Tribunal rechaza recurso presentado por ex vocal electoral para ser restituida en el TED-Tarija
La ex vocal Nataly Viviana Vargas Gamboa fue designada vocal en el gobierno de Jeanine Áñez. Cuando Luis Arce asumió la Presidencia de Bolivia designó a otro representante del Ejecutivo
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Tarija rechazó un amparo constitucional presentado por la ex vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija Nataly Viviana Vargas Gamboa, para que sea restituida en el cargo con el argumento de que fueron vulnerados sus derechos cuando el presidente Luis Arce designó a una nueva autoridad electoral.
“La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija dispone denegar la tutela a la accionada, asimismo bajo lo regulado por el artículo 38 de la Ley 254 (Código Procesal Constitucional) remítanse todos los antecedentes en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con la nota de cortesía”, establece la sentencia leída por el presidente de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Tarija, Richar Ayza.
Vargas Gamboa fue designada como vocal electoral en representación del Ejecutivo por la expresidenta Jeanine Áñez, por lo que cuando Arce asume la Presidencia de Bolivia anula la designación y dispone que el nuevo representante del Ejecutivo sea Gustavo Ávila Mercado.
Para la demandante, la decisión del presidente Arce vulneraba sus derechos y garantías constitucionales, entre ellos el derecho a ejercer la función pública, además mencionó que era peligrosa la intromisión del Órgano Ejecutivo en el ente Electoral, pese a haber sido designada por Áñez. Además, solicitó una reparación escrita, compensación económica, reincorporación, y salario y beneficio por el tiempo que fue alejada del desempeño de su cargo, según un boletín de prensa del Ministerio de Justicia.
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, “la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional designa a una o un vocal en cada Tribunal Electoral Departamental”.
“El Tribunal hizo notar que estos funcionarios que dependían del gobierno de Añez tratan de forzar la norma, esta señora (Vargas) tiene procesos por hechos de corrupción y por prolongación ilegal en el cargo. Este fallo al mencionar que ella ha equivocado la vía y ha tratado de forzar la norma, ha sentado un antecedente para develar las malas intenciones que se tienen”, explicó Ávila.
Además, la Justicia determinó denegar la tutela debido a que la vía para objetar una norma jurídica como un Decreto Presidencial es la Acción de Inconstitucionalidad y no un Amparo Constitucional. Se notificó a las partes en sala y se ordenó la remisión de antecedentes para revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional.