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Caso EBA: Sala Constitucional anula resolución judicial que pedía determinar competencia para juzgar a Áñez

La expresidente Jeanine Áñez

La Sala Constitucional de La Paz rechazó un recurso de acción de inconstitucionalidad que buscaba defina si la expresidenta Jeanine Áñez debía ser juzgada por la vía penal o en un juicio de responsabilidad en la denuncia de irregularidades en la designación de la autoridad de la estatal Empresa Boliviana de Alimentos (EBA) en 2019.

Con la decisión se dejó “sin efecto la resolución 108 /2022 de 18 de abril de 2022” de la Sala Cuarta Penal de La Paz, que envió a a la Sala Constitucional el amparo constitucional presentada por Áñez para objetar la competencia del tribunal penal para juzgarla, siendo que fue expresidenta del Estado.

“La Sala Constitucional no otorga un lineamiento claro respecto al procedimiento ordinario, la Sala Constitucional dirime únicamente lo que sería la vulneración o no de derechos Constitucionales, por esa vía se anula el auto de vista dictada por la Sala Cuarta”, establece parte de la determinación del control constitucional.

El 15 de noviembre de 2021, la Sala Cuarta Penal de La Paz decidió enviar a control constitucional la competencia para el juzgamiento de la exmandataria.

La Fiscalía imputó en noviembre de 2021 a Áñez por cinco delitos penales en los que habría incurrido en la designación de Karina Leiva Áñez como gerenta de la Empresa de Alimentos y Derivados (EBA) en mayo de 2020. Pidió su detención preventiva por seis meses.

Se la acusa de nombramientos ilegales; resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes; incumplimiento de deberes; anticipación o prolongación de funciones; y complicidad. Karina Leiva Áñez, según la investigación, no cumplía requisitos para el alto cargo, como una licenciatura.

La resolución de la Sala Constitucional pasó a revisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.