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Emiten segunda sentencia por acoso político; exasambleísta del MAS irá tres años a prisión

La mujer interpuso la denuncia en 2018, cuando era asambleísta. Foto: Coordinadora de la Mujer.

Se trata de la segunda sentencia desde que entró en vigor la Ley 243 contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres, vigente desde hace 10 años.

Un boletín de prensa de la Coordinadora de la Mujer refiere que la exasambleísta departamental María Patzi (2015-2020) fue quien interpuso la denuncia, en diciembre de 2018, ante el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba.

Un mes después, el caso se remitió al Ministerio Público, que a finales de 2021 presentó la acusación ante el Órgano Judicial, que emitió sentencia este 26 de octubre.

Se trata de la segunda sentencia, en el marco de la Ley 243, pues el primer caso con condena fue el de Rafael Quispe, quien fue denunciado por la excandidata a gobernadora de La Paz, Felipa Huanca.

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En el presente caso, María Patzi afirmó que el acoso fue “sistemático” durante el año anterior a la denuncia, pero los hechos más relevantes se registraron entre el 24 y 25 de noviembre de 2018, durante un congreso en Quillacollo.

Junto a otros dirigentes, Vegamonte la presionó, amenazó y agredió verbalmente, incluso intentó agredirla físicamente, para que la mujer renuncie a la titularidad de su cargo para que él la asuma, pues era su asambleísta suplente.

“Desde 2018 comenzó a exigirme el cargo en todas partes. Me decía ‘tienes que darme, yo soy más capaz que tú porque soy profesional (…). Basta, viciosa, dame tu cargo’”, recordó Patzi con la voz quebrada.

Según la Coordinadora de la Mujer, el acoso y la violencia política hacia las mujeres que ocupan espacios de decisión es una práctica común en el sistema político boliviano, cuyo objetivo es expulsar a las mujeres de esos ámbitos.

“Todo comienza en la etapa preelectoral o apenas se asumen los cargos públicos. Los suplentes presionan a las titulares para hacerles firmar ‘acuerdos de gestión compartida’, para que a mitad de gestión —como ocurrió con la exasambleísta— se les ceda la titularidad de los cargos”, afirmó Lucía Vargas, responsable de Incidencia Política de la Coordinadora de la Mujer.

Agregó que la Ley 1096, de Organizaciones Políticas, establece la obligatoriedad de que todas las organizaciones políticas deben incorporar un régimen de despatriarcalización en sus estatutos orgánicos, además de mecanismos para atender y sancionar el acoso y violencia política en la militancia.