con una tradición: exigir al postulante varios años de no militancia.

Asambleístas de la oposición expresan su descontento con la aprobación del nuevo reglamento para las judiciales

Por Iván Bustillos

/ 23 de abril de 2023 / 06:51

El punto sobre la i

No hay bien que por mal no venga, se podría decir: tuvo que ser demandado de inconstitucional el Reglamento para la preselección de candidatos para las elecciones judiciales, en uno de sus artículos, para que los legisladores lo modificaran en nada menos que 15 artículos, cinco de éstos definitivamente “expulsados” de la norma, por ir en contra o ponerse al margen de la Constitución. Las modificaciones practicadas a al menos 15 párrafos, cuando el cuestionado era solo uno, fue una confesión de sus diseñadores de que el primer reglamento adolecía de muchas debilidades, por las cuales, “cualquier momento”, reconocía a La Razón el senador Luis Adolfo Flores (MAS), podían demandar la inconstitucionalidad de tal o cual parte.

Mal que bien, aunque causó revuelo, el shock del súbito freno al proceso la semana que termina, fue saludable. Ahora se tiene, aseguran los legisladores, un reglamento blindado contra amparos judiciales. Al menos eso se espera.

Los mayores problemas, se ve, estuvieron en los “requisitos comunes’ (los que se piden a todos los postulantes, sea cual fuere el tribunal al que postula), el artículo 19 del antiguo reglamento: de 17 exigencias que tenía éste, el nuevo ahora solo lleva 11.

Hay requisitos que evidentemente fueron expulsados, pero también hay aquellos que solo se los reubicó. Los requisitos comunes que fueron retirados son:

– El requisito 11, “No haber participado o estar involucrado en la conformación de gobiernos dictatoriales, militares o de facto;

– El 12, “No haber sido candidata o candidato de organización política, a cargos electivos a nivel nacional, departamental, regional y municipal en los últimos diez (10) años”;

– El 13, “No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad” con el Presidente, Vicepresidente, ministros, senadores y diputados;

– El 15, “No ser ni haber sido dependiente de organizaciones no gubernamentales que conformen el control social del proceso de selección de autoridades judiciales de la presente gestión;

El 16, “No haber expresado posturas políticas de manera pública”; y,

– El 17, “Contar con Ciudadanía Digital”.

FRENO.

En los tres procesos electorales judiciales que vivió y vive el país, es la primera vez que se lo frena con un recurso de inconstitucionalidad de uno de los artículos del reglamento y, como previsión, los legisladores sacan del mismo párrafos que ya estaban consagrados en los anteriores reglamentos. Acaso el más emblemático en este sentido sea el artículo referido a la no militancia política partidaria y su antigüedad. Este texto hoy retirado estaba inscrito en los dos reglamentos anteriores, en el de la elección de 2011 y en el de la de 2017. En 2011, la exigencia era no tener militancia “hasta un año antes al momento de su postulación”; en el reglamento de 2017 se era más duro: “al menos cinco años antes del momento de su postulación”. El problema es el tiempo. Como hacía notar el senador Flores antes de la crisis del amparo constitucional, la Constitución solo exige que el postulante no se sea militante al momento de inscribirse para postular; no habla de cuántos días, meses o años antes.

Ahora, es cierto, no es que se ha eliminado la exigencia de la no militancia; sino que aparte de ubicarla en los “requisitos específicos” de cada tribunal al que se postula, se deja la redacción más acorde con la Constitución: “No tener militancia en alguna organización política al momento de su postulación”.

Como decía el diputado Juan José Jáuregui (MAS), presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, en un programa televisivo, un reglamento no puede ponerse a aumentar o quitar nada a la Constitución, y aquello de poner tantos y cuantos años de no militancia ciertamente modificaba el texto constitucional e iba contra los “derechos políticos” (artículo 26 de la Carta Magna).

El punto es que estando en los reglamentos de 2011 y de 2017, nadie, hasta donde se conoce, los demandó de inconstitucionales.

Dos exigencias retiradas de los “requisitos comunes” del anterior reglamento, pero que vuelven en los “requisitos específicos”, son aquel de no haber participado o estar involucrado “en la conformación de gobiernos dictatoriales, militares o de facto”; y, el que se refiere a no haber sido candidato de una organización política a cargos electivos. Ambos textos, uno detrás del otro, se encuentran en los requisitos específicos para los candidatos a los tribunales Supremo de Justicia, Constitucional y Agroambiental; no así al Consejo de la Magistratura.

El requisito sobre los gobiernos dictatoriales, en los reglamentos de 2011 y 2017 la redacción acaba ahí: dictatoriales; es en el de 2023 que se añade “militares o de facto”.

Pero lo llamativo es el punto que veta a los candidatos: si en 2011 y 2017 este veto era de hasta cinco años antes de la elección, en el último reglamento de 2023, la condición se endurece, esta cifra de impedimento sube a 10 años, una década de no haber participado en ninguna organización política.

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Otro artículo polémico definitivamente retirado de los requisitos es el relativo a la consanguinidad cercana que pudiera tener el postulante de actuales autoridades ejecutivas y legislativas.

Hay que hacer notar que el requisito de la consanguinidad fue incorporado en el reglamento de 2017, en los requisitos comunes; se lo volvió a hacer en el primer reglamento de 2023, suprimiéndolo en el último.

EXPRESIÓN.

Y, sí los tres últimos puntos expulsados del reglamento, el 15, 16 y 17 eran la exclusiva novedad del primer reglamento 2023; en los de 2011 y 2017 no está, especialmente, el requisito de “no haber expresado posturas políticas de manera pública”. Como se recordará, es este último punto el que sirvió para demandar la inconstitucionalidad del reglamento.

Con respecto a la militancia, el diputado de Comunidad Ciudadana Carlos Alarcón aún deploró que se hayan quitado los años de ‘antigüedad’ de la no militancia. “O sea, el postulante va a poder renunciar el mismo día de su postulación a su militancia política y va a estar habilitado; entonces, se contamina totalmente de política este proceso.

Alarcón también reveló que se eliminó el requisito de la obligada residencia permanente de por lo menos dos años para los postulantes a los tribunales Constitucional y Supremo de Justicia; en ambos casos, se exige residencia permanente porque la votación es por “representante” departamental; ambas instancias tienen jueces de todo el país.

El diputado paceño de CC también mostró su descontento por el hecho de que se haya, dice, bajado de nivel una parte de la prueba escrita: si en el primer reglamento de 2023 se pedía que el postulante haga un proyecto de sentencia o resolución; “en lugar de eso, ahora han bajado este requisito a que ya no haga un proyecto de sentencia, sino que dé su opinión sobre la solución de un caso hipotético; eso lo hacen los estudiantes de Derecho todos los días’, cuestionó Alarcón. 

(*)Iván Bustillos es periodista de La Razón

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